El día de hoy, 5 de abril de 2021, se publicó, en el Diario Oficial de la República de Chile, el Decreto Supremo N° 82 de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y la Resolución Exenta N° 317 de 2021 del Ministerio de Salud, que introducen cambios a la medida de cierre de fronteras y a las medidas sanitarias de ingreso a Chile, anunciadas por el Gobierno el pasado día Jueves 1 de abril.

Así, contando ahora con los detalles de las nuevas medidas, en vigencia a partir de las 05:00 am del día 5 de abril de 2021,  pasamos a ver quienes podrán ingresar a Chile, cuales son las medidas sanitarias que deberán cumplir quienes ingresen al país y quienes podrán salir de Chile.

Desde las 05:00 am del día 05 de abril de 2021, y por lo menos hasta el 30 de abril de 2021, se dispone el cierre para el tránsito de personas, de todos los lugares habilitados para el tránsito de extranjeros hacia Chile.

Sin perjuicio de lo anterior, el cierre de fronteras no afectará a los nacionales chilenos, ni a los extranjeros residentes de manera regular en el territorio nacional, que ingresen a Chile, quienes de conformidad con los protocolos e instrucciones de la autoridad, podrán ingresar al país sometiéndose a los procedimientos sanitarios pertinentes.

De igual manera, no resultará afectada por este cierre temporal de entrada y salida:

a) la carga desde y hacia al territorio nacional;

b) el personal asociado que sea estrictamente necesario para los fines señalados en el literal precedente, así como el personal de relevo de dicha tripulación;

c) las personas que ingresen al territorio nacional con el solo fin de proseguir en tránsito a un país extranjero;

d) el acompañante extranjero en los casos que lo autoriza el decreto supremo Nº 369, de 2017, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Reglamento para el transporte aéreo de personas con discapacidad, con movilidad reducida, orgánicamente descompensadas, agónicas o inconscientes;

e) los extranjeros tripulantes de naves y aeronaves que ingresen a territorio nacional;

f) los niños, niñas o adolescentes de padre o madre chilenos o extranjeros residentes de manera regular en el territorio nacional, nacidos en el extranjero, que ingresen en calidad de turistas. Esta condición deberá acreditarse ante la autoridad contralora en frontera, mediante el correspondiente certificado de nacimiento debidamente apostillado o legalizado;

g) el personal enviado a Chile por otros Estados u organismos internacionales para prestar ayuda humanitaria o cooperación internacional debidamente aceptada por Chile;

h) quienes porten visas diplomáticas y oficiales emitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile;

i) las personas que porten un salvoconducto otorgado en virtud de lo dispuesto en el artículo 66º del Reglamento Consular;

j) quienes sean portadores de pasaportes diplomáticos u oficiales o sean funcionarios internacionales, que cuenten con autorización de la dirección de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores;

k) el ingreso de extranjeros no residentes en Chile que no hayan estado durante los últimos 14 días en países con transmisión comunitaria de SARS-CoV-2 y/o países que no hayan presentado casos producidos por variantes de preocupación (variants of concem) del virus, según se determine por la Organización Mundial de la Salud.

Medidas sanitarias que deberán cumplir quienes ingresen a Chile

Toda persona que ingrese al país deberá cumplir con los requisitos y condiciones establecidos en la Resolución Exenta N° 997 de 2020 del Ministerio de Salud, y que son:

Chilenos y extranjeros residentes en Chile

A partir de las 05:00 am del día 5 de abril de 2021, los chilenos y extranjeros residentes de manera regular en Chile, deberán:

1) Contar con un test PCR con resultado negativo que no exceda las 72 horas contadas desde el embarque al transporte en el que se ingrese al territorio nacional. Si el viaje desde el punto de origen hasta territorio chileno contempla la utilización de varios medios de transporte, las 72 horas se contarán desde el embarque al último de estos. Se exceptúan de la obligación de contar con el PCR a los menores de 2 años.

