Permiso de residencia temporal por reciprocidad internacional (ex MERCOSUR – Argentina – Brasil – Bolivia – Paraguay – Uruguay)
Nacionales de Argentina, Brasil, Bolivia, Paraguay y Uruguay, pueden solicitar un permiso de residencia temporal para residir y trabajar en Chile por hasta 2 años, prorrogable por el mismo período.
Índice
Vigencia del permiso
La vigencia de la residencia temporal será de hasta 2 años. Este permiso podrá prorrogarse hasta por 2 años adicionales (artículo 72 de la Ley 21.325, de Migración y Extranjería), o podrá solicitarse la Residencia Definitiva de cumplir con los requisitos.
Trabajar en Chile
Los residentes temporales pueden desarrollar actividades remuneradas en Chile durante la vigencia del permiso (artículo 73 de la Ley 21.325, de Migración y Extranjería).
Solo se podrá comenzar a trabajar en Chile cuando el permiso de residencia haya sido aprobado, se haya descargado el Estampado Electrónico y se haya ingresado a Chile. El comprobante de envío de la solicitud no es suficiente para comenzar a trabajar en Chile.
Documentación requerida para postular al permiso
Solo se requieren 2 documentos para postular al permiso en calidad de titular:
1) Copia de la hoja de identificación de pasaporte argentino, brasileño, boliviano, paraguayo o uruguayo (según la nacionalidad del postulante): Deberá tener una vigencia que no sea inferior a 1 año a la fecha de presentación de la solicitud; Y,
2) Certificado de Antecedentes Penales del país de origen (Argentina – Brasil – Bolivia – Paraguay – Uruguay – según nacionalidad): Debe tener menos de 60 días de antigüedad al momento de postular, debe encontrarse apostillado o debidamente legalizado (legalizado ante el Consulado de Chile y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile). De encontrarse en un idioma distinto del español o inglés (por ejemplo: portugués) también tendrá que acompañarse la traducción del organismo respectivo.
Adicionalmente, si se ha residido en un país distinto al de origen hace más de 5 años, se tendrá que acompañar un Certificado de Antecedentes Penales emitido por dicho país, el cual deberá tener menos de 60 días de antigüedad al momento de postular, encontrarse apostillado y traducido en el caso de haber sido emitido en un idioma distinto del español o inglés.
Costo del permiso
- Para nacionales de Argentina: US$250
- Para nacionales de Bolivia: 0 (Resolución Exenta 43.643 de 2023).
- Para nacionales de Brasil: US$100
- Para nacionales de Paraguay: US$288
- Para nacionales de Uruguay: US$65
Forma de solicitar el permiso
La solicitud del permiso de residencia temporal debe realizarse a través del sitio web de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones, encontrándose el postulante físicamente fuera de Chile.
El solicitante debe contar con una cuenta en el sitio web del Servicio Nacional de Migraciones
La postulación debe realizarse utilizando la cuenta que el solicitante haya creado en el sitio web de trámites digitales del Servicio Nacional de Migraciones: Como crear una cuenta en el sitio web de trámites digitales del Servicio Nacional de Migraciones.
El solicitante debe encontrarse físicamente fuera de Chile al momento de postular
El postulante debe encontrarse físicamente fuera de Chile al momento de realizar la solicitud.
Este requisito (de postular desde fuera de Chile) se menciona al momento de iniciar el trámite de solicitud de residencias temporales para extranjeros fuera de Chile:
Categoría de Residencia Temporal a solicitar
Luego de llenar el formulario de solicitud con los datos personales y de haber acompañado copia del pasaporte y el Certificado de Antecedentes Penales del país de origen vigente, apostillado (y traducido si se encuentra en un idioma distinto del español o inglés), se tendrá que seleccionar, «Otro tipo de Residencia» y «Reciprocidad Internacional (Acuerdo sobre Residencia de los Estados partes del MERCOSUR y Chile – Ciudadanos de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay)» en la pestaña de «Categoría de Residencia Temporal a Solicitar»:
Dependientes
De acuerdo al artículo 74 de la Ley de Migración y Extranjería, N° 21.325, un permiso de residencia temporal podrá otorgarse en calidad de titular o de dependiente. Podrán postular a la residencia temporal en calidad de dependiente las siguientes personas:
1. El cónyuge o conviviente del residente temporal.
2. Los hijos del residente temporal, de su cónyuge o conviviente, siempre que sean menores de 18 años o se trate de personas con discapacidad; y los hijos mayores de 18 años, pero menores de 24, siempre que estén estudiando en una institución educacional reconocida por el Estado.
