Si eres titular de un permiso de residencia temporal para desarrollar actividades remuneradas lícitas en Chile (ex visa sujeta a contrato), puede que te hayas preguntado si con la nueva Ley de Migraciones (N° 21.325) la terminación del contrato de trabajo que sirvió de fundamento para el otorgamiento del permiso de residencia es o no causal de caducidad del mismo.
De acuerdo a la antigua Ley de Extranjería (DL 1.094/1975), derogada el pasado 12 de febrero de 2022, la terminación del contrato que había servido de antecedentes para el otorgamiento de la visa sujeta a contrato era causal de caducidad de la misma (art. 25 DL 1094/1975). Por lo que la vigencia del permiso de residencia estaba directamente relacionada con la vigencia del contrato de trabajo.
Sin embargo, de acuerdo con la nueva legislación migratoria, el término del contrato que sirvió de fundamento al otorgamiento del permiso, no será por sí solo motivo para su revocación, por lo que un extranjero que ya sea titular del permiso de residencia temporal podrá cambiar de empleador sin necesidad de informarlo al Servicio Nacional de Migraciones (art. 19 del DS 177/2022).
Si se te otorgó una visa sujeta a contrato con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 21.325 (12 de febrero de 2022), y se encuentra vigente, por disposición del artículo sexto transitorio de la Ley de Migración y Extranjería dicha visa se asimila, sin necesidad de dictar un nuevo acto administrativo, a la subcategoría de residencia temporal para extranjeros que desarrollan actividades lícitas remuneradas. Por lo que aún cuando tu Estampado Electrónico y tu cédula de identidad puedan indicar “Visa sujeta a contrato”, la realidad es que posees un permiso de residencia temporal para extranjeros que desarrollan actividades lícitas remuneradas, por aplicación de la norma mencionada anteriormente.