2) Recluirse los primeros 5 días desde su ingreso en un Hotel de Tránsito o en un Hotel autorizado por la autoridad sanitaria. Los costos asociados a la estadía en estos hoteles serán pagados por cada viajero al momento de la reserva o bien, con tarjeta de crédito o débito al llegar al aeropuerto Arturo Merino Benítez. La única excepción se da con chilenos o extranjeros residentes que salieron de Chile antes del 28 de marzo, en cuyo caso la estadía en el Hotel de Tránsito para Viajeros a su vuelta será sin costo.

3) Contar con un Pasaporte Sanitario obtenido a través de www.c19.cl hasta 48 horas antes del horario programado o estimado de llegada a Chile. Al momento de llenar la Declaración Jurada para obtener el Pasaporte Sanitario, se tendrá que adjuntar el Test PCR con resultado negativo, y la reserva del Hotel de Tránsito en caso de no optar por un Hotel designado por el Ministerio de Salud al momento de llenar la Declaración.

4) Al llegar a Chile, deberán trasladarse desde el aeropuerto hasta el Hotel de Tránsito para Viajeros reservado o al designado por la autoridad sanitaria. Será el personal del aeropuerto el encargado del traslado.

5) Una vez en el Hotel, deberán permanecer en él durante los primeros 5 días. Solo podrán abandonar el lugar, después del quinto día, aquellos viajeros cuya enfermedad haya sido descartada mediante un Test RT-PCR para SARS-CoV-2 realizado tras el ingreso a Chile. Es decir, un test distinto a aquel que se tomó antes de embarcar al país.

6) Después del quinto día, si el resultado del test PCR es negativo, los chilenos o extranjeros residentes en Chile tendrán 24 horas desde la salida del hotel, para desplazarse, en medios de transporte público o privado, hasta el lugar donde se cumplirá el resto de la cuarentena. Recordar que la cuarentena obligatoria es de 10 días.

Si el resultado del test PCR, tomado en el Hotel, es positivo, se deberá cumplir la totalidad de la cuarentena en una residencia sanitaria (sin costo).

7) Por último, los viajeros deberán completar desde la llegada y por 14 días, o hasta que se abandone el país en caso que la permanencia en Chile fuere menor a 14 días. Para dar cumplimiento al programa del Seguimiento del Viajero, los viajeros deberán completar un formulario de reporte de síntomas y localización, que se llevará a cabo completando una encuesta de estado de salud que se recibirá diariamente a través de correo electrónico.

Sobre el cumplimiento de la cuarentena de 10 días:

  • El trayecto al lugar de cumplimiento de la cuarentena deberá ser directo desde el lugar de ingreso al país. Deberá utilizarse siempre mascarilla y se prohíbe la interacción con otras personas, a excepción de aquella indispensable para el traslado.
  • El aislamiento debe ser individual o con el mismo grupo de personas con el que se haya viajado. Esto no será impedimento para realizar la cuarentena en un domicilio donde residan otras personas que no estén sujetas a esta medida.
  • No se permitirá la recepción de visitantes en el lugar donde se realice la cuarentena.

Extranjeros no residentes (turistas) que no hayan estado durante los últimos 14 días en países con transmisión comunitaria

A partir de las 05:00 am del día 5 de abril de 2021, los extranjeros no residentes en Chile (turistas) que no hayan estado durante los últimos 14 días en países con transmisión comunitaria de SARS-CoV-2 y/o países que no hayan presentado casos producidos por variantes de preocupación (variants of concem) del virus, según se determine por la Organización Mundial de la Salud, deberán:

1) Reservar un hotel de tránsito, en donde tendrán que guardar cuarentena por los primeros 5 días (del total de 10 días de cuarentena) a través de las agencias autorizadas por la autoridad sanitaria y que se encuentran mencionadas en el sitio web www.c19.cl. Los costos asociados a la estadía en el Hotel de Tránsito son pagados por cada viajero.

