El día de hoy, 20 de abril de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile la nueva Ley de Migraciones, que reemplazará a la actual Ley de Extranjería (DL 1094 del año 1975).

Con la publicación de la nueva Ley de Migración y Extranjería en el Diario Oficial, comienza a correr un plazo de 180 días (6 meses) dentro de los cuales:

Proceso de regularización extraordinario

  • Los extranjeros que hubieren ingresado al país por pasos habilitados con anterioridad al 18 de marzo de 2020 y se encuentren en situación migratoria irregular podrán, solicitar un visado de residencia temporal sin ser sancionados administrativamente. Una vez ingresada la solicitud, se obtendrá un permiso temporal para la realización de actividades remuneradas durante el tiempo que demore la tramitación de la visa solicitada. Por último, la visa se otorgará a todos aquellos que no tengan antecedentes penales. 

Los requisitos documentales con los que deberán cumplir aquellos que se acojan al proceso de regularización extraordinario se encuentran aquí.

Extranjeros que hayan ingresado por pasos no habilitados tendrán 180 días para abandonar el país

  • Los extranjeros que hubieren ingresado a Chile por pasos no habilitados podrán abandonar el país sin que se les aplique sanción ni prohibición de ingreso a Chile. Los extranjeros que se encuentren en este caso (ingreso clandestino), de forma posterior a su egreso, podrán ingresar al país o solicitar residencia temporal, según corresponda, conforme a la normativa aplicable. No obstante lo anterior, la policía no podrá permitir la salida del país de los extranjeros que se encuentren afectados por arraigo judicial o por alguna medida cautelar de prohibición de salir del país, salvo que previamente obtengan del tribunal respectivo la autorización correspondiente.

¿Cuándo entra en vigencia la nueva Ley de Migraciones?

Si bien la Ley ha sido publicada, no entrará en vigencia sino hasta que se publique el nuevo Reglamento de Migraciones. De acuerdo al artículo décimo transitorio de la nueva Ley de Migraciones, el Ministerio del Interior contará con hasta 1 año, a partir del día de hoy, para la dictación del Reglamento de Migraciones.

Hasta que no se publique el nuevo Reglamento de Migraciones, seguirán vigentes la actual Ley de Extranjería (DL 1094 del año 1975) y el Reglamento de Extranjería (DS 597 del año 1984)

¿Dónde puedo leer el texto de la nueva Ley de Migraciones?

Fuentes

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