De acuerdo a los artículos 72 de la Ley de Migración y Extranjería (N° 21.325) y 54 de su Reglamento (DS 296 de 2021), el permiso de residencia temporal podrá prorrogarse hasta por 2 años adicionales.

Según lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería, la prórroga de un permiso de residencia deberá ser solicitada al Servicio Nacional de Migraciones con no más de 90 y no menos de 10 días de anticipación a la fecha de expiración del permiso de residencia vigente con que cuente el interesado.

¿Se puede solicitar la prórroga de un permiso de residencia temporal que ya ha vencido?

El artículo 71 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería señala que cuando se trate de residentes cuyo permiso ya haya vencido, podrán igualmente solicitar su prórroga dentro del plazo de 9 meses contado desde la fecha de expiración, debiendo pagar una multa antes de formular la solicitud:

  • Si la solicitud de prórroga tiene lugar dentro de los 180 días corridos, contados desde la expiración del permiso de residencia, el solicitante deberá pagar una multa (antes de enviar la solicitud) de entre 0,25 a 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
  • Si la solicitud de prórroga se presenta después de los 180 días corridos contados desde la expiración del permiso de residencia, y antes de transcurridos 9 meses, el solicitante deberá pagar una multa (antes de enviar la solicitud) de entre 5 a 10 Unidades Tributarias (UTM).

El no pagar la multa correspondiente, antes de realizar la solicitud de prórroga, impedirá al Servicio Nacional de Migraciones resolver de manera favorable la solicitud de prórroga del permiso de residencia.

Si han transcurrido más de 9 meses desde la fecha de vencimiento del permiso

Según lo prescrito en el literal e) del artículo 71 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería, si han transcurrido más de 9 meses desde la fecha de vencimiento del permiso de residencia temporal, sin que el interesado haya solicitado su renovación, podrá disponerse su expulsión del país, a menos que tal omisión del trámite de renovación sea consecuencia directa de una situación de caso fortuito o fuerza mayor, la cual deberá hacerse valer al momento de efectuar los descargos previstos en el artículo 132 de la Ley N° 21.325 (de Migración y Extranjería).

¿Cómo se solicita la prórroga de un permiso de residencia temporal?

La solicitud de prórroga de un permiso de residencia temporal se realiza de manera digital (online) a través del sitio web de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones.

1) Inicio de sesión

En el sitio web de trámites digitales del Servicio Nacional de Migraciones, buscamos el trámite de «Solicitud de Residencias Temporales para extranjeros dentro de Chile»:

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A continuación, hacemos clic en «Iniciar con Clave Única» (para realizar la postulación utilizando nuestra Clave Única) o «Inicio de sesión» (de querer realizar la postulación con nuestra cuenta en el sistema del Servicio).

2) Inicio de la postulación

Luego de iniciar sesión, podremos comenzar con la postulación. Tal como se indica en el mensaje de bienvenida, el trámite de «Solicitud de Residencias Temporales para extranjeros dentro de Chile», aplica a quienes deseen solicitar el cambio de categoría migratoria, prórroga de subcategoría migratoria, cambio de subcategoría migratoria, o el cambio de calidad de residencia temporal:

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3) Datos del solicitante

En el siguiente paso de «Datos del solicitante», tendremos que indicar nuestro número de cédula de identidad, sexo, país de nacimiento, nacionalidad, ciudad de residencia actual, domicilio, número telefónico y correo electrónico:

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Datos del solicitante
Información de contacto

4) Acreditar actividad y nivel educacional

A continuación, tendremos que proporcionar información acerca de nuestro nivel educacional y actividad:

5) Documentos generales del postulante

En el siguiente paso, seleccionamos el tipo de documento de identificación que utilizaremos para la postulación (pasaporte o documento nacional de identificación), el país que emitió dicho documento, ingresamos el número del documento de identificación, su fecha de vencimiento, y luego acompañamos una copia del documento de identificación, y un Certificado de Antecedentes Penales del país de origen apostillado y de no más de 60 días de antigüedad:

6) Características de la solicitud de residencia temporal

En la siguiente pestaña, tendremos que indicar cuál es nuestra situación migratoria actual:

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Si vamos a solicitar la prórroga de un permiso de residencia temporal, tendremos que seleccionar «Residencia Antigua Ley de Extranjería», «Residencia Temporal» o «Residencia Oficial» según sea la situación en la que nos encontremos.

a) Residencia Antigua Ley de Extranjería

Si seleccionamos «Residencia Antigua Ley de Extranjería», tendremos que seleccionar el tipo de residencia otorgada bajo la antigua ley de extranjería: Sujeta a contrato, estudiante o temporaria:

A continuación, deberá acompañarse el Estampado Electrónico de dicho permiso de residencia, indicar la fecha de inicio y vencimiento y señalar si el permiso fue otorgado en calidad de titular o de dependiente:

b) Residencia Antigua Ley de Extranjería

Si solicitaremos la prórroga de un permiso de residencia temporal otorgado bajo la nueva Ley de Migración y Extranjería (N° 21.325), seleccionamos «Residencia Temporal»:

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Posteriormente, al igual que en el caso anterior (residencia temporal antigua ley de extranjería), deberá acompañarse el Estampado Electrónico de dicho permiso de residencia, indicar la fecha de inicio y vencimiento y señalar si el permiso fue otorgado en calidad de titular o de dependiente.

c) Residencia Oficial

Por último, si solicitaremos la prórroga de un permiso de residencia oficial, se deberá seleccionar «Residencia Oficial», y luego acompañar el Estampado de la Residencia Oficial que se desea prorrogar, y el Certificado que de cuenta del término de la Misión Diplomática (emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores):

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Posteriormente, al igual que los casos de residencia temporal antigua ley de extranjería, y residencia temporal, deberá indicarse la fecha de inicio y vencimiento y señalar si el permiso fue otorgado en calidad de titular o de dependiente.

