Cómo registrar una visa por primera vez a través de PDI Virtual
Desde el 01 de mayo de 2020 PDI se encarga únicamente y exclusivamente del registro de visas por primera vez, quedando Extranjería a cargo del registro de las prórrogas de visas, cambios de visas y Permanencias Definitivas.
Producto de la pandemia, PDI realizaba el registro de las visas por primera vez de manera automática (después de haber estampado o activado la respectiva visa), teniendo el extranjero que esperar a recibir un correo electrónico por parte de Policía de Investigaciones adjuntando el Certificado de Registro de Visa.
Lo anterior ha cambiado. Recientemente, PDI ha implementado el trámite de «Certificado de Registro de Visa» a través de PDI Virtual (URL: https://pdivirtual.cerofilas.gob.cl/). Con ello, serán nuevamente los extranjeros quienes deberán registrar sus visas por primera vez dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha del estampado o activación (EPE) de sus visas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Migraciones:
Artículo 52.- Los extranjeros mayores de 18 años, con excepción de los turistas y residentes oficiales, deberán inscribirse en los registros especiales de extranjeros que llevará el Servicio de Investigaciones, dentro del plazo de 30 días, contado desde la fecha de ingreso al país.
Los extranjeros que ingresen irregularmente al país y a quienes se conceda en Chile una visación, deberán cumplir con la obligación mencionada en el inciso anterior, dentro del plazo de 30 días, contado desde la fecha del otorgamiento de la respectiva visación. Esta disposición no se aplicará a quienes obtengan una visación diplomática u oficial.
El valor del Certificado de Registro será de cargo del interesado y no podrá ser superior a su costo de elaboración, el que será fijado anualmente por resolución del Ministerio del Interior.
De no realizar el trámite de Registro de Visa ante PDI dentro de los 30 días siguientes al estampado o activación de la visa por primera vez, se infringe el artículo 72 de la Ley de Extranjería, debiendo pagar la multa correspondiente:
Artículo 72.- Los extranjeros que durante su permanencia en el país no dieren cumplimiento oportuno a la obligación de registrarse, de obtener cédula de identidad, de comunicar a la autoridad, cuando corresponda, el cambio de domicilio o actividades, serán sancionados con multas de 1 a 20 sueldos vitales, sin perjuicio de disponerse en caso de infracciones graves o reiteradas a las disposiciones de este decreto ley, el abandono del país o su expulsión.
Índice
¿Quiénes deben realizar el trámite de Certificado de Registro de Visa?
- Aquellos extranjeros que hayan obtenido su primera visa de residente en el país, en el Departamento de Extranjería y Migración y en las Gobernaciones Provinciales.
- Aquellos extranjeros que hayan obtenido su primera visa de residente en el país, en las Embajadas y Consulados Chilenos.
Y en ambos casos, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de estampado o activación de la visa (si fue otorgada dentro de Chile) o dentro de los 30 días siguientes a la fecha de ingreso a Chile (si la visa fue estampada en un Consulado o Embajada Chilena).
¿Cómo realizar el trámite?
En primer lugar, debemos dirigirnos al sitio web de PDI Virtual (URL: https://pdivirtual.cerofilas.gob.cl/) y hacer clic en «Iniciar trámite» debajo del título «Trámites de Migraciones y Policía Internacional«:
Inmediatamente después, tenemos que hacer clic en «Iniciar trámite» debajo del título «Certificado de Registro de Visa» (único trámite disponible por el momento):
En la primera pestaña, tendremos que leer las instrucciones, seleccionar «Si, acepto las condiciones» y hacer clic en «Siguiente» para llenar el formulario:
Formulario de Registro de Primera Visa
Luego de hacer clic en Siguiente, tendremos que llenar el formulario de registro de primera visa.
Tipo de solicitud
En primer lugar, tenemos que seleccionar el tipo de solicitud:
- Soy un adulto quien realiza la solicitud
- Soy un adulto o tutor legal quien realiza la solicitud en nombre de un menor de edad
Datos del adulto / Identificación del menor de edad
Dependiendo del tipo de solicitud seleccionada, tendremos que ingresar nuestros datos como adulto, o los datos de identificación del menor de edad y luego nuestros datos como adulto o tutor legal realizando la solicitud en nombre del menor de edad.
Si seleccionamos "Soy un adulto quien realiza la solicitud"
Tendremos que ingresar:
- Nuestro primer apellido
- Nuestro segundo apellido (de corresponder)
- Nuestros nombres
- Nuestra fecha de nacimiento
- Nuestro correo electrónico: importante ingresar la dirección correctamente, ya que el Certificado de Registro se enviará a dicha dirección una vez generado;
- Nuestro país de nacimiento
- Nuestra nacionalidad actual
- Tipo de documento donde estampamos o estamparems nuestra visa (si se posee Estampado Provisorio Electrónico – EPE): Pasaporte o Título de Residencia.
