El día de hoy, 27 de mayo de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile la Resolución Exenta N° 484 de 2021 del Ministerio de Salud que modifica la Resolución Exenta N° 997 de 2020, del mismo Ministerio, que dispone medidas sanitarias para el ingreso a Chile por brote de COVID-19.

A través de esta nueva Resolución, se incorpora un nuevo párrafo final al numeral 5 de la Resolución Exenta N° 997, relativo al requisito de contar con un seguro médico de viaje con cobertura por COVID-19 que deben cumplir todos los extranjeros que ingresen a Chile en calidad de turistas (extranjeros no residentes de manera regular en el país).

Este nuevo párrafo exime de la obligación de contar con un seguro médico de viaje a los nacionales del Reino de España que ingresen a Chile en calidad de turistas, siempre que porten los formularios E-CHL/09 y E-CH/11 vigentes.

Lo anterior, en cumplimiento del Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de España suscrito en Madrid, España, promulgado mediante Decreto Supremo N° 262 del año 1998, del Ministerio de Relaciones Exteriores; y de los artículos 5 y 6 del Acuerdo Administrativo con el Reino de España para la aplicación del Convenio de Seguridad Social, promulgado mediante Decreto Supremo N° 810, de 1998, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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