Corte Suprema acoge recurso de amparo interpuesto en contra de la Intendencia de la Región Metropolitana que ordenó la expulsión de extranjero
En fallo unánime, el máximo tribunal del país acogió el recurso de amparo interpuesto en contra de la Intendencia de la Región Metropolitana que ordenó la expulsión de extranjero, y dejó sin efecto la medida administrativa.
Texto del fallo de la Corte Suprema
En el texto del fallo se lee lo siguiente:
1°) Que como se lee en la Resolución N° 240 de 5 de febrero del año en curso, dictada por la Intendencia de la Región Metropolitana, el fundamento de la decisión de expulsar al amparado viene dado exclusivamente por lo informando en el parte policial, en que se señala que ingresó al país en forma clandestina. En el mismo decreto se indica que se denunciaron estos hechos ante la Fiscalía Local del Ministerio Público y posteriormente se presentó desistimiento de dicha denuncia.
2°) Que el artículo 69 del D.L. 1094 invocado en la resolución recurrida no puede servir de fundamento a la misma, desde que impone la medida de expulsión para los extranjeros que ingresen clandestinamente o por lugares no habilitados al país, una vez cumplida la pena, en circunstancias que el citado desistimiento extingue la acción penal.
3°) Que, por otra parte, al desistirse de la denuncia la Intendencia Regional impidió que el órgano persecutor pesquisara y verificase los hechos constitutivos del delito de ingreso clandestino del que se le daba noticia, lo que precisamente llevó al término de esa causa. Asimismo, ese proceder impidió al amparado defenderse y controvertir los hechos que fundaron la denuncia, por lo que, en definitiva, el dictamen de expulsión se basa en la mera noticia de la autoridad policial, antecedente del todo insuficiente para fundar la decisión de expulsión cuestionada.
4°) Que todo lo dicho priva de fundamento racional al acto impugnado y, consecuencialmente, permiten afirmar que se pone en peligro la libertad personal del amparado por un acto arbitrario de la Administración, lo que conlleva que la acción interpuesta deba ser acogida.
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de veintitrés de junio de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en la causa Rol N° 1436 – 2020 y, en su lugar, se decide que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de G.E.E.O., por lo que se deja sin efecto la Resolución N° 240 de 5 de febrero del año en curso, dictada por la Intendencia de la Región Metropolitana, que dispuso su expulsión del territorio nacional.
Se previene que Ministro Sr. Valderrama concurre a la confirmatoria, teniendo en consideración, únicamente para ello, la epidemia generada por el virus Covid-19, enfermedad que amenaza la vida y salud individual de la totalidad de la población mundial, de modo que de mantenerse el decreto de expulsión del territorio nacional de un ciudadano extranjero bajo tales circunstancias, lo pondría necesariamente en una situación de riesgo mayor de contagio.
El fallo puede encontrarse haciendo click aquí.