2) Contar con un test PCR con resultado negativo que no exceda las 72 horas contadas desde el embarque al transporte en el que se ingrese al territorio nacional. Si el viaje desde el punto de origen hasta territorio chileno contempla la utilización de varios medios de transporte, las 72 horas se contarán desde el embarque al último de estos. Se exceptúan de la obligación de contar con el PCR a los menores de 2 años.

3) Contar con un seguro de salud que cubra prestaciones asociadas a COVID-19 por un monto mínimo de cobertura de USD$30,000 (treinta mil dólares de los Estados Unidos de América). Es responsabilidad de cada viajero, extender la vigencia del seguro en caso de extender su viaje por sobre el tiempo declarado al momento de su ingreso a Chile.

4) Contar con un Pasaporte Sanitario obtenido a través de www.c19.cl hasta 48 horas antes del horario programado o estimado de llegada a Chile. Al momento de llenar la Declaración Jurada para obtener el Pasaporte Sanitario, se tendrá que adjuntar el Test PCR con resultado negativo, el seguro de salud y la reserva del Hotel de Tránsito.

5) Al llegar a Chile, los turistas deberán trasladarse desde el aeropuerto a un Hotel de Tránsito reservado previamente. Será el personal del aeropuerto el encargado del traslado.

6) Una vez en el Hotel de Tránsito, los turistas deberán permanecer en él durante los primeros 5 días. Solo podrán abandonar el hotel de tránsito, después del quinto día, aquellos viajeros cuya enfermedad haya sido descartada mediante un Test RT-PCR para SARS-CoV-2 realizado tras el ingreso a Chile. Es decir, un test distinto a aquel que se tomó antes de embarcar al país.

7) Después del quinto día, si el resultado del test PCR es negativo, los turistas tendrán 24 horas desde la salida del hotel de tránsito, para desplazarse, en medios de transporte público o privado, hasta el lugar donde se cumplirá el resto de la cuarentena. Recordar que la cuarentena obligatoria es de 10 días.

Si el resultado del test PCR, tomado en el Hotel de Tránsito, es positivo, se deberá cumplir la totalidad de la cuarentena en una residencia sanitaria (sin costo).

8) Por último, los turistas deberán completar desde la llegada y por 14 días, o hasta que se abandone el país en caso que la permanencia en Chile fuere menor a 14 días. Para dar cumplimiento al programa del Seguimiento del Viajero, los turistas deberán completar un formulario de reporte de síntomas y localización, que se llevará a cabo completando una encuesta de estado de salud que se recibirá diariamente a través de correo electrónico.

Sobre el cumplimiento de la cuarentena de 10 días:

  • El trayecto al lugar de cumplimiento de la cuarentena deberá ser directo desde el lugar de ingreso al país. Deberá utilizarse siempre mascarilla y se prohíbe la interacción con otras personas, a excepción de aquella indispensable para el traslado.
  • El aislamiento debe ser individual o con el mismo grupo de personas con el que se haya viajado. Esto no será impedimento para realizar la cuarentena en un domicilio donde residan otras personas que no estén sujetas a esta medida.
  • No se permitirá la recepción de visitantes en el lugar donde se realice la cuarentena.

Caso especial de viajeros en tránsito

Las personas que ingresen a Chile con el solo fin de proseguir en tránsito a un país extranjero quedan exentos del cumplimiento de la cuarentena obligatoria de 10 días, del requisito de contar con un test PCR negativo, del requisito de contar con un seguro de viaje, y de cumplir el programa de seguimiento al viajero.

Caso especial de tripulantes de naves y aeronaves

Los extranjeros tripulantes de naves y aeronaves que ingresen a territorio nacional quedarán excluidos del requisito de contar con un PCR negativo que no exceda las 72 horas contadas desde el embarque al transporte en el que se ingrese al territorio nacional.

