¿Recibiste un correo del Departamento de Extranjería y Migración (Migraciones) indicando que tu solicitud de Permanencia Definitiva ha sido acogida a trámite? Felicidades. Esto se debe a que desde el 24 de enero de 2020, todas las solicitudes de Permanencia Definitiva (PEDE) serán acogidas a tramitación de manera automática (al momento de presentar la solicitud). 

Perfecto. Ahora, ¿cómo se obtiene el comprobante de solicitud de Permanencia Definitiva en trámite? Sigue leyendo y te lo explicamos (o ve el video que se encuentra al final del artículo en que lo explicamos paso a paso).

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descargar comprobante pede en tramite 2020

Debes hacer clic en el trámite denominado «Comprobante de solicitud de Permanencia Definitiva en trámite» e iniciar sesión con tu Clave Única:

Lee la descripción del trámite

paso1 descarga solicitud de permanencia definitiva en trámite

En la siguiente pestaña descubrirás que el trámite que estás realizando es el de la obtención del comprobante que acredita la circunstancia de contrar con una solicitud de Permanencia Definitiva ingresada al sistema de Extranjería. Luego de realizar este trámite, y siempre y cuando se encuentre disponible, recibirás en tu correo electrónico el comprobante de la solicitud de permanencia definitiva en trámite.

Cuando hayas terminado de leer, haz clic en «Siguiente«.

Lee y acepta las condiciones

paso2 descargar solicitud de permanencia definitiva en tramite

Debes hacer clic en el trámite denominado «Comprobante de solicitud de Permanencia Definitiva en trámite» e iniciar sesión con tu Clave Única:

  • Una vez obtenido el comprobante de la solicitud de permanencia definitiva en trámite, el extranjero se entiende facultado para realizar las actividades remuneradas compatibles con su condición al momento de su solicitud. Esto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 135 bis inciso final del Reglamento de Extranjería.
  • Durante la tramitación de la solicitud de Permanencia Definitiva, el Departamento de Extranjería podrá requerir el adjuntar documentación adicional o faltante a través de la plataforma de trámites en línea de extranjería, para su respectivo análisis.
  • Para ver el estado de la solicitud de Permanencia Definitiva, el extranjero debe dirigirse al Sistema de Consulta de Trámites en Línea de Extranjería.
  • Por último, se recuerda que el trámite es gratuito, y se recomienda nunca entregar la Clave Única a terceros para la tramitación de solicitudes personales.

Tras leer las instrucciones, marca la casilla de «He leído y acepto las condiciones» y haz clic en «Siguiente«.

Revisa tu casilla de correo electrónico

paso3 descargar solicitud de permanencia definitiva en trámite

En la próxima pestaña se te comunicará que el Comprobante de Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite ha sido enviado a tu correo electrónico.

De no encontrarlo, busca en Spam.

Descarga e imprime el comprobante

Por último, solo queda descargar el documento adjunto en el Correo (solicitud de PEDE en trámite), guardarlo e imprimirlo.

En el comprobante de Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite se establece que:

  • En virtud de lo dispuesto en los artículos 41, 42 y 43 del Decreto Ley 1094, Ley de Extranjería, y en los artículos 80 y siguientes de su Reglamento, se te informa que tu solicitud de Permanencia Definitiva ha sido acogida a trámite.
  • Este documento acredita tu residencia legal en el país, en conformidad a lo establecido en el artículo 157 del Reglamento de Extranjería; Y, 
  • Te faculta para seguir desarrollando las actividades lícitas remuneradas autorizadas por tu permiso de residencia anterior si su situación migratoria era regular al momento de la solicitud, según lo dispuesto en el artículo 135 bis del mismo cuerpo legal, Y,
  • Te permitirá salir y entrar al territorio nacional (en calidad de residente), por lo cual no debes solicitar un permiso adicional para salir. Podrás salir y reingresar con tu comprobante de solicitud de Permanencia Definitiva en trámite vigente sin problemas. En caso de vencer, solo debes ampliar su vigencia en línea a través del sitio web de trámites en línea de Extranjería, realizando el trámite de «Ampliación de Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite».
  • Sin perjuicio de lo anterior, no podrás renovar tu cédula de identidad hasta que tu solicitud sea resuelta.  

¿Qué hay de la orden de giro?

En la segunda página del documento se establece que:

  • El pago de derechos correspondientes a esta solicitud, de ser procedente, deberá ser realizado una vez que recibas la notificación que señala que la orden de giro se encuentra disponible para su descarga en el respectivo sitio web. Dicha orden de giro podrá ser pagada en cualquier banco comercial (por ejemplo: Banco Estado, Banco de Chile, Banco Santander, etc.).

Vigencia del documento

El documento tiene una vigencia de 6 meses desde la fecha de su emisión. De vencer, sin obtener una respuesta sobre la solicitud antes de esa fecha, se debe ampliar la vigencia del documento (solicitud de permanencia definitiva en trámite) a través del sitio web de trámites en línea de Extranjería.

¿Qué pasa con el comprobante de los menores de edad?

En el caso de haber realizado la solicitud en representación de un menor de edad usando tu Clave Única, podrás descargar el Certificado correspondiente a través de tu misma sesión del portal de trámites en línea de Extranjería:

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