Gobierno de Chile extiende la vigencia de cédulas de identidad para extranjeros
El día de hoy, 01 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de Chile el Decreto N° 34 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que extiende la vigencia de la cédula de identidad para extranjeros.
A qué extranjeros aplica
El Decreto señala que la extensión de la vigencia de las cédulas de identidad aplica a los extranjeros cuyas solicitudes de cambio de visa (condición/calidad), de prórroga de visa, o de Permanencia Definitiva hayan sido acogidas a traḿite ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública o una Gobernación Provincial.
La vigencia de las cédulas, de quienes se encuentren en alguna de las situaciones anteriormente descritas, se extiende de la siguiente manera:
a) Hasta el 31 de diciembre de 2020 para las cédulas vencidas durante el año 2019; Y,
b) Por el plazo de 1 año a contar de la fecha de vencimiento de las cédulas de identidad para extranjeros que hayan expirado o expiren durante el año 2020.
¿Cómo se acredita la circunstancia de haberse ingresado a traḿite una solicitud?
El mismo Decreto indica que para efectos de comprobar la vigencia de la cédula de identidad para extranjeros, la circunstancia de haberse ingresado a trámite una solicitud de cambio o prórroga de visa o de Permanencia Definitiva, se acreditará, ante otros particulares o ante organismos públicos, mediante los comprobantes que proporcionen el Departamento de Extranjería y Migración o la Gobernación Provincial respectiva.
La extensión de la cédula es válida solo dentro del territorio de la República de Chile
Las cédulas de identidad cuya vigencia se hubiese extendido en virtud del Decreto N° 34 de 2020, servirán para acreditar la identidad del extranjero en territorio nacional y podrán ser utilizados por sus titulares en diligencias, trámites, y gestiones que requieran la exhibición de este documento.
Fuente
- Decreto N° 34 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Diario Oficial del 01 de abril de 2020: https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2020/04/01/42621/01/1747658.pdf
Hola! Qué ocurre en el caso de tener la Permanecia Definitiva ya concedida (desde el año 2015). También se extiende el vencimiento de nuestras cédulas que vencen este año?
No, debe renovarse la cédula. El Decreto 34 solo aplica a quienes se encuentren tramitando un cambio de visa, prórroga o Permanencia Definitiva. No a aquellos a los que ya se les ha otorgado el beneficio.
Envie mis documentos para visa sujeta a contrato por correo al ir a verificar me sale q ya fue entregado pero cuando quiero ver el estado de tramite no me sale nada q debo de hacer.. gracias de antemano por su informacion
Todo explicado aquí: https://immichile.cl/como-revisar-el-estado-de-tu-solicitud-en-extranjeria/
El único comprobante de mi sol. Prorr.visa temp. Es el de envio por correo y de recibido pero no aparece mi solicitud cuando checo en consultas extranjeria. Vale el comprobante de correo en este caso??
En trámite se refiere a que se tiene la resolución de visa en trámite en su poder. La cual puede ser descargada a través de consultas.extranjeria.gob.cl cuando ésta ha sido acogida a trámite por el Departamento de Extranjería y Migración.
Y las personas que age damos cita para la renovacion de visa y se nos vencio la visa esperando la cita como podemos hacer nos sirve la cita como comprobante de tramite .
Las solicitudes de prórroga de visa deben enviarse por correo certificado debido a la emergencia sanitaria, en RM, Gobernación de Antofagasta y resto de Gobernaciones Provinciales.
Te sugerimos ponerte en contacto directamente con Extranjería: https://immichile.cl/como-contactar-al-departamento-de-extranjeria-y-migracion-a-traves-de-freshdesk/