Salir de Chile mientras tu visa se encuentra en trámite
IMPORTANTE: Las fronteras de Chile siguen cerradas hasta nuevo aviso. Solo pueden ingresar al país los chilenos y extranjeros residentes. Los extranjeros turistas NO pueden ingresar a Chile hasta nuevo aviso.
¿Un imprevisto? ¿Necesitas viajar de urgencia fuera de Chile y tu solicitud se encuentra en trámite? ¿Cómo hacerlo sin tener problemas al salir del país y/o para volver a ingresar? En este artículo te explicamos las distintas situaciones que pueden darse en los casos de: estar tramitando una solicitud de visa de residencia por primera vez, una solicitud de prórroga de visa, o una solicitud de permanencia definitiva.
Índice
Salir de Chile
Salir de Chile luego de enviar tu solicitud de visa de residencia por primera vez (sujeta a contrato / de estudiante / temporaria), prórroga o cambio de visa
Situación 1: Sales de Chile mientras tu Tarjeta de Turismo aún se encuentra vigente
Enviaste tu solicitud por correo postal, aún no recibes respuesta por parte del Departamento de Extranjería y Migración, y al momento de salir de Chile tu Tarjeta de Turismo (también conocida como Tarjeta Única Migratoria) aún se encuentra vigente.
En este caso, puedes salir del país sin problemas, siempre y cuando lo hagas antes del vencimiento de la Tarjeta de Turismo.
Sin embargo, si deseas reingresar, debemos distinguir existen 2 situaciones:
- Si al momento de reingresar a Chile tu solicitud aún no ha sido acogida a trámite: Ingresarás a Chile en calidad de turista, y dependerá de tu nacionalidad el tener que obtener previamente un Visto Consular de Turismo o no (ejemplo: requieren Visto Consular de Turismo los nacionales de Venezuela, Haiti, entre otros).
- Si al momento de reingresar a Chile tu solicitud ha sido acogida a trámite: Puedes reingresar a Chile en calidad de residente sin problemas, exhibiendo el documento “solicitud de visa en trámite” vigente, sin tener que solicitar otro permiso o autorización.
IMPORTANTE: Las fronteras de Chile siguen cerradas hasta nuevo aviso. Solo pueden ingresar al país los chilenos y extranjeros residentes. Los extranjeros turistas NO pueden ingresar a Chile hasta nuevo aviso.
Situación 2: Sales de Chile mientras tu visa de residencia aún se encuentra vigente
Posees una visa de residencia en Chile vigente, y ya enviaste tu solicitud de prórroga por correo postal o en línea, pero al momento de salir de Chile, sigues sin recibir la solicitud de visa en trámite por parte del Departamento de Extranjería.
En este caso, puedes salir de Chile sin siquiera tener que exhibir el comprobante de envío de tu solicitud de prórroga, ya que tu visa todavía se encuentra vigente.
Sin embargo, si deseas reingresar, debemos distinguir existen 3 situaciones:
- Si al momento de reingresar a Chile tu visa todavía de encuentra vigente: Puedes reingresar a Chile sin problemas mientras tu visa siga vigente.
- Si al momento de reingresar a Chile tu visa se encuentra vencida y tu nueva solicitud aún no ha sido acogida a trámite: Ingresarás a Chile en calidad de turista, y dependerá de tu nacionalidad el tener que obtener previamente un Visto Consular de Turismo o no (ejemplo: requieren Visto Consular de Turismo los nacionales de Venezuela, Haiti, entre otros).
- Si al momento de reingresar a Chile, tu visa se encuentra vencida, pero tu solicitud de prórroga ha sido acogida a trámite: Puedes reingresar a Chile en calidad de residente sin problemas, exhibiendo el documento de “solicitud de visa en trámite” vigente, sin tener que solicitar otro permiso o autorización.
IMPORTANTE: Las fronteras de Chile siguen cerradas hasta nuevo aviso. Solo pueden ingresar al país los chilenos y extranjeros residentes. Los extranjeros turistas NO pueden ingresar a Chile hasta nuevo aviso.
Situación 3: Sales de Chile después de haber vencido tu Tarjeta de Turismo o visa de residencia pero habiendo enviado una solicitud de visa por primera vez, prórroga o cambio, por correo postal o en línea
Enviaste tu solicitud de visa por primera vez por carta certificada, tu solicitud de prórroga de visa por carta certificada o en línea, o cambio de visa por carta certificada, pero al momento de salir de Chile tu Tarjeta de Turismo o visa de residencia (sujeta a contrato – temporaria – estudiante) se encuentra vencida.
En este caso debemos remitirnos a lo que establece el artículo 113 del Reglamento de Extranjería:
“Artículo 113° inciso 3. Los extranjeros que se encuentren tramitando sus permisos de residencia y deseen salir del territorio nacional, deberán acreditar dicha circunstancia mediante la exhibición del comprobante respectivo.”.

