Cómo solicitar el Certificado de Devolución de Dinero por pago en exceso de derechos migratorios
La Circular N° 20 dictada por el Departamento de Extranjería y Migración con fecha 25 de septiembre de 2020, establece que a partir del 5 de octubre de 2020, los extranjeros podrán solicitar Certificados de Devolución de Dinero por pago de permisos migratorios en exceso en casos de Rechazos de Solicitudes de Permanencia Definitiva y Otorgamiento de Visación de Residencia, a través del sitio web de tramites.extranjeria.gob.cl.
Índice
¿Quiénes pueden solicitar un Certificado de Devolución de Dinero?
Todo extranjero que cumpla con los siguientes requisitos copulativos (copulativos: deben cumplirse los 3 requisitos para poder obtener el Certificado – si no se cumple 1 de los 3 no podrá obtenerse el Certificado):
1) Que habiendo solicitado la Permanencia Definitiva, haya recibido una Resolución Exenta emitida por el Departamento de Extranjería y Migración notificando que la solicitud (de Permanencia Definitiva) ha sido rechazada y se ha otorgado una visación de residencia en subsidio; Y,
2) Que el valor de la Visación de Residencia otorgada (en subsidio de la solicitud de Permanencia Definitiva rechazada) tenga un valor en moneda local menor al pagado en moneda local (CLP = peso chileno) por la Permanencia Definitiva (CLP$82.636) que permitió emitir la Resolución Exenta mencionada en el primer requisito.
Por ejemplo:
Digamos que somos nacionales de Polonia.
El costo de una visa de residencia temporaria para nacionales de Polonia es de US$65, equivalentes en moneda local (CLP) a CLP$52.000.
Ya que el costo de la visa de residencia temporaria que se nos otorgó (en la Resolución Exenta que rechazó nuestra solicitud de Permanencia Definitiva) es menor al pagado por la solicitud de Permanencia Definitiva (CLP$82.636), podríamos solicitar la devolución de lo pagado en exceso, que correspondería a CLP$30.636.
3) Y, Haber completado el trámite de Estampado o descarga del Estampado Electrónico (EE) de la Visación de Residencia otorgada (en subsidio de la solicitud de Permanencia Definitiva rechazada).
¿Cómo solicitar el Certificado de Devolución de Dinero si se cumple con los requisitos?
Si se cumple con los 3 requisitos copulativos (copulativos: deben cumplirse los 3 requisitos para poder obtener el Certificado – si falta tan solo 1 de los 3 no podrá obtenerse el Certificado) mencionados en el punto anterior se podrá realizar la solicitud de “Certificado de Devolución de Dinero por pago de Permisos Migratorios” a través del sitio web de Trámites en Línea del Departamento de Extranjería y Migración, debiendo para ello, contar con Clave Única.
Si no se cuenta con Clave Única, ésta debe ser solicitada personalmente en las Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile o de ChileAtiende, o a través de los tótems de autoatención del Registro Civil.
Enlace directo al trámite
Actualmente, el trámite no se encuentra listado en el sitio web de Trámites en Línea de Extranjería. por lo que para acceder a el tenemos que hacer clic aquí.
Iniciamos sesión con nuestra Clave Única
Después de hacer clic en el enlace, tendremos que iniciar sesión con nuestra Clave Única:
Leemos las instrucciones
En la siguiente ventana, leemos las instrucciones y luego hacemos clic en «Siguente»:
Solicitud de Certificado de Devolución de Dinero
Bienvenido al trámite que permite obtener el Certificado de Devolución de Dinero
¿En qué consiste?
Permite a quienes han recibido una resolución exenta de Rechaza Solicitud de Permanencia Definitiva y Otorga Visación de Residencia, solicitar el certificado de devolución de dinero. Una vez realizada esta solicitud, y siempre que se encuentre disponible, recibirá en su correo electrónico el certificado de devolución, que luego debe presentar en Tesorería General de la República para hacer efectivo el reembolso.
