En la segunda edición del Diario Oficial del día de ayer, 8 de julio de 2020, se publicó el Decreto N° 290 de 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que «Extiende vigencia del decreto Nº 102, de 2020, que dispone el cierre temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV).».

El Decreto publicado en el Diario Oficial consta de un artículo único que indica:

Artículo único: Extiéndase por un nuevo lapso de 7 días, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el decreto supremo Nº 288, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la medida dispuesta en el inciso primero del artículo primero del decreto supremo Nº 102, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Lo anterior, sin perjuicio que éste pueda ser modificado, en atención a la evolución que experimente el brote de Covid-19, en el territorio nacional.

Con la extensión de la medida, los extranjeros turistas seguirán sin poder ingresar a Chile, por a lo menos otra semana más.

¿Quiénes pueden ingresar a Chile?

  • Los chilenos.
  • Los extranjeros residentes en Chile.

¿Quiénes pueden salir de Chile?

  • Cualquier persona que así lo desee, ya sea extranjeros turistas, extranjeros residentes o chilenos.

¿Hasta cuándo se mantendrá el cierre de fronteras?

  • Imposible saberlo. Solo queda revisar cada miércoles si la medida se extiende o no por otro período.

Fuente: Segunda Edición del Diario Oficial de la República de Chile – 8 de julio de 2020: https://www.diariooficial.interior.gob.cl/edicionelectronica/index.php?date=08-07-2020&edition=42700-B&v=2

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