El titular, al momento de realizar su postulación, podrá declarar que se trata de una postulación grupal, indicando cuántos dependientes desea agregar a la solicitud.
Posteriormente, luego de confirmar y pagar su postulación, el titular tendrá que finalizar su parte de la solicitud y comenzar con el ingreso de los dependientes declarados.
En primer lugar, deberán ingresarse los datos generales de cada uno de los dependientes delcarados: Nombres, apellido paterno, apellido materno (opcional), fecha de nacimiento, país de nacimiento, nacionalidad actual, sexo, país de residencia actual, ciudad de residencia actual, correo electrónico, número telefónico.
Luego, tendrá que acompañarse la documentación exigida por el Servicio Nacional de Migraciones respecto de cada uno de los dependientes declarados.
Mayores de edad
En el caso de mayores de edad, debe acompañarse una copia de la hoja de identificación de su pasaporte y un Certificado de Antecedentes Penales del país de origen, debidamente legalizado o apostillado, de no más de 60 días de antigüedad.
Por último, deben acompañarse los documentos exigidos por el Servicio para acreditar el vínculo entre el dependiente y el titular del permiso.
1) Cónyuge del titular
- Certificado de matrimonio o que se asemeje esta condición, debidamente apostillado o legalizado, y con menos de 60 días de antigüedad al momento de la postulación; Y,
- Declaración jurada de expensas: Debe señalar que el titular asume el costo de la mantención del dependiente en el país. Debe encontrarse firmada ante notario; Y,
- Acreditar solvencia económica del titular: Puede acreditarse con alguno de los siguientes documentos: liquidaciones de sueldo, certificado de cotizaciones, Informe anual de boletas de honorarios, comprobantes de pagos de IVA en caso de ser empresario, certificado de vigencia de contrato.
2) Conviviente Civil del Titular
- Certificado de Conviviencia Civil o que se asemeje esta condición, debidamente apostillado o legalizado, y con menos de 60 días de antigüedad al momento de la postulación; Y,
- Declaración jurada de expensas: Debe dejar expresado que el titular asume el costo de la mantención del dependiente en el país. Debe encontrarse firmada ante notario; Y,
- Acreditar solvencia económica del titular: Puede acreditarse con alguno de los siguientes documentos: liquidaciones de sueldo, certificado de cotizaciones, Informe anual de boletas de honorarios, comprobantes de pagos de IVA en caso de ser empresario, certificado de vigencia de contrato.
3) Hijo/a del Titular
- Certificado de nacimiento: Certificado que acredite la condición de parentesco. Debe encontrarse debidamente legalizado o apostillado; Y,
- Declaración jurada de expensas: Debe expresar que el titular asume el costo de la mantención del dependiente en el país. Debe encontrarse firmada ante notario; Y,
- Acreditar solvencia económica de su sostenedor: Puede acreditarse con alguno de los siguientes documentos: liquidaciones de sueldo, certificado de cotizaciones, Informe anual de boletas de honorarios, comprobantes de pagos de IVA en caso de ser empresario, certificado de vigencia de contrato; Y,
- Si el hijo posee algún tipo de discapacidad: Debe acompañarse un Certificado Médico que respalde la condición de salud del Hijo/a.
4) Hijo del Cónyuge del Titular de la Residencia Temporal
- Certificado de Matrimonio entre el padre o madre con el Titular de la Residencia, debidamente apostillado o legalizado, y con no más de 60 días de antigüedad al momento de la postulación; Y,
- Certificado de nacimiento, debidamente apostillado o legalizado; Y,
- Declaración jurada de expensas: Debe expresar que el titular asume el costo de la mantención del dependiente en el país. Debe encontrarse firmada ante notario; Y,
- Acreditar solvencia económica de su sostenedor: Puede acreditarse con alguno de los siguientes documentos: liquidaciones de sueldo, certificado de cotizaciones, Informe anual de boletas de honorarios, comprobantes de pagos de IVA en caso de ser empresario, certificado de vigencia de contrato; Y,
- Si el hijo posee algún tipo de discapacidad: Debe acompañarse un Certificado Médico que respalde la condición de salud del Hijo/a.
Menores de edad
En el caso de menores de edad, debe acompañarse una copia de la hoja de identificación de su pasaporte y el Certificado de Nacimiento debidamente legalizado o apostillado.
Por último, deben acompañarse los documentos exigidos por el Servicio para acreditar el vínculo entre el dependiente y el titular del permiso.
