► Qué hacer si tu solicitud de Permanencia Definitiva no fue acogida a trámite (subsanar una solicitud de Permanencia Definitiva)
¿Recibiste una notificación por parte del Departamento de Extranjería y Migración indicando que tu solicitud de Permanencia Definitiva “es incompleta o insuficiente” otorgándote plazo para subsanar?
Esta situación se da, tal y como se indica en la resolución recibiste, cuando no has adjuntado la documentación requerida para solicitar la Permanencia Definitiva, o ésta se encuentra incompleta o es errónea, de acuerdo a los artículos 41, 42, y 43 de la Ley de Extranjería, 80 y siguientes del Reglamento de Extranjería, y a lo dispuesto en la Circular N° 12 del año 2019 dictada por el Departamento de Extranjería y Migración.

El artículo 31 de la Ley N° 19.880 establece:
“Artículo 31. Antecedentes adicionales. Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos señalados en el artículo precedente y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de cinco días, subsane la falta o acompañe los documentos respectivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición.”
Por lo que faltar documentación en una solicitud de Permanencia Definitiva, encontrarse vencida, o de haberse adjuntado documentación errónea, el Departamento de Extranjería y Migración notificará al solicitante para que dentro del plazo de 5 días hábiles subsane o rectifique la falta.
⚠️ El plazo para subsanar solicitudes de #PermanenciaDefinitiva vuelve a ser de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación.
— Migraciones Chile (@DptoExtranjeria) September 30, 2020
📆 En ese período se deberá enviar correctamente la documentación faltante o informada como errónea a través de https://t.co/DfvKQSofqO. pic.twitter.com/H0FWnvS5Cm
Índice
¿Qué pasa si no se subsana la solicitud de Permanencia Definitiva dentro de plazo?
De ser notificados de la necesidad de subsanar nuestra solicitud de Permanencia Definitiva y de no hacerlo dentro del plazo de 5 días hábiles desde la fecha de notificación, nuestra solicitud de Permanencia Definitiva quedará como desistida (terminada), recibiendo la siguiente notificación:

En este caso, se caerá en situación migratoria irregular automáticamente, debiendo pagar multa por el tiempo de residencia irregular, que se cuenta desde la fecha de vencimiento de la última visa (que dio origen a la solicitud de Permanencia Definitiva).
Cómo subsanar una solicitud de Permanencia Definitiva incompleta o insuficiente
Nos vamos al sitio web de Trámites en Línea de Extranjería

Nos dirigimos al sitio web de Trámites en Línea de Extranjería e iniciamos el trámite de “Solicitud de Permanencia Definitiva” con nuestra Clave Única.
Realizamos una nueva solicitud de Permanencia Definitiva
Inmediatamente después, llenamos el formulario de solicitud y subimos todos los documentos requeridos, incluido el o los documentos que nos han solicitado subsanar, tal como si se tratara de la primera solicitud de Permanencia Definitiva.
Importante: La documentación a subsanar debe encontrarse vigente. El resto de la documentación puede encontrarse vencida (puede ser la misma que enviamos en la primera solicitud).
Toda la documentación que acompañamos en la solicitud de permanencia definitiva que tendremos que subsanar, podemos descargarla desde el “Historial de Trámites” de tramites.extranjeria.gob.cl luego de iniciar sesión con nuestra clave única:

Requerimiento Especial
Cuando lleguemos a la última pestaña antes de enviar la nueva solicitud de Permanencia Definitiva (subsanación), titulada “Requerimiento Especial“, marcamos la opción “Si“, justo debajo de “Ud. fue notificado con ‘Solicitud incompleta o insuficiente. Otorga plazo para subsanar (*)‘”:

Inmediatamente después de marcar la opción “Si” se nos desplegarán 3 nuevos campos.
En el primero de ellos, tenemos que ingresar el código de trámite de la notificación recibida (de la notificación de “Solicitud incompleta o insuficiente. Otorga plazo para subsanar”):

