El pasado 8 de agosto de 2022, los Diputados Jorge Alessandri, José Miguel Castro, Andrés Celis, Sofía Cid, Camila Flores, Andrés Longton, Ximena Ossandón, Luis Sánchez, y Francisco Undurraga, ingresaron un Proyecto de Ley (Boletín 15262-07) que modifica el Código Penal para considerar la condena en país extranjero como factor de reincidencia y disponer la cancelación de la carta de nacionalización como pena de crimen.

El proyecto consta de un artículo único que introduce 3 modificaciones al Código Penal:

1) Agrega en el numeral 16 del artículo 12 (circunstancias agravantes) el siguiente párrafo final:

“Para los efectos de determinar la procedencia de esta circunstancia se considerarán también las sentencias firmes dictadas en un Estado extranjero, aun cuando la pena impuesta no haya sido cumplida.”.

2) Incorpora a la escala general de penas del artículo 21 (de la clasificación de las penas), en las penas de crímenes, la siguiente:

“Cancelación de la carta de nacionalización.”.

3) Incorpora el siguiente artículo 36 bis nuevo:

“Art. 36 bis. La cancelación de la carta de nacionalización procede respecto de aquellos extranjeros que, habiendo obtenido la misma, fueren condenados por delitos sancionados con pena de crimen. En estos casos se procederá a la expulsión después de cumplida la pena.”.

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