En Sesión Plenaria N° 10 del Consejo Constitucional celebrada del día de hoy, 20 de septiembre de 2023, se aprobó el siguiente literal b), que entre otras cosas, dispone que serán expulsados en el menor tiempo posible, o devueltos a su país de origen, tránsito o residencia, los extranjeros que ingresen a Chile de forma clandestina o por pasos no habilitados:

«La ley regulará el ingreso, estadía y residencia, y egreso de extranjeros del territorio nacional.

Los extranjeros que ingresen al territorio nacional de forma clandestina o por pasos no habilitados, serán expulsados en el menor tiempo posible o devueltos a su país de origen, tránsito o residencia, salvo en los casos de refugio o asilo expresamente contemplados en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

A su vez, los extranjeros que cometan un crimen o simple delito dentro del territorio nacional y sean condenados a presidio efectivo, deberán cumplir la pena carcelaria en su país de origen, cuando corresponda, y en caso de cumplir la pena en nuestro país, serán inmediatamente expulsados.

La Ley determinará el proceso de expulsión o devolución.

Toda persona, institución o grupo que organice, financie o ejecute, con ánimo de lucro, el ingreso ilegal de personas al territorio nacional, incurrirá en las sanciones que determine la Ley.».

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