Nueva circular N° 29 BIS modifica la circular N° 29 dictada con fecha 1 de octubre de 2019 disponiendo nuevo procedimiento para solicitar autorización para salir de Chile
Con fecha 28 de octubre de 2019 se dictó la Circular N° 29 BIS, la cual modifica y complementa la Circular N° 29 de fecha 1° de octubre de 2019 del Departamento de Extranjería y Migración y dispone nuevo procedimiento que establece medida para facilitar la salida del país de extranjeros que se encuentren tramitando permisos de residencia.
¿Qué cambia respecto de la Circular N° 29 del 1° de octubre de 2019?
A partir del día 4 de noviembre de 2019, la solicitud de autorización de salida deberá ser realizada a través del fomulario que se encontrará en el sitio web de tramites en línea de extranjería bajo el nombre “Facilitación de Salida”.

En dicho formulario se deberán llenar los campos obligatorio indicados con asterisco (*) y adjuntar la siguiente documentación con a lo menos 5 días de anticipación a la salida del país y máximo 20 días hábiles antes de dicha salida:
1.- El comprobante electrónico de la solicitud de residencia, o bien, el comprobante de envío de la solicitud.
2.- Pasajes aéreos o de cualquier medio de transporte internacional, donde conste el lugar de destino.
3.- Motivo de la solicitud.
Tras el envío de la solicitud, el solicitante recibirá un correo electrónico indicando que su solicitud fue enviada. Luego, se procederá a analizar la solicitud en días y horas hábiles (lunes a viernes de 09:00 am a 17:00 pm).
El Departamento de Extranjería y Migración evaluará los antecedentes entregados por cada solicitante caso a caso, pudiendo acoger o rechazar la solicitud (de autorización de salida), lo cual será informado mediante notificación por correo electrónico a la casilla del solicitante.
En el caso que la solicitud sea aprobada, se enviará al solicitante un comprobante, el cual indicará que la solicitud de visa/prórroga/Permanencia Definitiva fue «acogida a trámite». Este documento habilitará al extranjero para salir de Chile y reingresar al país durante la vigencia del documento (solicitud en trámite).
El rechazo de la solicitud de «autorización de salida» no afecta en caso alguno la tramitación del respectivo permiso de residencia.
En todo lo demás, que no fuere contrario a lo establecido en esta nueva Circular (29 BIS) se mantendrá vigente la Circular N° 29 del día 1° de octubre de 2019.
Facilitación de salida paso a paso
Ingresa al sitio web de trámites en línea de extranjería y haz clic en «Iniciar trámite» justo debajo del título «Facilitación de salida«.
Una vez hecho lo anterior, comienza llenando el formulario con tus datos personales y subiendo una copia de tu documento de identidad, pasaporte o salvoconducto:

En segundo lugar, ingresa tus datos de contacto:

En tercer lugar, ingresa los datos del viaje y sube una copia del pasaje aéreo o terrestre:

En cuarto lugar, señalar que beneficio migratorio se tiene en trámite e ingresar el número de solicitud digital o código del comprobante de envío de correo (de contar con el):

Por último, haz clic en «Enviar solicitud«:

¿Quiénes deben solicitar autorización para salir de Chile?
Quienes hayan solicitado una visa, su prórroga o la Permanencia Definitiva y solo posean el comprobante de envío digital o por correo (sus solicitudes no han sido acogidas a trámite aún).
Quienes ya cuenten con el documento denominado «solicitud de visa en trámite» o «solicitud de permanencia definitiva en trámite» podrán salir y volver a reingresar a Chile durante la vigencia de dicho documento, mientras se tramite su solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva.
¿Qué se obtiene como resultado de la solicitud de autorización de salida de Chile?
La autorización de salida, no constituye un permiso especial. La solicitud tiene como objetivo acelerar el proceso de ingreso de la solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva al sistema del Departamento de Extranjería y Migración. Así las cosas, de acogerse la solicitud de autorización de salida, la respectiva solicitud de visa, prórroga o Permanencia Definitiva se verá reflejada en el sistema de Extranjería como «acogida a trámite» y se podrá salir y reingresar al país durante la vigente de la solicitud de visa o Permanencia Definitiva en trámite.
Fuente
- Circular N° 29 BIS que modifica y complementa la Circular N° 29 de fecha 1° de octubre de 2019 del Departamento de Extranjería y Migración y dispone nuevo procedimiento que establece medida para facilitar la salida del país de extranjeros que se encuentren tramitando permisos de residencia – Departamento de Extranjería y Migración: https://www.extranjeria.gob.cl/media/2019/10/Circular-N%C2%B029-BIS.pdf
Hola, soy venezolano tengo mi pasaporte en tramite, al igual que mi visa de permanencia definitiva.. sin embargo requiero viajar a argentina para este año nuevo, la consulta es puedo tramitar la Facilitación de salida con mi pasaporte vencido, entiendo que si mi pasaporte venezolano fue emitido despues de 2013 las autoridades chilenas lo consideran valido hasta abril de 2022, serías tan amable de dar una orientación para este caso.
Chile reconoce como instrumento válido de viaje para venezolanos los pasaportes emitidos a partir del 2013 en adelante, se encuentren vigentes o vencidos. Pero desconocemos si Argentina también sigue la misma línea.
Para salir de Chile y reingresar, podrás hacerlo con tu pasaporte y solicitud de permanencia definitiva en trámite.
Hola buen día amigo tengo una pregunta, quiero salir del país definitivamente, debo hacer el mismo tramite? leí esto «Quienes ya cuenten con el documento denominado “solicitud de visa en trámite” o “solicitud de permanencia definitiva en trámite” podrán salir y volver a reingresar» Yo no aplico para esto. o que proceso debo hacer.
Si no has recibido la resolución de visa en trámite o permanencia definitiva en trámite, entonces si, debes solicitar «Facilitación de Salida».
Buen día Amigo , se conoce alguien que le hayan aprobado el permiso o agilizado el proceso para saber si acoge a tramite? en cuanto tiempo dan respuesta? ya que lo único que he visto en todos lados son comentarios que tardan mucho que llega la fecha de salida y no hay respuesta, por favor quisiera saber si se conoce de personas que hayan tenido éxito en esta solicitud? Agradeciendo su respuesta
Si, ya hay varios casos en que se han aprobado las solicitudes de salida.
Tal como explicamos en este artículo, no es un permiso especial, sino que el efecto es que la solicitud de visa o permanencia definitiva se acoge a trámite de manera mas rápida. Por lo que al aprobarse la solicitud de salida, la solicitud de visa o permanencia definitiva debería reflejarse en línea a través de http://consultas.extranjeria.gob.cl
Así se puede salir y reingresar durante la vigencia del documento «solicitud de visa en trámite» o «solicitud de permanencia definitiva en trámite».
Sobre tiempos de espera es relativo, imposible asegurarlo.
Muchas Gracias amigo por la pronta respuesta Feliz dia