- Número de documento: Número del Pasaporte o Título de residencia.
Si seleccionamos "Soy un adulto o tutor legal quien realiza la solicitud en nombre de un menor de edad"
Tendremos que ingresar los datos de identificación del menor de edad y luego nuestros datos como adulto realizando al solicitud en representación del menor.
Datos de identificación del menor:
- Primer apellido del menor
- Segundo apellido del menor (de aplicar)
- Nombres del menor
- Fecha de nacimiento del menor
- País de nacimiento del menor
- Nacionalidad actual del menor
- Tipo de documento donde el menor estampó o estampará su visa (si se posee Estampado Provisorio Electrónico – EPE / Estampado Electrónico – EE): Pasaporte o Título de Residencia.
- Número de documento: Número del Pasaporte o Título de residencia
Al tratarse de una solicitud en representación de un menor de edad, tendremos que adjuntar también un Certificado que acredite el vínculo con el menor: Por ejemplo, un Certificado de Nacimiento en formato JPG:
Después de ingresar los datos de identificación del menor, tocará ingresar nuestros datos como adulto:
- Nuestro primer apellido
- Nuestro segundo apellido (de corresponder)
- Nuestros nombres
- Nuestra fecha de nacimiento
- Nuestro correo electrónico: importante ingresar la dirección correctamente, ya que el Certificado de Registro se enviará a dicha dirección una vez generado;
- Nuestro país de nacimiento
- Nuestra nacionalidad actual
- Tipo de documento donde estampamos o estamparemos nuestra visa (si se posee Estampado Provisorio Electrónico – EPE / Estampado Electrónico EE): Pasaporte o Título de Residencia.
- Número de documento: Número del Pasaporte o Título de residencia.
Resto del formulario
Luego de ingresados nuestros datos como adultos, o de ingresados los datos de identificación del menor y nuestros datos como adultos representantes del menor, tocará seguir llenando el formulario ingresando los datos del solicitante, es decir, los datos de la persona en favor de quien se emitirá el Certificado de Registro de Visa: Datos del adulto o datos del menor.
Estado civil
Estado civil del solicitante del Certificado de Registro de Visa:
- Soltero, casado, viudo, divorciado, o unión civil.
Hijos
Si el solicitante del Certificado de Registro de Visa tiene hijos:
- Se tendrá que seleccionar “tiene” e ingresar los datos de los hijos: primer apellido, segundo apellido, nombres, fecha de nacimiento, país de nacimiento, nacionalidad actual, número de pasaporte.
Llenar el formulario de registro de hijos:
Una vez agregado, se verá así:
Si el solicitante del Certificado de Registro de Visa NO tiene hijos: Simplementa seleccionar «No Tiene» y seguir con el formulario.
Indicar si estamos solicitando el registro de visa dentro de los 30 días siguientes al estampado o activación de la visa
Se preguntará: «¿Usted solicita su registro de visa dentro de los 30 días señalados en el DL 1094/1975?« (Según el artículo 52, DL 1094/1975, se debe realizar el registro de visa dentro de los 30 días desde el estampado de la misma, en el caso de haberse obtenido en el DEM o Gobernación Provincial, o desde el ingreso al país en caso de visa consular).
a) Si estamos solicitando el registro dentro del plazo de 30 días desde la fecha de estampado o activación de la visa: Seleccionamos «Si, dentro de los 30 días», y continuamos con el formulario.
b) Si estamos solicitando el registro fuera del plazo de 30 días desde la fecha de estampado o activación de la visa: Seleccionamos «No, fuera de los 30 días«.
Al seleccionar “No, fuera de los 30 días”, se mostrará un nuevo campo en el que tendremos que seleccionar si hemos sido “afectos a sanción”, es decir, si pagamos la multa correspondiente.
- Si seleccionamos “Si”, es decir, si ya pagamos la multa, tendremos que ingresar el “Número de Resolución”, el “Número de Folio”, y la “Fecha de emisión”. Por último, se tendrá que adjuntar la Resolución Exenta de la sanción en formato JPG.
- Si seleccionamos «No», si bien podremos seguir llenando el formulario, no podremos enviarlo, ya que debemos regularizar nuestra situación pagando la multa correspondiente para poder realizar el trámite de registro.
Tipo de visa
Luego, tendremos que seleccionar el tipo de visa:
- Estampado Provisorio Electrónico (EPE): Si estampamos la visa a través del trámite de Estampado Provisorio Electrónico (EPE)
- Visa Estampada en Chile: Si estampamos la visa físicamente en un pasaporte o título de residencia.
- Visa Consular: Si estampamos la visa físicamente en un Consulado de Chile en el exterior.
