«Decreto:
Artículo único: Extiéndase hasta el 25 de julio de 2021, la medida dispuesta en el inciso primero del artículo primero del decreto supremo Nº 102, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Lo anterior, sin perjuicio que éste pueda ser modificado, en atención a la evolución que experimente el brote de COVID-19, en el territorio nacional.».
Buenas dias , a mi novio se le meció el carnet y yo estoy apunto de dar a luz no somos casados como el
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