En la Segunda Edición del Diario Oficial del día 15 de febrero de 2022, se publicó el Decreto Supremo N° 34, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que modifica el Decreto Supremo N° 295, de 2021, que dispone el cierre temporal de lugares habilitados para el tránsito de personas, por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV) y extiende su vigencia.

¿Cuáles son las modificaciones?

Son dos:

1) Se incorpora en el artículo primero, del Decreto Supremo N° 295 de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a continuación del numeral 4, un numeral 5, nuevo, del siguiente tenor:

“5. Desde el 16 de febrero hasta el 28 de febrero de 2022, el paso fronterizo terrestre Cardenal Samoré, en la Región de Los Lagos, exclusivamente para el ingreso de personas que hayan salido del país por el paso fronterizo terrestre de Futaleufú, en la Región de Los Lagos, en las últimas 18 horas”.

Con esto, el artículo primero del Decreto Supremo N° 295, de 2021, queda de la siguiente forma:

Artículo primero: Dispóngase el cierre para el tránsito de personas, de todos los lugares habilitados para el ingreso de extranjeros al territorio nacional.

De manera excepcional se permitirá el ingreso de extranjeros no residentes en el país, que cuenten con esquema completo de vacunación o que sean menores de 6 años, y cumplan con todos los requisitos señalados en la normativa sanitaria vigente, a través de los siguientes lugares habilitados:

1. Aeropuertos Arturo Merino Benítez en la ciudad de Santiago, Diego de Aracena en la ciudad de Iquique, Andrés Sabella en la ciudad de Antofagasta y Presidente Carlos Ibáñez del Campo en la ciudad de Punta Arenas,

2. Puertos habilitados para tales efectos.

3.Pasos fronterizos terrestres de Futaleufú en la Región de Los Lagos; de Huemules y Jeinimeni en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo; y, de Integración Austral, en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

4. Desde el 4 de enero de 2022, el paso fronterizo terrestre de Los Libertadores, en la Región de Valparaíso.

5. Desde el 16 de febrero hasta el 28 de febrero de 2022, el paso fronterizo terrestre Cardenal Samoré, en la Región de Los Lagos, exclusivamente para el ingreso de personas que hayan salido del país por el paso fronterizo terrestre de Futaleufú, en la Región de Los Lagos, en las últimas 18 horas.

La medida excepcional dispuesta en el inciso primero no afectará a los nacionales chilenos, ni a los extranjeros residentes de manera regular en el territorio nacional, que ingresen al territorio nacional, quienes de conformidad con los protocolos e instrucciones de la autoridad, podrán ingresar al país sometiéndose a los procedimientos sanitarios pertinentes por los lugares habilitados individualizados en el inciso anterior.

Cualquier persona que ingrese al territorio nacional, deberá sujetarse a los protocolos e instrucciones de la autoridad y someterse a los procedimientos sanitarios que establezca la autoridad sanitaria.”.

2) Se extiende hasta el 31 de marzo de 2022, la vigencia del Decreto Supremo N° 295 de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Lo anterior, sin perjuicio que éste pueda ser modificado, en atención a la evolución que experimente el brote de COVID-19 en el territorio nacional.

Publicación del DS N° 34 de 2022 en el Diario Oficial.

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