- Estampado Electrónico (EE)
Si seleccionamos EPE, tendremos que seleccionar el tipo de visa que se nos otorgó, e ingresar el Número del Estampado Provisorio Electrónico (EPE), el Número de Serie del Estampado Provisorio Electrónico (EPE), la Fecha de Activación del Estampado Provisorio Electrónico (EPE), el Número de Resolución que otorgó la visa, la Fecha de la Resolución que otorgó la visa, y la autoridad que la otorgó (Departamento de Extranjería y Migración o Gobernación Provincial). Si fue otorgada por una Gobernación Provincial, tendremos que seleccionar la Gobernación correspondiente.
Si seleccionamos Visa Estampada en Chile, tendremos que seleccionar el tipo de visa que se nos otorgó, e ingresar la Fecha de estampado de la visa, Número de Resolución que otorgó la visa, Fecha de Resolución que otorgó la visa, Fecha de vencimiento de la visa, y Autoridad otorgante: Departamento de Extranjería y Migración o Gobernación Provincial. Si fue otorgada por una Gobernación Provincial, tendremos que seleccionar la Gobernación correspondiente.
Si seleccionamos Visa Consular, tendremos que seleccionar el tipo de visa otorgada, e ingresar el, Número de actuación, Fecha de actuación y Fecha de ingreso al país. Inmediatamente después, tendremos que seleccionar el tiempo de duración de la visa: Años, Meses o Días, y seleccionar el Consulado o Embajada en que se otorgó la visa que vamos a registrar.
Si seleccionamos Estampado Electrónico, tendremos que seleccionar el tipo de visa otorgada, e ingresar el número de EPE o EE, el código de verificación del EPE o EE, el número de Resolución que otorgó la visa (dd-mm-aaaa), Fecha de vencimiento de la visa (dd-mm-aaaa) y la autoridad que la otorgó (Departamento de Extranjería y Migración o Gobernación Provincial).
Domicilio particular
Siguiendo con el formulario, tendremos que ingresar los datos del domicilio particular (vivienda): Calle / Pasaje, Número, Departamento (de aplicar), Población / Villa (opcional), Región, Comuna, y Actividad.
Dirección laboral (opcional)
De manera opcional, podemos ingresar los datos de la dirección en la que realizamos actividades remuneradas: Calle / Pasaje (opcional), Número (opcional), Departamento (opcional – de aplicar), Población / Villa (opcional), Región (opcional), Comuna (opcional), y Número de teléfono (opcional).
Adjuntar fotografía de pasaporte y fotografía del solicitante
Por último, se tendrá que adjuntar, en formato JPG, una fotografía de la hoja de identificación del pasaporte (página de que contiene los antecedentes personales), una fotografía de la visa estampada en caso de poseerla, y una fotografía de medio cuerpo del solicitante (no aplica para menores de 18 años – es optativo en ese caso):
Envío de la solicitud
Luego de ingresar todos los datos correctamente, enviamos la solicitud de registro.
Pago
Posteriormente (semanas después), y luego de una revisión por parte de PDI, si la solicitud de registro fue ingresada correctamente, recibiremos un correo electrónico de Policía de Investigaciones con un enlace para pagar los derechos correspondientes al Certificado de Registro de Visa a través del sistema de pagos de la Tesorería General de la República.
Tendremos que seleccionar el medio de pago que más nos acomode y pagar los CLP$800 correspondientes al costo del Certificado de Registro de Visa por primera vez.
Medios de pago disponibles:
Después de pagar, veremos un mensaje en que se nos indicará que nuestro pago «se ha realizado con éxito».
Ahora, debemos ingresar nuestro correo electrónico en «Ingrese su e-mail» y hacer click en «Enviar» para recibir el comprobante de pago en nuestro correo electrónico:
Realizado lo anterior, hacemos click en «Finalizar«.
Por último, después del pago, si vamos a nuestra casilla de correo electrónico, encontraremos un correo enviado por PDI con el título «Registro de Visa Realizado«. En dicho correo, se encontrará adjunto, en formato PDF, el Certificado de Registro de Primera Visa:
IMPORTANTE:
Solo después que obtengamos el Certificado de Registro de Primera Visa, podremos concurrir a las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación a solicitar nuestra cédula de identidad para extranjeros, y no antes.
Hola, el estampado de mi visa fue dentro de chile, como puedo registrar mi visa por primera vez.¿?
Los permisos de residencia temporal ya no se registran ante PDI. Simplemente se estampan, y luego se debe concurrir al Registro Civil a obtener la cédula de identidad.
en buena hora!
solicite .mi carnet hace dos meses con mi visa temporal y mi estampado electrónico, ahora me rechaza la cédula que porque no estoy habilitada pero ya han pasado más de dos mes debo pagar multa si no tuve el error ya en registro civil me aceptaron los papeles que puedo hacer
CONSULTA, AL LLENAR EL FOMULARIO DOY CLICK A LA OPCION DE HIJOS PERO NO SE DESPLEGA EL FORMULARIO PARA INGRESAR LOS DATOS DE MI HIJO, QUE PUDEO HACER EN ESE CASO