Es decir, se debe acreditar al momento de salir de Chile el estar tramitando un permiso de residencia con el comprobante respectivo, y que puede ser el comprobante de envío por correo que se muestra en la imagen anterior (en el caso de envío de solicitud de visa por primera vez, prórroga de visa o cambio de visa), o el comprobante digital de prórroga de visa temporaria (para RM).
Esto se complementa con lo que indica Policía de Investigaciones, organismo que señala que “se debe exhibir el comprobante de correo de la solicitud de residencia, siempre y cuando sea en original, haya sido remitido en los plazos establecidos, esté a nombre del titular y dirigida al Departamento de Extranjería y Migración“:

Si deseas reingresar encontrándote en esta situación (N°3), debemos distinguir 2 situaciones:
- Si al momento de reingresar a Chile tu nueva solicitud aún no ha sido acogida a trámite: Ingresarás a Chile en calidad de turista, y dependerá de tu nacionalidad el tener que obtener previamente un Visto Consular de Turismo o no (ejemplo: requieren Visto Consular de Turismo los nacionales de Venezuela, Haiti, entre otros).
- Si al momento de reingresar a Chile, tu solicitud de visa o prórroga o cambio ha sido acogida a trámite: Puedes reingresar a Chile en calidad de residente sin problemas, exhibiendo el documento de “solicitud de visa en trámite” vigente, sin tener que solicitar otro permiso o autorización.
IMPORTANTE: Las fronteras de Chile siguen cerradas hasta nuevo aviso. Solo pueden ingresar al país los chilenos y extranjeros residentes. Los extranjeros turistas NO pueden ingresar a Chile hasta nuevo aviso.
Dato útil:
Por otro lado, cabe agregar, que si tuviste una visa de residencia (sujeta a contrato – temporaria – estudiante), cuentas con un período de “gracia” después de vencida la visa, para salir del país sin tener que pagar multa, aún cuando no hayas solicitado un nuevo permiso de residencia:
- De hasta 30 días si la visa de residencia tuvo una duración de menos de 1 año; Y,
- De hasta 60 días si la visa de residencia tuvo una duración de 1 año o más.
Lo anterior, por disposición del artículo 114° inciso 3 del Reglamento de Extranjería:
“Artículo 114° inciso 3. No obstante, los extranjeros cuyas visaciones de residente hubieren vencido, podrán salir del territorio nacional con arreglo a lo dispuesto en el artículo 111 sin necesidad de acreditar ante la autoridad contralora la circunstancia de haber sido objeto de la sanción del caso, cuando dicha prolongación no exceda los siguientes plazos:
a) De hasta 60 días en los casos de los extranjeros que sean titulares de visaciones de residencia por períodos de un año o más.
b) De hasta 30 días en los demás casos.”.
Salir de Chile con una solicitud de visa por primera vez, prórroga de visa o cambio de visa, acogida a trámite
Si nuestra solicitud de visa por primera vez, prórroga de visa o cambio de visa ha sido acogida a trámite, entonces podremos salir de Chile y volver a reingresar sin problemas, en calidad de residentes, mientras nuestra solicitud se encuentre siendo tramitada. Lo importante es mantener la solicitud de visa en trámite vigente, en todo momento.


