El día de hoy, 4 de febrero de 2021, se publicó en el Diario Oficial, el Decreto Supremo N° 3 de 2021 del Ministerio de Defensa Nacional que autoriza la colaboración de las Fuerzas Armadas en actividades que se vinculen con el tráfico ilícito de migrantes.

El Decreto agrega la expresión “tráfico ilícito de migrantes, y al” al artículo primero del Decreto Supremo N° 265 de 2019 del Ministerio de Defensa Nacional, quedando de la siguiente manera:

“Artículo primero del DS 265: Autorízase la colaboración de la Fuerzas Armadas con las autoridades civiles y policiales competentes para actuar en relación a actividades que se vinculen al tráfico ilícito de migrantes, y al narcotráfico y crimen organizado transnacional, en el marco de las facultades que la Constitución y la ley les otorguen, en zonas fronterizas del territorio nacional. El Ministro del Interior y Seguridad Pública evaluará la forma en que las policías emplean la colaboración mencionada y se coordinará con el Ministro de Defensa Nacional para la eficacia de la misma.”.

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