Si como extranjero se sufre el robo, hurto, o extravío de la cédula de identidad, se podrá solicitar su reimpresión en línea a través de la aplicación del Servicio de Registro Civil e Identificación (Android / iOS) o presencialmente en cualquiera de sus oficinas a lo largo del país. Sin embargo, para acceder a la reimpresión, el Servicio exige que la cédula de identidad (extraviada o hurtada) tenga como mínimo una vigencia de 1 mes al momento de la solicitud de reimpresión. Por lo que si el permiso de residencia se mantiene vigente por a lo menos 30 días contados desde la fecha de solicitud de reimpresión, no habrá problema. Pero, ¿qué pasa si la cédula de identidad extraviada o hurtada se encuentra vencida o tiene una vigencia menor a 30 días al momento de solicitar su reimpresión?

De acuerdo al inciso final del artículo 43 de la Ley 21.325, “se entenderá que la cédula de identidad mantiene su vigencia, siempre y cuando el extranjero acredite que cuenta con un certificado de residencia en trámite vigente o hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud”, por lo que si el extranjero que ha sufrido el extravío o hurto de su cédula de identidad cuenta con un certificado de residencia en trámite otorgado por el Servicio Nacional de Migraciones, puede solicitar la reimpresión de su cédula de identidad ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, a pesar de que se encuentre vencida, ya que por disposición del artículo 43 ésta mantendrá su vigencia hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud.

No obstante lo anterior, existen casos en que el Servicio de Registro Civil e Identificación se ha negado a reimprimir las cédulas de identidad, argumentando que el Servicio Nacional de Migraciones le remite el listado de permisos de residencia otorgados y totalmente tramitados y no de aquellas solicitudes que se encuentran en tramitación y análisis. Por lo tanto, al no tener registro de los permisos de residencia en trámite, el Servicio de Registro Civil e Identificación no puede comprobar que el solicitante de reimpresión se encuentra efectivamente tramitando un permiso de residencia ante el Servicio Nacional de Migraciones y que por ende se da el supuesto del artículo 43.

En aquellos casos en que el Servicio de Registro Civil e Identificación se ha negado a reimprimir cédulas de identidad vencidas, extraviadas o hurtadas, aún contando con el Certificado de Residencia en Trámite emitido por el Servicio Nacional de Migraciones, la solución se ha obtenido a través de la interposición de recursos de protección.

Un ejemplo de ello, es la sentencia pronunciada por la Cuarta Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel (causa Rol N° 5962-2022), en que se señala que la negativa del Servicio de Registro Civil e Identificación a reimprimir una cédula de identidad que se encontraba vencida al momento de su extravío o hurto, es injustificada, ya que si el solicitante se encuentra tramitando un permiso de residencia en Chile, se aplica el artículo 43 de la nueva Ley de Migración y Extranjería (21.325) que dispone que “se entenderá que la cédula de identidad mantiene su vigencia, siempre y cuando el extranjero acredite que cuenta con un certificado de residencia en trámite vigente o hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud.”.

De acuerdo a los sentenciadores, la negativa a la reimpresión, vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley, en cuanto impone un obstáculo al extranjero en situación regular para acreditar frente a terceros tal condición de un modo injustificadamente diverso a lo que sucede con un ciudadano nacional, lo que evidentemente importa un trato desigual entre unos y otros.

En la causa mencionada previamente, la Corte dispuso que el Servicio de Registro Civil e Identificación debería proceder a la reimpresión de la cédula de identidad de la recurrente, dentro del plazo de 5 días corridos contados desde que la sentencia se encontrara ejecutoriada, pudiendo la afectada finalmente obtener la reimpresión de su cédula de identidad días después.

Por último, cabe hacer presente que al obtener la reimpresión de una cédula de identidad vencida, ésta tendrá la misma fecha de vencimiento que la extraviada o hurtada. Lo anterior, por aplicación del inciso tercero del artículo 43 de la Ley 21.325, que dispone que el plazo de vigencia de la cédula será el que registre el permiso de residencia respectivo. Solo se obtendrá una cédula de identidad vigente cuando se otorgue el permiso de residencia que se encuentra en tramitación.

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