Si se va a salir del país con este documento (solicitud de visa en trámite) se debe verificar que se encuentre vigente al momento de salir del país y al momento de volver a ingresar. Si está cerca de vencer, o ya ha vencido, su vigencia puede ser ampliada en línea a través del sitio web de trámites en línea de Extranjería, realizando el trámite de Ampliación de Solicitud de Visa en Trámite:

Tenemos un artículo sobre cómo ampliar la vigencia de la solicitud de visa en trámite: ¿Cómo ampliar la vigencia de la solicitud con visa en trámite?
También hicimos un video explicando cómo ampliar la vigencia de la solicitud con visa en trámite:
Salida del país con solicitudes pendientes de Visa pic.twitter.com/oMzObbC6U1
— Migraciones Chile (@DptoExtranjeria) December 17, 2019
Salir de Chile con Permanencia Definitiva en trámite
A partir del pasado 24 de enero de 2020, todas las solicitudes de Permanencia Definitiva serán acogidas a trámite automáticamente.
Por lo anterior, podrás salir y reingresar a Chile en calidad de residente exhibiendo el Comprobante de Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite (vigente):


Si la vigencia del documento (Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite) no es suficiente para salir y entrar dentro de la duración de tu viaje, podrás solicitar la ampliación de la vigencia del documento en línea usando tu Clave Única realizando el trámite de “Ampliación de Permanencia Definitiva en Trámite” a través del sitio web de trámites en línea de Extranjería.

Tenemos un artículo sobre cómo ampliar la vigencia de la solicitud de permanencia definitiva en trámite: ¿Cómo ampliar la vigencia de la solicitud de Permanencia Definitiva en trámite?
Salida del país con solicitudes pendientes de Permanencia Definitiva pic.twitter.com/CuftxUoXU0
— Migraciones Chile (@DptoExtranjeria) December 17, 2019
¿Qué es la solicitud que acoge la visa o permanencia definitiva a trámite?
Es el documento emitido por el Departamento de Extranjería y Migración al momento de ingresar una solicitud a la etapa de análisis y que establece que un extranjero se encuentra residiendo de manera regular en Chile mientras se procesa la solicitud, que autoriza el re-ingreso a Chile en calidad de residente, y que autoriza a seguir desarrollando actividades remuneradas en las mismas condiciones que la visa anterior (en los casos de prórroga de visa y de permanencia definitiva).
¿En qué momento se obtiene la resolución que acoge la solicitud a trámite?
- Para solicitudes de visa por primera vez, prórrogas de visa y cambios de visa enviadas por carta certificada: La resolución toma NO menos de 120 días hábiles en ser emitida, contados desde la fecha del envío de la solicitud en los casos de solicitudes enviadas por carta certificada.
- Para solicitudes de Permanencia Definitiva: Desde el pasado 24 de enero de 2020, las solicitudes de Permanencia Definitiva son acogidas a trámite de manera automática.
¿Cómo se obtiene una copia de la solicitud con visa o permanencia definitiva en trámite?
Una vez que la solicitud haya sido ingresada al sistema, podrás obtener el documento en formato digital (PDF) consultando en línea a través del Sistema de Consulta de Estado de Trámite de Extranjería en los casos de solicitudes de visa de residencia por primera vez y prórrogas, y a través del sitio web de trámites en línea de Extranjería en el caso de solicitudes de Permanencia Definitiva (realizando el trámite de Comprobante de Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite).
En el caso de solicitudes de visa por primera vez y prórrogas de visa, tal como se muestra en las siguientes imágenes:


La carta que acoge la solicitud a trámite se ve así:

La solicitud de visa en trámite se ve así:

La “Solicitud de visa en trámite“, que contiene los datos entregados al Departamento de Extranjería y Migración al momento de postular, tiene una fecha de vigencia, como se ve en la siguiente imagen (de vencer se debe ampliar en línea a través del sitio web de trámite en línea de extranjería):

Por su parte, la solicitud de Permanencia Definitiva en trámite se ve así:

