Cláusulas especiales que debe contener el Contrato de Trabajo para solicitar la Visa Sujeta a Contrato
Dentro de la documentación requerida para solicitar la Visa Sujeta a Contrato, se encuentra, la presentación de un Contrato de Trabajo. Este Contrato de Trabajo, al tener como fin el el obtener una visa sujeta a contrato en Chile, debe contener 4 cláusulas especiales (además del resto de estipulaciones que se puedan pactar entre las partes).
Cláusulas especiales que debe contener el Contrato de Trabajo
Para que la solicitud de visa sujeta a contrato sea acogida a trámite, se requiere que el Contrato de Trabajo suscrito con un trabajador extranjero cuente con 5 cláusulas especiales:
1) Remuneración
Debe ser acorde con el cargo o actividad a desarrollar en Chile y según las normas laborales vigentes.
No puede ser inferior al sueldo mínimo en Chile.
2) Cláusula de vigencia
Debe ser redactada de la siguiente manera:
«Cláusula de Vigencia. La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite.”.
3) Cláusula de viaje
Debe ser redactada como sigue:
«Cláusula de Viaje. El empleador se compromete a pagar, al término de la relación laboral (ya sea por término de contrato, despido o renuncia), el pasaje de regreso del trabajador y los miembros de su familia que se estipulen, a su país de origen o al que oportunamente acuerden las partes, conforme a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 37 del D.S. N° 597 de 1984. Al respecto, se tendrá presente que la señalada obligación del empleador existirá hasta que el extranjero salga del país u obtenga nueva visación o permanencia definitiva.”.
4) Cláusula de Régimen Previsional
Debe ser redactada de la siguiente manera:
“Cláusula de Régimen Previsional. Se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen previsional chileno, comprometieńdose el empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes.”.
5) Cláusula de Impuesto a la Renta
Ésta cláusula debe incluirse sólo si la remuneración convenida es superior a 13,5 UTM (Unidades Tributarias Mensuales), debiendo redactarse de la siguiente forma:
“Cláusula de Impuesto a la Renta. El empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración pagada.”.

Sanción en caso de no incluir las cláusulas especiales
De no incluir las cláusulas especiales en el Contrato de Trabajo la solicitud no será acogida a trámite, teniendo que presentar la solicitud nuevamente, esta vez, incluyendo las cláusulas exigidas.

Fuentes
Última modificación: 27 de agosto de 2021.
Gracias…voy al link!!
Hola, deseo saber si se puede comenzar el tramite para la visa sujeta a contrato de trabajo antes que el ciudadano extranjero llegue nuestro pais? De ser asi, que pasos y documentos se necesitarian realizar?
Gracias.
https://immichile.cl/como-solicitar-la-visa-sujeta-a-contrato-si-estas-en-el-extranjero/
Cómo es posible que tengas que pagar el pasaje del migrante en caso que se vaya de tu empresa? Qué pasa con las pymes si los pasajes de toda la familia del migrante es mayor varias veces a las utilidades de la pyme?… lo encuentro insólito…
Habría que preguntarle a AUGUSTO PINOCHET UGARTE, JOSE T. MERINO CASTRO, GUSTAVO LEIGH GUZMAN, CESAR MENDOZA DURAN, y a Raúl Benavides Escobar.
Mientras el DL 1094 siga vigente, y si no tienes medios suficientes para responder en caso de ser aplicable esa cláusula, entonces mejor no contratar a un extranjero bajo una visa sujeta a contrato, y contratar a un nacional.
La cláusula es Ley, por lo que debe incluirse en los contratos de trabajo que den lugar a una visa sujeta a contrato.
Hola
Interesante discusión, sobre todo por que hoy en día existe personas extranjeras muy buenas y que de verdad necesitan oportunidades. Qué pasa en el caso de que ya tengas contratado a un extranjero con visa sujeta a contrato y no colocaste la clausula de viaje… a que pena o multa estás arriesgando a tu empresa?
Saludos
No debería ser acogida a trámite o ser rechazada la solicitud de visa sujeta a contrato por no contener las cláusulas especiales.
y que pasa con el extranjero que quiere renunciar al pasaje de vuelta por cambio de empleador?, ésto se debe dejar estipulado en su finiquito?
Hay que ir a lo que indica el Artículo 38° del Reglamento de Extranjería (Decreto Supremo 597 del año 1984), que dice:
«La obligación del empleador o patrón referente al pago de pasajes subsistirá hasta que, terminado el respectivo contrato y suscrito el finiquito, el extranjero salga del país u obtenga nueva visación o permanencia definitiva.».