De acuerdo al Reglamento de Extranjería todo extranjero tiene la obligación de notificar a la autoridad el cambio de domicilio o actividad. De no hacerlo, se expone a multas, según el artículo 149º:
Artículo 149° del Reglamento de Extranjería.- Los extranjeros que, estando obligados a registrarse, a obtener cédula de identidad, a comunicar a la autoridad el cambio de su domicilio o actividad, cuando corresponda, según su calidad de residencia y no lo hicieren oportunamente, serán sancionados con multa de 0,22 a 4,46 ingresos mínimos.
cómo modificar o corregir datos personales en solicitud de permanencia definitiva. por ejemplo, error en fecha de nacimiento.
A través del trámite de Rectificación de Certificado de Permanencia Definitiva disponible en tramites.extranjeria.gob.cl
Hola buenas tardes llevo más de un año esperando mi visa desde mayo del año pasado y en auto consulta no aparece registro que debo hacer
Hola , quiero saber que puedo hacer .no puedo registrar mi visa que me otorgaron por primera ves .
PDI virtual no lo permite y no están atendiendo de manera presencial
nesecito hacer cambio de domicilio me pueden ayudar por favor gracias
Mi domicilio actual y mi correo actual por favor.