El Proyecto de Ley (Boletín N° 12636-06) presentado por el Diputado Enrique Van Rysselberghe, el pasado día 14 de mayo de 2019, tiene por objeto solucionar el problema que se le presenta, a titulares de Visa Sujeta a Contrato, al momento de solicitar la Permanencia Definitiva, respecto del requisito del Certificado Histórico de cotizaciones. Muchos migrantes no cuentan con sus cotizaciones previsionales pagadas, pero sí declaradas.

La Ley N° 17.322, en sus artículos 22 y 22 a), permite a los empleadores declarar las cotizaciones previsionales y no pagarlas. Sin perjuicio de que por cada día de atraso se acumulan intereses, y el sistema permite llevar un control de la deuda previsional para posteriormente perseguir el pago de la misma, en lo que se refiere a inmigrantes que solicitan la Permanencia Definitiva, dicha situación juega muchas veces en contra.

Si bien, el Ministerio del Interior ha aclarado que el hecho de exigir el Certificado Histórico de cotizaciones previsionales no significa que se exija un mínimo de cotizaciones pagadas, ello no permite afirmar categóricamente que dicha situación no será perjudicial para los extranjeros que se encuentran en esta situación, o que bien, quien resuelva la solicitud no ponderará de forma negativa este antecedente.

En este sentido, el Proyecto de Ley presentado, busca prohibir ponderar de forma negativa para el otorgamiento de la Permanencia Definitiva en Chile, el hecho de contar con cotizaciones previsionales declaradas por el empleador pero no pagadas, toda vez que ello excede el ámbito de control de los inmigrantes, no siendo justo endosarles responsabilidades con sus respectivas consecuencias por actos ajenos a su voluntad.

El texto del Proyecto de Ley señala lo siguiente:

“Artículo único: Agréguese un nuevo inciso tercero en el artículo 41 del Decreto Ley N° 1.094 que establece normas sobre extranjeros en Chile, de acuerdo al siguiente texto:

La resolución del Ministerio del Interior que concede o rechaza la solicitud de permiso de residencia definitiva deberá ser fundada y no podrá ponderar de forma negativa, la existencia de cotizaciones previsionales declaradas pero no pagadas, en el caso de aquellos residentes sujetos a contrato.”.

Fuente

Modifica el decreto ley N°1.094, de 1975, que Establece normas sobre extranjeros en Chile, en materia de concesión de permanencia definitiva a residentes sujetos a contrato (Boletín 12636-06): https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=13167&prmBL=712636-06

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