Cómo descargar el comprobante de Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite
¿Recibiste un correo del Departamento de Extranjería y Migración (Migraciones) indicando que tu solicitud de Permanencia Definitiva ha sido acogida a trámite? Felicidades. Esto se debe a que desde el 24 de enero de 2020, todas las solicitudes de Permanencia Definitiva (PEDE) serán acogidas a tramitación de manera automática (al momento de presentar la solicitud).
Perfecto. Ahora, ¿cómo se obtiene el comprobante de solicitud de Permanencia Definitiva en trámite? Sigue leyendo y te lo explicamos (o ve el video que se encuentra al final del artículo en que lo explicamos paso a paso).
Dirígete al sitio web de trámites en línea de Extranjería
Haz clic aquí para abrir el sitio web de trámites en línea en una nueva pestaña.
Selecciona el trámite
Debes hacer clic en el trámite denominado «Comprobante de solicitud de Permanencia Definitiva en trámite» e iniciar sesión con tu Clave Única:
Lee la descripción del trámite
En la siguiente pestaña descubrirás que el trámite que estás realizando es el de la obtención del comprobante que acredita la circunstancia de contrar con una solicitud de Permanencia Definitiva ingresada al sistema de Extranjería. Luego de realizar este trámite, y siempre y cuando se encuentre disponible, recibirás en tu correo electrónico el comprobante de la solicitud de permanencia definitiva en trámite.
Cuando hayas terminado de leer, haz clic en «Siguiente«.
Lee y acepta las condiciones
Debes hacer clic en el trámite denominado «Comprobante de solicitud de Permanencia Definitiva en trámite» e iniciar sesión con tu Clave Única:
- Una vez obtenido el comprobante de la solicitud de permanencia definitiva en trámite, el extranjero se entiende facultado para realizar las actividades remuneradas compatibles con su condición al momento de su solicitud. Esto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 135 bis inciso final del Reglamento de Extranjería.
- Durante la tramitación de la solicitud de Permanencia Definitiva, el Departamento de Extranjería podrá requerir el adjuntar documentación adicional o faltante a través de la plataforma de trámites en línea de extranjería, para su respectivo análisis.
- Para ver el estado de la solicitud de Permanencia Definitiva, el extranjero debe dirigirse al Sistema de Consulta de Trámites en Línea de Extranjería.
- Por último, se recuerda que el trámite es gratuito, y se recomienda nunca entregar la Clave Única a terceros para la tramitación de solicitudes personales.
Tras leer las instrucciones, marca la casilla de «He leído y acepto las condiciones» y haz clic en «Siguiente«.
Revisa tu casilla de correo electrónico
En la próxima pestaña se te comunicará que el Comprobante de Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite ha sido enviado a tu correo electrónico.
De no encontrarlo, busca en Spam.
Descarga e imprime el comprobante
Por último, solo queda descargar el documento adjunto en el Correo (solicitud de PEDE en trámite), guardarlo e imprimirlo.
En el comprobante de Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite se establece que:
- En virtud de lo dispuesto en los artículos 41, 42 y 43 del Decreto Ley 1094, Ley de Extranjería, y en los artículos 80 y siguientes de su Reglamento, se te informa que tu solicitud de Permanencia Definitiva ha sido acogida a trámite.
- Este documento acredita tu residencia legal en el país, en conformidad a lo establecido en el artículo 157 del Reglamento de Extranjería; Y,
- Te faculta para seguir desarrollando las actividades lícitas remuneradas autorizadas por tu permiso de residencia anterior si su situación migratoria era regular al momento de la solicitud, según lo dispuesto en el artículo 135 bis del mismo cuerpo legal, Y,
- Te permitirá salir y entrar al territorio nacional (en calidad de residente), por lo cual no debes solicitar un permiso adicional para salir. Podrás salir y reingresar con tu comprobante de solicitud de Permanencia Definitiva en trámite vigente sin problemas. En caso de vencer, solo debes ampliar su vigencia en línea a través del sitio web de trámites en línea de Extranjería, realizando el trámite de «Ampliación de Solicitud de Permanencia Definitiva en trámite».
- Sin perjuicio de lo anterior, no podrás renovar tu cédula de identidad hasta que tu solicitud sea resuelta.
¿Qué hay de la orden de giro?
En la segunda página del documento se establece que:
- El pago de derechos correspondientes a esta solicitud, de ser procedente, deberá ser realizado una vez que recibas la notificación que señala que la orden de giro se encuentra disponible para su descarga en el respectivo sitio web. Dicha orden de giro podrá ser pagada en cualquier banco comercial (por ejemplo: Banco Estado, Banco de Chile, Banco Santander, etc.).
Vigencia del documento
El documento tiene una vigencia de 6 meses desde la fecha de su emisión. De vencer, sin obtener una respuesta sobre la solicitud antes de esa fecha, se debe ampliar la vigencia del documento (solicitud de permanencia definitiva en trámite) a través del sitio web de trámites en línea de Extranjería.
¿Qué pasa con el comprobante de los menores de edad?
En el caso de haber realizado la solicitud en representación de un menor de edad usando tu Clave Única, podrás descargar el Certificado correspondiente a través de tu misma sesión del portal de trámites en línea de Extranjería:
Hola, muchas gracias por la información, me llegó un correo diciendo que mi solicitud de permanencia fue acogida a trámite, pero no llegó ningún archivo adjunto, imprimiendo el solo correo será suficiente, es que viajo en unos días fuera del país, quedo atenta, desde ya gracias.
No, el correo no es prueba de nada. Debes obtener el comprobante de solicitud de permanencia definitiva en trámite a través de https://tramites.extranjeria.gob.cl
Recibi un correo que indicaba que mi solicitud avanzaba a la etapa de analisis y que podia revisar el formulario y orden de pago dentro de los dos días siguientes, los descargue e hice el pago correspondiente el cual ya se ve reflejado en la página, sin embargo al tratar de descargar el certificado de permanencia definitiva acogida a trámite no me deja y al hacer la ampliación (ya que la solicitud con vigencia de 8 meses) tampoco me deja, como puedo solucionarlo?
Comunicándose con Extranjería a través de Freshdesk, creando un ticket de ayuda, explicando la situación lo más detallada posible: https://extranjeriachile.freshdesk.com
Hola,
Ocurre que fui multada por no registrar mi permanencia definitiva en los 30 días de plazo. Hice mi solicitud de cálculo de multa por internet (vivo en la Región Metropolitana -RM-), sin embargo llevo un mes esperando y aun no obtengo respuesta. Quisiera saber: Por este tiempo que estoy esperando por el calculo de multa 1) ¿mi permanencia definitiva se ve afectada (sigo sin poder registrarla)? 2) Si ya solicité el cálculo en la RM ¿Puedo pedirlo en alguna otra región a ver si lo obtengo mas rápido? Si la respuesta es si, ¿como se solicitaría en regiones?. Por otro lado, si me dan el cálculo y la pago: ¿es cierto que tengo solo 10 días para registrar mi permanencia (el trámite por el que fui multada)?
Gracias por tus respuestas.
Para registrarla debes pagar la multa y obtener la resolución de sanción pagada.
Podrías intentar obtener el cálculo de multa en otra región, a través de la Intendencia o Gobernación respectiva. Pero queda a decisión de la autoridad.
Después de pagada la multa, si, son generalmente 10 días (en este caso, para al menos registrarse en la lista de espera).