«Artículo 135°.- Contra la presentación de las solicitudes a que se refiere el presente Título la autoridad receptora de ellas entregará al recurrente un comprobante que certifique tal circunstancia, cuya validez será determinada de acuerdo a la solicitud de que se trate y proceso resolutivo de la misma, pudiéndose, a petición del extranjero, renovar su vigencia, si la solicitud se encontrare pendiente de resolución.
Dichos plazos serán fijados por el Ministerio del Interior, y durante la tramitación de la solicitud, se podrá requerir al extranjero que comparezca personalmente ante la autoridad receptora o que envíe documentación pertinente para el análisis de su solicitud. El incumplimiento de estos requerimientos dentro del plazo establecido por la autoridad, permitirá a ésta actuar conforme lo dispuesto en los artículos 136° y 138° N° 5 del presente Reglamento.».
Buenas, yo solicite visa grupal el 31 de marzo de este año ya que incluyo a mi esposo y solo abone el.importe de una sola porque era el monto que me salía a pagar y aún me sale mi Estado de visa como pendiente yo quisiera saber si eso es normal, que tiempo demoran en dar respuesta o cambiar de estatus. Muchas gracias y quedo atenta a su respuesta
Hola yo ingresé en julio mi solicitud de regularización migramitaroia y nada q me llega ya voy 8 meses y nada y ya se venció dura 6 meses no sé q hacer?
Hola
Cuánto tiempo tardan para habilitar para sacar cédula a un extranjero?