Todas estas medidas entrarán en vigencia a partir de las 00:00 horas del martes 22 diciembre y tendrán un carácter transitorio de 2 semanas, tras lo cual volverán a ser evaluadas.
En el caso de los extranjeros no residentes de manera regular, se mantendrán vigente las excepciones que establece el artículo segundo del Decreto Supremo 102 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
En el caso de los nacionales chilenos y extranjeros residentes de manera regular, la cuarentena obligatoria no eximirá del cumplimiento de la Resolución Exenta 997 del Ministerio de Salud Pública.