El código de trámite se encuentra en la notificación de “Solicitud incompleta o insuficiente. Otorga plazo para subsanar”.
En la siguiente imagen, se encuentra marcado en amarillo:

En el segundo campo, tenemos que subir el comprobante de envío de solicitud anterior (de la solicitud de permanencia definitiva que estamos subsanando):

¿Cuál es este documento? El que se muestra en la siguiente imagen, y que corresponde al documento que obtuvimos al momento de solicitar la permanencia definitiva por primera vez:

En el tercer y último campo, tenemos que subir el comprobante de “Solicitud incompleta o insuficiente. Otorga plazo para subsanar“:

¿Cuál es este documento? El que se muestra en la siguiente imagen, y que es aquel a través del cual se nos comunicó que nuestra solicitud de Permanencia Definitiva se encontraba incompleta o era insuficiente:

Luego de adjuntar los archivos requeridos, tendremos que seleccionar la opción “No” como respuesta a la pregunta “¿Ud. pagó su multa antes de iniciar este trámite?” (ya que no nos encontramos en falta subsanando dentro de plazo):

Por último hacemos en “Siguiente” para ir a la última página de la solicitud. En ella tendremos que hacer clic en “Enviar solicitud” para enviarla al Departamento de Extranjería y Migración para su análisis.

Enviada la solicitud, solo nos queda esperar a recibir la notificación por parte del Departamento de Extranjería y Migración de título “Cumple en plazo otorgado. Avanza a revisión documental”.
Posteriormente, esperar la decisión de Extranjería sobre si la documentación se encuentra completa y se avanza a análisis, o si la solicitud subsanada no cumple con los requisitos documentales y queda como desistida.

Preguntas frecuentes
De tener que subsanar, ¿toda la documentación debe encontrarse actualizada?
No. Solo la documentación que se solicita subsanar debe encontrarse actualizada (vigente). El resto de la documentación (que no se requiere subsanar) puede encontrarse vencida (la misma documentación presentada en la primera solicitud de Permanencia Definitiva).
Si se tiene por desistida la solicitud de Permanencia Definitiva, ¿puedo volver a solicitarla?
De acuerdo a una publicación del Departamento de Extranjería y Migración de fecha 07 de mayo de 2020, si una solicitud de Permanencia Definitiva fue concluida por no cumplir con el plazo otorgado para subsanar la postulación, se podrá realizar una nueva solicitud de Permanencia Definitiva previo cálculo y pago de multa:
⚠️ Información importante para extranjeros que no subsanen su solicitud de Permanencia Definitiva dentro del plazo establecido. 📆 pic.twitter.com/6tz4F4fa50
— Migraciones Chile (@DptoExtranjeria) May 7, 2020
¿Cómo pagar multas de Extranjería?
Problema de continuidad
En ciertos casos, luego de pagar la multa, al momento de realizar una nueva solicitud de Permanencia Definitiva, nos encontramos con un “problema de continuidad” en el sitio web de Trámites en Línea de Extranjería.
¿Cómo solucionarlo?
Lo explicamos en este artículo: Cómo solucionar el problema de continuidad al momento de realizar una solicitud de Permanencia Definitiva.
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Hola, buen día, me enteré por el link Consulta de Estado de Beneficios Migratorios que mi trámite de visa definitiva no fue acogida a tramite. No me ha llegado ningún correo y no me aparece más detalle en la plataforma. Cómo puedo saber que pautas debo seguir y por qué el rechazo?. Gracias de antemano.
Esperar a que la Resolución sea notificada por carta certificada, o por correo electrónico, o se vea en consultas.extranjeria.gob.cl
También reclamando vía SIAC: https://siac.interior.gob.cl/formulario.gov?accion=ingresa exigiendo las razones por las cuales no fue acogida a trámite.
O a través de Historial de Trámites, descargando los documentos generados.