Este documento tiene una validez de 180 días, luego de los cuales, de no tener respuesta sobre la solicitud, se debe ampliar a través del sitio web de trámites en línea de Extranjería.
Re-ingresar a Chile
Si saliste del país con tu visa estampada en tu pasaporte
- Si saliste de Chile con tu visa estampada en tu pasaporte, podrás re-ingresar como residente mientras la visa siga vigente.
- Si estás interesado en solicitar la Permanencia Definitiva en Chile NO puedes ausentarte del país por más de 180 días durante el último año de visa.
Si saliste del país con la resolución que acoge la solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva a trámite
Si saliste de Chile portando la resolución que acoge tu solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva a trámite, podrás re-ingresar a Chile mientras dicho documento (solicitud en trámite) se encuentre vigente (no vencido).
- Puedes ampliar la vigencia del documento en línea a través del sitio web de trámites en línea de Extranjería.
Si saliste del país sin la solicitud de visa en trámite
IMPORTANTE: Las fronteras de Chile siguen cerradas hasta nuevo aviso. Solo pueden ingresar al país los chilenos y extranjeros residentes. Los extranjeros turistas NO pueden ingresar a Chile hasta nuevo aviso.
Si saliste de Chile habiendo enviado tu solicitud pero sin haber recibido aún la solicitud de visa en trámite:
- Para reingresar como “residente” deberás esperar a que tu solicitud sea acogida a traḿite para que con dicho documento (y dentro de su vigencia) puedas reingresar a Chile sin problemas en la calidad de residente; O,
- Si no deseas o no puedes esperar a que tu solicitud sea acogida a trámite tendrás que reingresar a Chile en calidad de “turista” y tenemos que distinguir dos casos:
1. Si eres nacional de un país que NO requiere de un Visto Consular de Turismo para ingresar a Chile como turista: podrás re-ingresar en calidad de turista a Chile sin la necesidad de obtener un Visto Consular de Turismo previamente, y se te entregará una Tarjeta de Turismo de una duración de hasta 90 días al reingresar al país; O,2. Si eres nacional de un país que SI requiere de un Visto Consular de Turismo para ingresar a Chile como turista (por ejemplo: nacionales de Venezuela): deberás obtener un Visto Consular de Turismo en el Consulado de Chile en el exterior más cercano previo a tu viaje a Chile.
¿Qué pasaportes requieren de un Visto Consular de Turismo para ingresar a Chile como turistas? Puedes encontrar la información haciendo clic aquí.
Si ingresas como turista a pesar de estar tramitando un permiso de residencia, ¿afecta el trámite de visa?
IMPORTANTE: Las fronteras de Chile siguen cerradas hasta nuevo aviso. Solo pueden ingresar al país los chilenos y extranjeros residentes. Los extranjeros turistas NO pueden ingresar a Chile hasta nuevo aviso.
No, el trámite seguirá su curso regular, independiente de haber reingresado a Chile como turista.
¿Qué pasó con el trámite de Facilitación de Salida?
Se derogó. Ya no va más desde las 00:00 del pasado 25 de enero de 2020. Puedes leer sobre la derogación haciendo clic aquí.
Lo que establece el Reglamento de Extranjería sobre el Re-ingreso de extranjeros
Cabe agregar también, lo que señala el Párrafo 2° del Título V (Del Reingreso) del Reglamento de Extranjería (Decreto N° 597):
Artículo 117°.- Aun cuando se otorgare tarjeta de turismo a un extranjero poseedor de visación vigente de residencia o de permiso de permanencia definitiva en el país en el momento de su reingreso a éste, prevalecerá en todo caso la calidad de residencia con que dicho extranjero haya salido del territorio nacional. Lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 122.
Artículo 122°.– El titular de permanencia definitiva a su reingreso, para ser admitido como tal, estará obligado a declarar la efectiva titularidad y vigencia de su permiso, y el funcionario contralor a practicar el reconocimiento y verificación de los documentos que se estimaren necesarios.
A tal fin, el extranjero deberá presentar las certificaciones correspondientes o su cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Si se comprobare la no vigencia de la permanencia definitiva, se procederá al retiro de los documentos señalados en el inciso precedente y a su envío al Ministerio del Interior.
