¿Qué hacer si Extranjería ha solicitado la presentación de documentos adicionales para estampar la visa?
En ciertas ocasiones, el Departamento de Extranjería y Migración podrá requerir al extranjero la presentación de documentos adicionales como requisito previo al estampado de una visa (Estampado Electrónico). En caso de tener que presentar documentos adicionales, estos se detallarán en la carta emitida por el Departamento de Extranjería en que se comunica la aprobación de la visa:

Si nos encontramos en este caso, es decir, si en la carta emitida por el Departamento de Extranjería y Migración aprobando la solicitud de visa, se indica que debemos presentar documentos adicionales (también llamado «previa») para el estampado de la visa (Estampado Electrónico), tendremos que enviar estos documentos adicionales, junto con una copia de la carta que aprueba la visa, y una carta explicativa señalando que se está dando cumplimiento a lo ordenado por la autoridad migratoria y en que se señalen nuestros datos de contacto actualizados, a CHACABUCO 1216, SANTIAGO, a través de carta certificada (correo postal).

¿Se puede descargar el Estampado Electrónico (EE) antes de presentar los documentos adicionales?
No. Para poder descargar el Estampado Electrónico (EE) a través del sitio web de Trámites en Línea de Extranjería, el extranjero deberá haber pagado los derechos de la visa y haber presentado la documentación adicional requerida por el Departamento de Extranjería y Migración (de haber sido requerida).
¿Cómo se obtiene la carta de aprobación de la visa?
1) Puede descargarse a través del Sistema de Autoconsulta del Departamento de Extranjería y Migración.
2) Luego de aprobada la visa, también se recibirá copia de la carta a través de carta certificada enviada al domicilio señalado en el formulario de solicitud de visa.
¿Qué pasa si en la resolución de aprobación de la visa se indica que “Debe firmar declaración que señala que tomó conocimiento de la obligación de concurrir al Colegio de Ingenieros a inscribirse de acuerdo al art. 6 de la Ley N° 12.851”?
En este caso, tendremos que llenar y firmar una Declaración Jurada Simple, en la que declaremos el hecho de haber tomado conocimiento de la obligación de concurrir al Colegio de Ingenieros a inscribirnos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 12.851.
El Departamento de Extranjería y Migración ha dispuesto un modelo de Declaración Jurada Simple que puede ser descargado haciendo click aquí, para luego imprimirla y firmarla.
Luego, la Declaración Jurada Simple llenada y firmada, junto con una copia de la resolución de aprobación de la visa, y documentos adicionales (en caso de haber sido solicitados) deberán enviarse en un sobre, por carta certificada a la oficina de partes de la oficina del Departamento de Extranjería y Migración (Chacabuco 1216, Santiago).

Estimado/a:
Buenas tardes.
Quisiera consultar qué hacer después de haber mandado los documentos adicionales a migración vía carta certificada(soy de RM)? ¿Cómo sabré si al final ya está aprobada mi vida por completo?
Deberías recibir un correo electrónico de Extranjería.
También puedes confirmar la recepción a través de SIAC: https://siac.interior.gob.cl/formulario.gov?accion=ingresa
Si está todo OK podrás descargar el estampado provisorio electrónico (EPE).
Entendido, muchas gracias por su información!
Perdone, una pregunta más, una vez obtenido el beneficio de visa estudiante, en caso de viajes turísticos, cuanto tiempo se puede estar fuera de chile y no perder el beneficio ?
hola despues de recibir el estampado provisorio electrónico, se tiene que ir al registro para obtener el carnet?
Si es visa por primera vez y fue activada a partir del 01 de mayo de 2020 es registrada por PDI, debiendo obtener el certificado de registro de PDI para ir luego al Registro Civil.
Buenas tardes, mi visa esta aprobada pero me solicitan pasaporte vigente para estampar, la cosa es que mi pasaporte esta en tramite por lo que aun no lo tengo,como seria en ese caso? que documento debo enviar ? ya que no esta vigente aun mi pasaporte? gracias por su respuesta de antemano.
La alternativa sería obtener un título de residencia, por imposibilidad de obtener pasaporte.
Hola me otorgaron la visa ..! Pero se me venció los 60 días de plazo que dan . El orden de giro lo pague antes que venciera .. teniendo los documentos puedo enviarlo a extranjería sin problemas ?
El plazo de 60 días es referencial. Pagada la visa podrá descargarse el EPE. Salvo que se hayan solicitado antecedentes adicionales, los cuales deben remitirse a Extranjería.
Hola, hoy realicé el pago para el estampado de mi visa y en la notificación que me llegó con la orden de giro me informan que tengo que sacar una cita para la entrega de los documentos, pero en la pagina de reservar cita no me da la opción para estampado de visa. mi pregunta es ¿Tengo que esperar que se refleje el pago?
Desde marzo pasado el Departamento de Extranjería y Migración no presta atención a público. Por la emergencia sanitaria el estampado ya no se hace físicamente, sino que digitalmente a través de https://tramites.extranjeria.gob.cl realizando el trámite de «Estampado Provisorio Electrónico» (EPE)..
¿Pero si me pidieron un documento adicional para estamparme la visa , prácticamente sin importancia
(Certificado de estudiante regular del 2020, a pesar de que envié el del 2019), aun así puedo pedir el Estampado Provisorio Electrónico (EPE) ?
Lo intenté, varias veces , pero no me dieron el EPE .
Los documentoa que me pide es pasaporte vigente antecedentes penales.. La prwgunta es tengo que enviar mi pasaporte por correo a chacabuco 1216 o solo las copias
Debería ser una copia autorizada ante notario. Para estar segura, consulta directamente a Extranjería a través de SIAC: https://siac.interior.gob.cl/formulario.gov?accion=ingresa