Nueva circular N° 29 BIS modifica la circular N° 29 dictada con fecha 1 de octubre de 2019 disponiendo nuevo procedimiento para solicitar autorización para salir de Chile
Con fecha 28 de octubre de 2019 se dictó la Circular N° 29 BIS, la cual modifica y complementa la Circular N° 29 de fecha 1° de octubre de 2019 del Departamento de Extranjería y Migración y dispone nuevo procedimiento que establece medida para facilitar la salida del país de extranjeros que se encuentren tramitando permisos de residencia.
¿Qué cambia respecto de la Circular N° 29 del 1° de octubre de 2019?
A partir del día 4 de noviembre de 2019, la solicitud de autorización de salida deberá ser realizada a través del fomulario que se encontrará en el sitio web de tramites en línea de extranjería bajo el nombre “Facilitación de Salida”.

En dicho formulario se deberán llenar los campos obligatorio indicados con asterisco (*) y adjuntar la siguiente documentación con a lo menos 5 días de anticipación a la salida del país y máximo 20 días hábiles antes de dicha salida:
1.- El comprobante electrónico de la solicitud de residencia, o bien, el comprobante de envío de la solicitud.
2.- Pasajes aéreos o de cualquier medio de transporte internacional, donde conste el lugar de destino.
3.- Motivo de la solicitud.
Tras el envío de la solicitud, el solicitante recibirá un correo electrónico indicando que su solicitud fue enviada. Luego, se procederá a analizar la solicitud en días y horas hábiles (lunes a viernes de 09:00 am a 17:00 pm).
El Departamento de Extranjería y Migración evaluará los antecedentes entregados por cada solicitante caso a caso, pudiendo acoger o rechazar la solicitud (de autorización de salida), lo cual será informado mediante notificación por correo electrónico a la casilla del solicitante.
En el caso que la solicitud sea aprobada, se enviará al solicitante un comprobante, el cual indicará que la solicitud de visa/prórroga/Permanencia Definitiva fue «acogida a trámite». Este documento habilitará al extranjero para salir de Chile y reingresar al país durante la vigencia del documento (solicitud en trámite).
El rechazo de la solicitud de «autorización de salida» no afecta en caso alguno la tramitación del respectivo permiso de residencia.
En todo lo demás, que no fuere contrario a lo establecido en esta nueva Circular (29 BIS) se mantendrá vigente la Circular N° 29 del día 1° de octubre de 2019.
Facilitación de salida paso a paso
Ingresa al sitio web de trámites en línea de extranjería y haz clic en «Iniciar trámite» justo debajo del título «Facilitación de salida«.
Una vez hecho lo anterior, comienza llenando el formulario con tus datos personales y subiendo una copia de tu documento de identidad, pasaporte o salvoconducto:

En segundo lugar, ingresa tus datos de contacto:

En tercer lugar, ingresa los datos del viaje y sube una copia del pasaje aéreo o terrestre:

En cuarto lugar, señalar que beneficio migratorio se tiene en trámite e ingresar el número de solicitud digital o código del comprobante de envío de correo (de contar con el):

Por último, haz clic en «Enviar solicitud«:

¿Quiénes deben solicitar autorización para salir de Chile?
Quienes hayan solicitado una visa, su prórroga o la Permanencia Definitiva y solo posean el comprobante de envío digital o por correo (sus solicitudes no han sido acogidas a trámite aún).
Quienes ya cuenten con el documento denominado «solicitud de visa en trámite» o «solicitud de permanencia definitiva en trámite» podrán salir y volver a reingresar a Chile durante la vigencia de dicho documento, mientras se tramite su solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva.
¿Qué se obtiene como resultado de la solicitud de autorización de salida de Chile?
La autorización de salida, no constituye un permiso especial. La solicitud tiene como objetivo acelerar el proceso de ingreso de la solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva al sistema del Departamento de Extranjería y Migración. Así las cosas, de acogerse la solicitud de autorización de salida, la respectiva solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva se verá reflejada en el sistema de Extranjería como «acogida a trámite» y se podrá salir y reingresar al país durante la vigente de la solicitud de visa o Permanencia Definitiva en trámite.
Fuente
- Circular N° 29 BIS que modifica y complementa la Circular N° 29 de fecha 1° de octubre de 2019 del Departamento de Extranjería y Migración y dispone nuevo procedimiento que establece medida para facilitar la salida del país de extranjeros que se encuentren tramitando permisos de residencia – Departamento de Extranjería y Migración: https://www.extranjeria.gob.cl/media/2019/10/Circular-N%C2%B029-BIS.pdf
Buenas tardes mi proceso de visa sujeta a contrato fue enviada hace 3 mese por correos de chile, aun no tengo respuesta, pero por inconvenientes personales debo salir del país definitivo (por lo tanto no tengo pasaje de regreso) como haría en ese caso, para comprobar que mi permanencia en el país era legal
Se aplica lo explicado en este artículo.
pero para solicitar la *facilitacion de salida* un requisito es el pasaje de vuelta y solo tengo el de ida, que se hace en ese caso?
En ningún lugar se establece que debe ser un pasaje de ida y vuelta. Basta con que sea de salida de chile.
Hola buenos días, quisiera hacer unas consultas, mis papas ya tienen una segunda visa temporaria estampada en pasaportes que no están vigentes (esperando que salgan en lista de Twitter) pero aún no han pasado por el registro de la PDI ya que no tienen fecha disponible (estan en lista de espera ) y necesitan viajar del 19 a la última semana de diciembre a Argentina, en teoría están más avanzados que el tener solo el comprobante de envió, entonces deben solicitar este permiso o no? En caso de ser negativo que deben tener para poder salir y entrar sin problemas de nuevo a Chile ? La visa que está estampada será suficiente? Porque aún no está registrada en la PDI entonces no se si esta activa o no. Aun no hemos comprado los pasajes porque no estamos seguros =( Quedo atenta muchas gracias !
Si ya está estampada, y no se ha podido registrar antes de salir del país, existe la posibilidad de registrarla en PDI en el aeropuerto internacional de Santiago.
Buenas noches si ya mi proceso de permanencia esta enojada tramite pero me quiero ir definitivo del país que debo solicitar? Ya que piden una fecha de regreso pero yo solo tengo boleto de ida
Si ya está en trámite se puede salir portando el certificado de Permanencia Definitiva en trámite (no certificado de envío).