En el evento de que no se portaren estos documentos, o por efectos de la revisión practicada surgieren dudas sobre la titularidad y la vigencia del permiso, se otorgará tarjeta de turismo, consignándose en ella que su portador ha manifestado poseer el permiso de permanencia definitiva, dejándose igual constancia de la notificación de comparecer ante la gobernación provincial correspondiente a la jurisdicción de su domicilio, o ante la Intendencia Regional Metropolitana en Santiago, dentro del plazo de diez días contados desde la fecha de ingreso, a objeto de precisar su condición migratoria y proceder en consecuencia.
Durante el proceso señalado en el inciso anterior, la persona será tenida como titular del permiso de permanencia definitiva.
En caso de falsedad, se estará a lo preceptuado en el Título VII.
Artículo 123°.- Los extranjeros que tengan, a lo menos, seis meses de domicilio en alguna de las localidades o comunas fronterizas del territorio nacional que se determinen en conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del presente artículo y posean residencia legal en Chile, podrán salir y retornar al país con pasaporte o cédula de identidad chilena vigente, sin que les sea exigible el salvoconducto que por excepción contempla el artículo 111.
Las autoridades contraloras señaladas en el artículo 4° que correspondan a los lugares de egreso y reingreso al país, mantendrán registros especiales de viaje de los extranjeros beneficiarios del régimen de localidad o comuna fronteriza e informarán al respecto al Ministerio del Interior, a través de Policía de Investigaciones de Chile.
Para los efectos de lo dispuesto en el inciso 1° de este artículo, el Ministerio del Interior, previo informe de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, determinará las localidades o comunas fronterizas afectas a este régimen especial de viajes para extranjeros residentes. Podrá del mismo modo y mediante resolución fundada disponer su extensión a otras áreas del país, cuando así lo aconseje el interés nacional.
¿Qué pasa si te encuentras residiendo de manera irregular en el país?
Si te encuentras residiendo de manera irregular en Chile, debes pagar una multa correspondiente a la cantidad de días en que permaneciste en Chile sin una visa, para poder abandonar el país.
- Puedes encontrar información sobre cómo calcular y pagar la multa haciendo clic aquí.
Fuentes
- Reglamento de Extranjería: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=14516
- Salida del país – Departamento de Extranjería y Migración: https://www.extranjeria.gob.cl/salida-del-pais/
- Preguntas Frecuentes – PDI Chile: https://www.pdichile.cl/informaci%C3%B3n/preguntas-frecuentes#collapse5
- Circular N° 2 de 2020 del Departamento de Extranjería y Migración – Deroga Circulares 29 y 29 bis del Departamento de Extranjería y Migración: https://www.extranjeria.gob.cl/media/2020/01/Circular-N%C2%B02.pdf
- No más Facilitación de Salida: se derogan las Circulares 29 y 29 bis – ImmiChile: https://immichile.cl/no-mas-facilitacion-de-salida-se-derogan-las-circulares-29-y-29-bis/
¡Compártelo!
Muchas gracias, excelente 👏
Hola buenas tardes, quisiera saber que hacer luego de que sale en trámites digitales el 100% de aprobación de la visa.
Si se trata de visa por primera vez, explicado en el siguiente video: https://youtu.be/rE4noiizUPk
BUENAS TARDES TENGO LA SOLICITUD DE RESIDENCIA APROBADA (visa sujeta a contrato ) ESTÁ ACOGIDA A TRÁMITE Y A FINES DE ESTE MES NECESITO SALIR DEL PAÍS . MI PREGUNTA ES PUEDO HACERLO ? Y QUE DOCUMENTO NECESITO PRESENTAR? CÓMO SABER SI MI SOLICITUD SE ENCUENTRA CON FECHA VIGENTE ? (Solo tengo la notificación que me enviaron donde detallan que por resolución exacta tengo la visa de residencia aprobada y que necesitaba enviar documentos previos para proseguir con el estampado electrónico a este paso estoy con mis papeles ) QUEDO AGRADECIDA ESPERO UNA RESPUESTA
Buenos dias, tengo una consulta. Tengo mi solicitud de permanencia definitiva ampliada. Yo tengo que salir de la país y esta vence el 26 de febrero. Se puede ampliar la solicitud desde el extranjero o la pierdo?
El trámite de ampliación de solicitud de permanencia definitiva en trámite se realiza en línea, a través de https://tramites.extranjeria.gob.cl/
Al ser digital, podría realizarse desde el extranjero después de vencida la actual ampliación.