Si el Certificado se encuentra disponible
Si el Certificado se encuentra disponible, se entregarán detalles del monto que corresponde al reembolso, así como información de la Resolución Exenta en la cual se entrega el permiso migratorio de Visación de Residencia.
Luego, tendrán que aceptarse las condiciones del trámite, para recibir el Certificado de Devolución de Dinero en el correo electrónico indicado, y así descargar el documento en formato digital para ser presentado ante la Tesorería General de la República (TGR).
Si el Certificado NO se encuentra disponible
Si se indica que el Certificado no se encuentra disponible, se dará por finalizado el trámite, retornado a la página de inicio de la plataforma de trámites digitales del Departamento de Extranjería y Migración.
Un certificado puede no estar disponible por alguno de los siguientes motivos:
- El valor de la visa otorgada es mayor al valor pagado por la solicitud de Permanencia Definitiva que fue rechazada, en cuyo caso se deberá pagar la diferencia de dinero para aceptar el beneficio.
- El valor de la visa otorgada es igual al valor pagado por la solicitud de Permanencia Definitiva que fue rechazada, en cuyo caso no hay necesidad de generar un certificado por la suma de $0.
- No se ha completado el trámite de estampado o descarga del Estampado Electrónico (EE) de la visa otorgada.
Problemas
Si se cumple con los requisitos para solicitar el Certificado de Devolución de Dinero y el documento no se encuentra disponible, habrá que contactar al Departamento de Extranjería y Migración a través del Sistema Integral de Atención Ciudadana (SIAC) haciendo presente el problema y solicitando su solución.
Solicitud en el sitio web de la Tesorería General de la República (TGR)
Contando con el Certificado de Devolución de Dinero emitido por el Departamento de Extranjería y Migración, nos vamos al sitio web de la Tesorería General de la República, específicamente la sección de «Oficina Virtual TGR«. En dicha sección tendremos que buscar el título «15. Solicitud devolución por rechazo de permanencia definitiva y otorgamiento de visa a extranjero«:
Como vemos en la imagen, se describirá en que consiste la solicitud, y documento a adjuntar (Certificado de Devolución de Dinero otorgado por el Departamento de Extranjería y Migración).
Luego de leer las condiciones, hacemos clic en «IR AL FORMULARIO«.
Inmediatamente después, tendremos que iniciar sesión con nuestra Clave Tributaria del SII o con nuestra Clave Única:
Luego de iniciar sesión, tendremos que ingresar: nuestro Teléfono, nuestro Email (este correo electrónico no puede estar asociado a otro RUT), nuestra Región y nuestra Comuna.
A continuación, tendremos que seleccionar el trámite a Consultar, que será: “Solicitud devolución por permanencia definitiva y otorgamiento de visa rechazada a extranjeros”.
En el siguiente campo, tendremos que detallar nuestra solicitud: Indicar que estamos solicitando la devolución de lo pagado en exceso por permisos migratorios, y que deseamos que el dinero sea devuelto a través de cheque o a nuestra cuenta bancaria personal.
Por último, tendremos que adjuntar el Certificado de Devolución de Dinero emitido por el Departamento de Extranjería y Migración, y enviar la solicitud.
Después de enviar la solicitud, tendremos que esperar a ser contactados por Tesorería General de la República vía correo electrónico.
Fuentes
- Circular N° 20 – Ingreso digital de solicitudes de Certificado de Devolución de Dinero por pago en exceso de derechos migratorios en caso de rechazo de Solicitud de Permanencia Definitiva y otorgamiento de Visación de Residencia
- Solicitud de Certificado de Devolución de Dinero por pago de Permisos Migratorios
- Trámites en Línea del Departamento de Extranjería y Migración
- Trámites en Línea de Tesorería General de la República
Buenas tardes, por favor necesito el certificado de devolución de dinero por pago de exceso migratorios.
Trato de ingresar mi rut y clave pero la pagina no avanza.
Gracias.