7) Calidad de la solicitud

En la siguiente pestaña, tendremos que indicar en qué calidad se solicitará la prórroga del permiso temporal (titular o dependiente):

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Calidad de solicitud - Prórroga de residencia temporal

Si nuestro permiso se encuentra vencido al momento de postular a la prórroga, antes de poder indicar la calidad en que queremos solicitar la prórroga, tendremos que acreditar haber pagado la sanción correspondiente y acompañar el comprobante de pago:

Caso de permiso de residencia vencido

8) Tipo de residencia temporal a prorrogar

A continuación, tendremos que seleccionar el permiso de residencia temporal que deseamos prorrogar y acompañar la documentación específica solicitada por el Servicio Nacional de Migraciones:

Seleccionar el permiso a prorrogar

La documentación específica a acompañar en este paso no es otra que la exigida a quienes solicitan un permiso de residencia temporal por primera vez, a fin de acreditar que aún se poseen los fundamentos por los cuales se otorgó la residencia temporal inicialmente.

El listado con la documentación específica requerida para cada subcategoría de residencia temporal puede encontrarse en el mismo sitio web del Servicio Nacional de Migraciones, en la sección de residencia temporal, seleccionando la subcategoría de residencia temporal que se desea prorrogar.

A continuación, los enlaces a nuestros artículos y al sitio web oficial del Servicio Nacional de Migraciones con el detalle de la documentación específica exigida para cada subcategoría de residencia temporal:

a) Reunificación familiar

b) Motivos de estudio

c) Motivos económicos

c.1) Desarrollo actividades remuneradas cuenta propia o contrato

En este caso específico (desarrollo de actividades remuneradas cuenta propia o contrato), debe acompañarse documentación adicional a la requerida a solicitantes de un permiso de residencia temporal por primera vez en la categoría de desarrollo de actividades lícitas remuneradas, y que es:

  • En el caso de trabajadores bajo vínculo de subordinación o dependencia (contrato): Acreditar tener una relación laboral vigente mediante un Certificado de Vigencia de Contrato firmado ante notario y Certificados de cotizaciones previsionales de AFP y de Salud (certificados de PreviRed no sirven).
  • En el caso de aquellos que desarrollan actividades por cuenta propia: Acompañar certificado de vigencia del contrato de prestación de servicios firmado ante notario y Certificado anual de boleta de honorarios.

c.2) Inversionista

c.3) Negocios

c.4) Rentista

c.5) Jubilados

c.5) Trabajadores de temporada

d) Tratados Internacionales

e) Otro tipo de residencia

e.1) Tratamiento médico

e.2) Embarazadas

e.3) Religiosos

9) Resumen de la postulación

Luego de acompañar la documentación exigida, confirmamos que la información proporcionada es correcta:

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Resumen de la postulación

10) Envío de la solicitud

Por último, enviamos la solicitud:

Después del envío

Recibiremos un comprobante de envío de solicitud de residencia temporal en nuestro correo electrónico, y quedará esperar la respuesta del Servicio Nacional de Migraciones, luego de analizar la postulación.

Información importante acerca de la documentación a acompañar

Vigencia

Según lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 177 de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que establece las subcategorías migratorias de residencia temporal, las solicitudes de residencia temporal, así como las prórrogas, cambios de calidad, subcategoría y categoría migratoria, deberán ser fundadas y acompañadas de documentación vigente, cuya fecha de emisión en caso de documentos emitidos por organismos públicos no podrá ser anterior a los 60 días corridos contados desde la fecha de su presentación. Este plazo será de 30 días corridos en caso de documentos emitidos por entidades privadas. En casos calificados, previa solicitud fundada por parte del interesado, el Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones podrá aceptar documentación que no cumpla con el plazo señalado.

Legalización / Apostilla

De acuerdo al artículo 7 del Decreto Supremo N° 177 de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que establece las subcategorías migratorias de residencia temporal, los documentos presentados por los solicitantes de residencia temporal, que fuesen emitidos por una institución extranjera pública, deberán cumplir con las normas de legalización o apostilla comprendidas en los artículos 345 y 345 bis del Código de Procedimiento Civil.

Traducción

Según lo prescrito en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 177 de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que establece las subcategorías migratorias de residencia temporal, todos los documentos presentados por los solicitantes de residencia temporal, que se encuentren en un idioma distinto del español o el inglés, deberán acompañar la respectiva traducción, la cual deberá ser autorizada por el organismo competente.

Sitios de interés

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