Nueva circular N° 29 BIS modifica la circular N° 29 dictada con fecha 1 de octubre de 2019 disponiendo nuevo procedimiento para solicitar autorización para salir de Chile
Con fecha 28 de octubre de 2019 se dictó la Circular N° 29 BIS, la cual modifica y complementa la Circular N° 29 de fecha 1° de octubre de 2019 del Departamento de Extranjería y Migración y dispone nuevo procedimiento que establece medida para facilitar la salida del país de extranjeros que se encuentren tramitando permisos de residencia.
¿Qué cambia respecto de la Circular N° 29 del 1° de octubre de 2019?
A partir del día 4 de noviembre de 2019, la solicitud de autorización de salida deberá ser realizada a través del fomulario que se encontrará en el sitio web de tramites en línea de extranjería bajo el nombre “Facilitación de Salida”.

En dicho formulario se deberán llenar los campos obligatorio indicados con asterisco (*) y adjuntar la siguiente documentación con a lo menos 5 días de anticipación a la salida del país y máximo 20 días hábiles antes de dicha salida:
1.- El comprobante electrónico de la solicitud de residencia, o bien, el comprobante de envío de la solicitud.
2.- Pasajes aéreos o de cualquier medio de transporte internacional, donde conste el lugar de destino.
3.- Motivo de la solicitud.
Tras el envío de la solicitud, el solicitante recibirá un correo electrónico indicando que su solicitud fue enviada. Luego, se procederá a analizar la solicitud en días y horas hábiles (lunes a viernes de 09:00 am a 17:00 pm).
El Departamento de Extranjería y Migración evaluará los antecedentes entregados por cada solicitante caso a caso, pudiendo acoger o rechazar la solicitud (de autorización de salida), lo cual será informado mediante notificación por correo electrónico a la casilla del solicitante.
En el caso que la solicitud sea aprobada, se enviará al solicitante un comprobante, el cual indicará que la solicitud de visa/prórroga/Permanencia Definitiva fue «acogida a trámite». Este documento habilitará al extranjero para salir de Chile y reingresar al país durante la vigencia del documento (solicitud en trámite).
El rechazo de la solicitud de «autorización de salida» no afecta en caso alguno la tramitación del respectivo permiso de residencia.
En todo lo demás, que no fuere contrario a lo establecido en esta nueva Circular (29 BIS) se mantendrá vigente la Circular N° 29 del día 1° de octubre de 2019.
Facilitación de salida paso a paso
Ingresa al sitio web de trámites en línea de extranjería y haz clic en «Iniciar trámite» justo debajo del título «Facilitación de salida«.
Una vez hecho lo anterior, comienza llenando el formulario con tus datos personales y subiendo una copia de tu documento de identidad, pasaporte o salvoconducto:

En segundo lugar, ingresa tus datos de contacto:

En tercer lugar, ingresa los datos del viaje y sube una copia del pasaje aéreo o terrestre:

En cuarto lugar, señalar que beneficio migratorio se tiene en trámite e ingresar el número de solicitud digital o código del comprobante de envío de correo (de contar con el):

Por último, haz clic en «Enviar solicitud«:

¿Quiénes deben solicitar autorización para salir de Chile?
Quienes hayan solicitado una visa, su prórroga o la Permanencia Definitiva y solo posean el comprobante de envío digital o por correo (sus solicitudes no han sido acogidas a trámite aún).
Quienes ya cuenten con el documento denominado «solicitud de visa en trámite» o «solicitud de permanencia definitiva en trámite» podrán salir y volver a reingresar a Chile durante la vigencia de dicho documento, mientras se tramite su solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva.
¿Qué se obtiene como resultado de la solicitud de autorización de salida de Chile?
La autorización de salida, no constituye un permiso especial. La solicitud tiene como objetivo acelerar el proceso de ingreso de la solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva al sistema del Departamento de Extranjería y Migración. Así las cosas, de acogerse la solicitud de autorización de salida, la respectiva solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva se verá reflejada en el sistema de Extranjería como «acogida a trámite» y se podrá salir y reingresar al país durante la vigente de la solicitud de visa o Permanencia Definitiva en trámite.
Fuente
- Circular N° 29 BIS que modifica y complementa la Circular N° 29 de fecha 1° de octubre de 2019 del Departamento de Extranjería y Migración y dispone nuevo procedimiento que establece medida para facilitar la salida del país de extranjeros que se encuentren tramitando permisos de residencia – Departamento de Extranjería y Migración: https://www.extranjeria.gob.cl/media/2019/10/Circular-N%C2%B029-BIS.pdf
buenas tardes, recurro a ustedes nuevamente, en busca de orientación. Solicité el permiso de facilitación de salida el 18 de Noviembre pero a la fecha no ha llegado respuesta. Tengo viaje a USA el 14 de enero. Solicité la visa de permanencia definitiva el 8 de Octubre de este año. Aun no recibo el correo de que fue acogida a trámite.
Que debo hacer? puedo viajar igual? me pondrán problemas para salir?
Por favor ayúdenme. Gracias de antemano.
Deberías poder salir de Chile con el comprobante de envío. Rogamos corroborarlo directamente con PDI en el Aeropuerto: +562 2708 26 59
El reingreso, sin haberse acogido a trámite una solicitud, será en calidad de turista, dependiendo de la nacionalidad el requisito de Visto Consular de Turismo.
hola me rechazaron la solicitod porque los documentos de identiicacion no eran legibles, y ahora la quiero volver a solicitar pero me dice que tengo un tramite en proceso que debo esperar que sea analazido, pero ya me llego el rechazo al gmail, cuando lo puedo volver a solicitar?
Amigo a mi me paso lo mismo y no se que mas hacer
me pasa igual no puedo volver a mandar la solicitud teniendo ya la respuesta de rechazo
Buenas tardes mi mamá mayor de sesenta años ingresó a Chile y a días de vencerse su estadía como turista se metió su solicitud de visa sujeta a contrato pero ella no quiere quedarse me el país , quiere devolverse . Que debo hacer? Sus intenciones no son las de volver.
Solicitar facilitacion de salida.