Este permiso de residencia se fundamenta en el principio de reciprocidad internacional de acuerdo al Oficio Circular N°264645, del 04 de diciembre del año 2009, de la Subsecretaria del Interior, que estipula que se otorgará visación de residente temporario a los ciudadanos de Argentina 🇦🇷, Bolivia 🇧🇴, Brasil 🇧🇷, Paraguay 🇵🇾 y Uruguay 🇺🇾, que se encuentren en Chile, independiente de la actividad que vengan a realizar, siempre y cuando no posean antecedentes penales y/o delictivos.

  • Al ser una visa de residencia temporaria, tiene una duración de hasta 1 año, plazo tras el cual, se podrá solicitar una prórroga por el mismo período o solicitar la Permanencia Definitiva.
  • Quienes obtengan la visa en condición de titular podrán desarrollar actividades remuneradas en Chile.
  • El beneficio es extensible al cónyuge, hijos y padres del titular, quienes obtendrán una visa en condición de dependientes (dependientes se encuentran inhabilitados para trabajar en Chile).

Costo de la visa

El costo dependerá de tu nacionalidad.

Puedes encontrar la tabla de aranceles oficial actualizado al año 2020 haciendo clic aquí.

Los menores de 18 años están exentos del pago de derechos.

Documentación requerida

A) Documentación general - debe ser presentada por titulares y dependientes

✅ 1) Solicitud de visa de residencia temporaria llenada y firmada; Y,
✅ 2) Una fotocopia de las siguientes hojas de tu pasaporte:

  • Hoja de identificación: número y fechas de otorgamiento y vencimiento del pasaporte;
  • Hoja con timbre de ingreso al país;
  • Cuando corresponda, fotocopia de la Hoja en que se encuentra la Visa de Turista;
  • Únicamente en el caso de nacionales de Argentina: En caso de ingreso al país con otro documento de identificación, debes adjuntar 1 fotocopia de la Cédula de Identidad, DNI, etc; Y,

✅ 3) Fotocopia de la última Tarjeta de Turismo. Si la extraviaste, puedes solicitar un duplicado en línea.

B) Documentación específica para dependientes

La documentación para acreditar vínculos entre un titular y sus dependientes, deberá estar debidamente apostillada o debidamente legalizada por el Consulado de Chile en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

Si se es cónyuge del titular

✅ Certificado original de matrimonio o copia autorizada ante notario.

Si se es hijo o hija del titular

✅ Certificado original de nacimiento, en el que se indique el nombre de los padres o copia autorizada ante notario.

Si se es padre o madre del titular

✅ Certificado original de nacimiento del titular, que indique el nombre de los padres, o copia autorizada ante notario.

Apostilla / Legalización de documentos emitidos fuera de Chile

Toda la documentación emitida fuera de Chile deberá estar debidamente apostillada o debidamente legalizada por el Consulado de Chile en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile:

  • Si el país que emite el documento es parte de la Convención de la Apostilla, bastará con apostillar el documento para que sea reconocido como válido por Chile (quien también es miembro de la Convención de la Apostilla).

  • Si el país que emite el documento NO es parte de la Convención de la Apostilla, se tendrá que realizar el trámite de legalización de documentos extranjeros: 1) Se debe legalizar el documento ante el Consulado de Chile en el país de origen, y 2) Estando en Chile, se debe legalizar nuevamente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Completados ambos pasos, el documento contará con la debida validez.

Idioma de los documentos

Todo documento que se encuentre en un idioma distinto al español o al inglés debe estar traducido.

Forma de solicitud

En todas las regiones de Chile, la solicitud de Visa Temporaria debe ser enviada por correo postal al Clasificador 8, Correo Central, Santiago, indicando en el sobre:

SEÑORES:

SOLICITUD TEMPORARIA

CLASIFICADOR N° 8

CORREO CENTRAL

SANTIAGO

La solicitud debe entregarse firmada junto a toda la documentación requerida según sea el caso.

¿Cuánto demora la tramitación?

Fuente

Última actualización: 1 de mayo de 2021.

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