El día de hoy-1 de febrero de 2023-se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile la Resolución Exenta N° 3.646 de 2023 del Servicio Nacional de Migraciones, que fija el monto mínimo que permite la permanencia en Chile de titulares de permanencia transitoria (turismo), en los siguientes términos:

(…) Fíjase el monto mínimo diario para acreditar medios lícitos de subsistencia que permitan la permanencia del extranjero titular del permiso de Permanencia Transitoria, en US$46,0 (cuarenta y seis dólares de los Estados Unidos de América), equivalente en pesos al tipo de cambio vigente al momento de la entrada al territorio nacional, cuando el ingreso del titular sea por un período limitado de tiempo sin intenciones de establecerse en el país, con fines de:
– Recreo y/o vacaciones;
– Deportivos;
– Fines de Salud;
– Estudios;
– Negocios y/o Congresos-Semanarios;
– Familiares y/o visita a amigos, y
– Otros similares.(…)».

Así, de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 de la Ley 21.325, todo extranjero que ingrese a Chile en calidad de titular de permanencia transitoria (turismo) deberá acreditar contar con al menos US$46 por cada día de estadía en Chile.

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