Los chilenos y extranjeros residentes de manera regular en el país, que sean tripulantes de naves y aeronaves que ingresen al territorio nacional, quedan exentos del requisito de contar con un PCR negativo que no exceda las 72 horas contadas desde el embarque al transporte en el que se ingrese al territorio nacional..

Además, los chilenos y extranjeros residentes de manera regular en el país, podrán exceptuarse de la medida de cuarentena obligatoria de 10 días, siempre y cuando su empleador cumpla con asegurar e informar a la autoridad sanitaria la realización de un Test RT-PCR para SARS-CoV-2 de manera semanal para cada tripulante que requiera esta excepción.

Caso especial de diplomáticos o funcionarios internacionales

Aquellos viajeros quienes sean portadores de pasaportes diplomáticos u oficiales o sean funcionarios internacionales, que cuenten con autorización de la Dirección de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, podrán cumplir la cuarentena obligatoria de 10 días en sus domicilios particulares.

Caso especial de camioneros que ingresen a Chile por frontera terrestre portando bienes esenciales para el abastecimiento del país

El personal asociado que sea estrictamente necesario para transportar la carga desde y hacia Chile, así como el personal de relevo de dicha tripulación quedan exentos del cumplimiento de la medida de cuarentena obligatoria de 10 días y del requisito de contar con un seguro de viaje, rigiéndose por lo dispuesto a continuación:

a) A los conductores extranjeros no residentes de manera regular en el país, que ingresen a territorio nacional, se les exigirá el portar un resultado negativo de un Test PCR para SARS-CoV-2, el cual no debe exceder las 72 horas anteriores al inicio de viaje desde el punto de origen, según lo consignado en el manifiesto internacional de carga/declaración de tránsito aduanero.

Cualquier conductor extranjero no residente de manera regular en el país podrá ser seleccionado, en forma aleatoria por la Autoridad Sanitaria, en el momento de su ingreso, para ser sometido a un examen de detección directa para SARS-CoV-2 determinado por la Autoridad Sanitaria. Si este mismo conductor no accediera a realizarse el examen del que trata el inciso anterior, deberá permanecer en cuarentena, en una residencia sanitaria dispuesta al efecto, durante los 14 días siguientes a su ingreso al país, independiente del resultado negativo que pudiese tener un test PCR para SARS-CoV-2 realizado con anterioridad o posterioridad. En caso que negare a practicarse el señalado examen, se aplicará lo dispuesto en el Código Sanitario o en el Reglamento Sanitario Internacional.

Los costos asociados a la estadía en el hotel de tránsito, o en aquel autorizado por la autoridad sanitaria serán sufragados por la empresa extranjera de transporte internacional terrestre a cuyo nombre se encuentre habilitado el vehículo conducido por el conductor en cuestión.

b) Los conductores chilenos y extranjeros residentes de manera regular en el país, podrán ser seleccionados, en forma aleatoria por la Autoridad Sanitaria, en el momento de su ingreso, para ser sometidos a un examen de detección directa para SARS-CoV-2 determinado por la Autoridad Sanitaria. Si estos mismos conductores no accedieran a realizarse el examen del que trata este numeral, deberán permanecer en cuarentena, en una residencia sanitaria dispuesta al efecto, durante los 14 días siguientes a su ingreso al país, independiente del resultado negativo que pudiese tener un test PCR para SARS-CoV-2 realizado con anterioridad o posterioridad.

Salir de Chile

Se permitirá el egreso de chilenos y extranjeros residentes de manera regular en Chile, previa obtención, a través de Comisaría Virtual, de una autorización extraordinaria para el viaje de personas al exterior por razones de carácter humanitario, por ser esencial para la salud del solicitante, para efectuar gestiones imprescindibles para la marcha adecuada del país, o para o por residir en el exterior.

Solicitud Extraordinaria de Viaje al Extranjero comisaria virtual immichile chile

En el caso de extranjeros no residentes (turistas) que requieran egresar del territorio nacional, éstos podrán hacerlo libremente.

Fuentes

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