De acuerdo a lo informado por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, los nacionalizados chilenos, y los extranjeros residentes que deseen inscribir en Chile un nacimiento ocurrido en el extranjero podrán solicitar su inscripción ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, presentando los siguientes documentos:

1.- Certificado original de nacimiento otorgado por el Registro Civil o la entidad que registre los hechos vitales en el país de origen, en el que aparezcan los nombres de los padres del inscrito.

El Certificado deberá encontrarse apostillado de acuerdo con el Convenio que Suprime la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (Convenio HCCH sobre la Apostilla de 1961). Aquellos certificados que hayan sido emitidos por países que no pertenecen al Convenio, deberán contar con la legalización del Cónsul de Chile en el país de origen del certificado y con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (Agustinas N° 1320, Santiago).

Si el certificado original se encuentra en un idioma diferente al español, debe solicitarse su traducción certificada en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (Agustinas N° 1320, Santiago) o en el Consulado respectivo.

2.- Si quien solicita la inscripción ante el Servicio de Registro Civil e Identificación en Chile es nacionalizado chileno, deberá acompañar también una fotocopia de su cédula de identidad nacional vigente por ambos lados.

3.- Si quien solicita la inscripción ante el Servicio de Registro Civil e Identificación en Chile es extranjero residente, deberá acompañar también una fotocopia de su cédula de identidad para extranjeros vigente por ambos lados, del inscrito y sus padres si poseen residencia en Chile.

En caso de existir una cédula de identidad vencida, deberá acompañarse fotocopia de solicitud de residencia en trámite vigente.

4.- Las inscripciones de nacimiento de hijos de extranjeros residentes menores de edad deberán ser solicitadas por el/la/los padres. En caso de realizarse por un tercero, éste deberá presentar una autorización firmada ante notario por los los padres.

Los mayores de 18 años deberán requerir personalmente su inscripción acompañando los documentos descritos en los puntos anteriores.

Si se desea conservar el certificado extranjero apostillado y/o legalizado, podrá presentarse una fotocopia autorizada ante notario la cual será cotejada con el certificado original al momento de presentar la solicitud de inscripción.

Si la fotocopia presentada no está plenamente conforme al original (ilegible, cortada, sellos incompletos u otro), no será recibida.

La documentación original no será devuelta.

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