¿Qué hacer si Extranjería ha solicitado la presentación de documentos adicionales para estampar la visa?
En ciertas ocasiones, el Departamento de Extranjería y Migración podrá requerir al extranjero la presentación de documentos adicionales como requisito previo al estampado de una visa (Estampado Electrónico). En caso de tener que presentar documentos adicionales, estos se detallarán en la carta emitida por el Departamento de Extranjería en que se comunica la aprobación de la visa:
Si nos encontramos en este caso, es decir, si en la carta emitida por el Departamento de Extranjería y Migración aprobando la solicitud de visa, se indica que debemos presentar documentos adicionales (también llamado «previa») para el estampado de la visa (Estampado Electrónico), tendremos que enviar estos documentos adicionales, junto con una copia de la carta que aprueba la visa, y una carta explicativa señalando que se está dando cumplimiento a lo ordenado por la autoridad migratoria y en que se señalen nuestros datos de contacto actualizados, a CHACABUCO 1216, SANTIAGO, a través de carta certificada (correo postal).
¿Se puede descargar el Estampado Electrónico (EE) antes de presentar los documentos adicionales?
No. Para poder descargar el Estampado Electrónico (EE) a través del sitio web de Trámites en Línea de Extranjería, el extranjero deberá haber pagado los derechos de la visa y haber presentado la documentación adicional requerida por el Departamento de Extranjería y Migración (de haber sido requerida).
¿Cómo se obtiene la carta de aprobación de la visa?
1) Puede descargarse a través del Sistema de Autoconsulta del Departamento de Extranjería y Migración.
2) Luego de aprobada la visa, también se recibirá copia de la carta a través de carta certificada enviada al domicilio señalado en el formulario de solicitud de visa.
¿Qué pasa si en la resolución de aprobación de la visa se indica que “Debe firmar declaración que señala que tomó conocimiento de la obligación de concurrir al Colegio de Ingenieros a inscribirse de acuerdo al art. 6 de la Ley N° 12.851”?
En este caso, tendremos que llenar y firmar una Declaración Jurada Simple, en la que declaremos el hecho de haber tomado conocimiento de la obligación de concurrir al Colegio de Ingenieros a inscribirnos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 12.851.
El Departamento de Extranjería y Migración ha dispuesto un modelo de Declaración Jurada Simple que puede ser descargado haciendo click aquí, para luego imprimirla y firmarla.
Luego, la Declaración Jurada Simple llenada y firmada, junto con una copia de la resolución de aprobación de la visa, y documentos adicionales (en caso de haber sido solicitados) deberán enviarse en un sobre, por carta certificada a la oficina de partes de la oficina del Departamento de Extranjería y Migración (Chacabuco 1216, Santiago).
Buenas tardes,
El 23/9/2021 pedi la Solicitud de Residencia Temporal. Ayer cumplí un año este tramite y no recibí respuesta. Necesito volver a mi pais por tramites pero así no puedo hacerlo.
A esta altura debería estar no solo la visa temporal sino tramitando ya la definitiva.
Que me recomiendan hacer? Gracias
Hola quisiera saber que es Antecedentes Adicionales
Hola, presente mi solicitud en Febrero 2020.
Estoy desde Marzo 2021 en analisis resolutivo, no he recibido mayor información.
Que me aconsejas hacer?
Mi cedula esta vencida y no puedo efectuar una serie de tramites.
Consulte con unos abogados y me dijeron que no llegó la orden de pago, no correspondia por estar casado con mi esposa que es chilena. AGRADEZCO CUALQUIER ORIENTACION
Presentar un recurso de protección por retraso en la respuesta: recursosjudiciales@immichile.cl