La documentación dependerá de la situación de que se trate: a) Menor (<18) que viaja acompañado de ambos padres; b) Menor (<18) que viaja acompañado por uno de sus padres (padre o madre); y c) Menor (<18) que NO viaja acompañado por sus padres, las que pasamos a examinar a continuación:

  • Pasaporte o Cédula de Identidad vigente según sea el país de destino; Y,
  • Certificado de Nacimiento o Libreta de Familia, y 3 copias simples (del Certificado o Libreta).

Nota: Al momento del reingreso a Chile se debe presentar la misma autorización de viaje utilizada para salir del país hacia el extranjero. Además, el menor deberá contar con una visa si por su nacionalidad la requiere para ingresar a Chile.

Menor que viaja acompañado por uno de sus padres

  • Pasaporte o Cédula de identidad vigente según sea el país de destino; Y,
  • Certificado de Nacimiento o Libreta de Familia, y 3 fotocopias simples (del Certificado o Libreta); Y,
  • Certificado de Defunción, en caso de haber fallecido uno de los padres, y 3 copias simples (del Certificado de Defunción); Y,
  • Autorización de viaje otorgada ante Notario por el padre que no viajará, en que se entregue el consentimiento para la salida del menor, y 3 copias legalizadas ante Notario; O,
  • Autorización del Tribunal de Familia que corresponda, y 3 copias.

Nota: Al momento del reingreso a Chile se debe presentar la misma autorización de viaje utilizada para salir del país hacia el extranjero. Además, el menor deberá contar con una visa si por su nacionalidad la requiere para ingresar a Chile.

Menor que NO viaja acompañado por sus padres

  • Pasaporte o Cédula de identidad vigente según sea el país de destino; Y,
  • Certificado de Nacimiento o Libreta de Familia, y 3 fotocopias simples (del Certificado o Libreta); Y,
  • Certificado de Defunción, en caso de haber fallecido uno de los padres, y 3 copias simples (del Certificado de Defunción); Y,
  • Autorización de viaje otorgada ante Notario por ambos padres, en que se entregue el consentimiento para la salida del menor, y 3 copias legalizadas ante Notario; O,
  • Autorización del Tribunal de Familia que corresponda, y 3 copias simples.

Nota: Al momento del reingreso a Chile se debe presentar la misma autorización de viaje utilizada para salir del país hacia el extranjero. Además, el menor deberá contar con una visa si por su nacionalidad la requiere para ingresar a Chile.

Dónde se encuentra regulado

En el artículo 49° de la Ley N° 16.618:

Artículo 49°. La salida de menores desde Chile deberá sujetarse a las normas que en este artículo se señalan, sin perjuicio de lo dispuesto en la ley N° 18.703.

    Si la tuición del hijo no ha sido confiada por el juez a alguno de sus padres ni a un tercero, aquél no podrá salir sin la autorización de ambos padres, o de aquel que lo hubiere reconocido, en su caso.

    Confiada por el juez la tuición a uno de los padres o a un tercero, el hijo no podrá salir sino con la autorización de aquél a quien se hubiere confiado.

Decretada por el tribunal la obligación de admitir las visitas a que se refiere el artículo anterior, se requerirá también la autorización del padre o madre que tenga derecho a visitar al hijo.

    El permiso a que se refieren los incisos anteriores deberá prestarse por escritura pública o por escritura privada autorizada por un Notario Público. Dicho permiso no será necesario si el menor sale del país en compañía de la persona o personas que deben prestarlo.

    En caso de que no pudiere otorgarse o sin motivo plausible se negare la autorización por uno de aquéllos que en vitud de este artículo debe prestarla, podrá ser otorgada por el juez de letras de menores del lugar en que tenga su residencia el menor. El juez, para autorizar la salida del menor en estos casos, tomará en consideración el beneficio que le pudiere reportar y señalará el tiempo por el que concede la autorización.

    Expirado el plazo a que se refiere el inciso anterior sin que el menor, injustificadamente, vuelva al país, podrá el juez decretar la suspensión de las pensiones alimenticias que se hubieren decretado.

    En los demás casos para que un menor se ausente del país requerirá la autorización del juzgado de letras de menores de su residencia.

Modelo de autorización de viaje para menores de edad (Solo uno de sus padres)

Por el presente documento, YO [Nombre completo de la madre o padre que no viajará], [N° de la cédula de identidad o Pasaporte], domiciliado(a) en [nombre de la calle y número – número de departamento en caso de aplicar], comuna de [nombre de la comuna], vengo en autorizar expresamente a mi(s) hijo(a)(os)(as) menor(es) de edad:

1) [Nombre completo hijo(a) 1], [N° de la cédula de identidad o Pasaporte];

2) [Nombre completo hijo(a) 2], [N° de la cédula de identidad o Pasaporte];

Para que salga(n) del territorio nacional desde [País, ciudad de salida y punto fronterizo], con destino a [lugar de destino], a contar del día [fecha de salida], por un período aproximado de [número de días] días, en compañía de don(ña) [Nombre completo], [N° de la cédula de identidad o Pasaporte].

El presente documento no habilita para solicitar la adopción en el extranjero del(los) menor(es) que se trata.

 

[Firma padre/madre que autoriza]

[Nombre completo de la madre o el padre que autoriza]

[N° de la cédula de identidad o Pasaporte del padre o madre que autoriza]

En caso de dudas

Recomendamos ponerse en contacto directamente con PDI, ya sea concurriendo personalmente a sus oficinas o por vía telefónica en los siguientes números:  

  • Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional: +562 2 708 10 43 | +562 2 708 10 44
  • Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez: +562 2708 26 59
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