1) Hijo/a del Titular
- Certificado de nacimiento: Debe adjuntar el Certificado de Nacimiento de su Hija/o, debidamente apostillado o legalizado por el Consulado de Chile correspondiente al país emisor del documento y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile; Y,
- Declaración jurada de expensas: Debe expresar que el titular asume el costo de la mantención del dependiente en el país. Debe encontrarse firmada ante notario; Y,
- Acreditar solvencia económica de su sostenedor: Puede acreditarse con alguno de los siguientes documentos: liquidaciones de sueldo, certificado de cotizaciones, Informe anual de boletas de honorarios, comprobantes de pagos de IVA en caso de ser empresario, certificado de vigencia de contrato; Y,
- Si el hijo posee algún tipo de discapacidad: Debe acompañarse un Certificado Médico que respalde la condición de salud del Hijo/a.
2) Hijo del Cónyuge del Titular de la Residencia Temporal
- Certificado de nacimiento: Debe adjuntar el Certificado de Nacimiento de su Hija/o, debidamente apostillado o legalizado por el Consulado de Chile correspondiente al país emisor del documento y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile; Y,
- Declaración jurada de expensas: Debe expresar que el titular asume el costo de la mantención del dependiente en el país. Debe encontrarse firmada ante notario; Y,
- Acreditar solvencia económica de su sostenedor: Puede acreditarse con alguno de los siguientes documentos: liquidaciones de sueldo, certificado de cotizaciones, Informe anual de boletas de honorarios, comprobantes de pagos de IVA en caso de ser empresario, certificado de vigencia de contrato; Y,
- Si el hijo posee algún tipo de discapacidad: Debe acompañarse un Certificado Médico que respalde la condición de salud del Hijo/a.
3) Menor de edad bajo la Tutela del titular
- Certificado de nacimiento: Debe adjuntar el Certificado de Nacimiento de su Hija/o, debidamente apostillado o legalizado por el Consulado de Chile correspondiente al país emisor del documento y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile; Y,
- Declaración jurada de expensas: Debe expresar que el titular asume el costo de la mantención del dependiente en el país. Debe encontrarse firmada ante notario; Y,
- Acreditar solvencia económica de su sostenedor: Puede acreditarse con alguno de los siguientes documentos: liquidaciones de sueldo, certificado de cotizaciones, Informe anual de boletas de honorarios, comprobantes de pagos de IVA en caso de ser empresario, certificado de vigencia de contrato; Y,
- Certificado de Tutela Legal: Documento que acredite que el titular de la Residencia Temporal, es el tutor legal del menor; Y,
- Si el hijo posee algún tipo de discapacidad: Debe acompañarse un Certificado Médico que respalde la condición de salud del Hijo/a.
Ingresar a Chile como turista durante la tramitación del permiso
Si se desea ingresar a Chile durante la tramitación del permiso de residencia temporal solicitado desde el extranjero, es posible, pero el ingreso al país será en calidad de turista (titular de permanencia transitoria) y no de residente.
Lo anterior, significa que deben cumplirse los requisitos exigidos a todo extranjero que ingrese a Chile en calidad de turista (US$46 por cada día de estadía – pasaje de salida o dinero suficiente para adquirirlo). Además, debe cuidarse no exceder el tiempo de estadía como turista, de lo contrario se tendrá que pagar una multa por residencia irregular.
Si estando en Chile, en calidad de turista, se recibe la notificación del Servicio comunicando la aprobación del permiso, se tendrá que salir del país, descargar el Estampado Electrónico y volver a ingresar dentro de los 90 días siguientes, esta vez en calidad de residente.
Texto del Acuerdo
Circular 26465 de la Subsecretaría del Interior de Chile – Instruye sobre aplicación del Acuerdo sobre Residencia de los Estados Parte del MERCOSUR, Bolivia y Chile.
Información al 29 de septiembre de 2023.
Hola, en la pagina del Sermig dice que el mismo ya emitio una resolucion pero esta en etapa de firma, tengo forma de ver la resolucion? cuanto demora este proceso, yo llevo 90 dias ya desde el inicio y pago de tasas (residencia por principio de reciprocidad)
Cuando se firme, recibirás la notificación de la Resolución Exenta en tu correo electrónico, que contendrá la decisión del Servicio.
Hola buenas! Cuanto esta tardando que acepten la visa mercosur en chile? Depende del pais del solicitante? O de su profesion?
Gracias!
No, no depende de nacionalidad ni del país del solicitante. Todo está tomando bastante, 8-12 meses en muchos casos.
Buen dia. Una vez que estè aprobado el permiso de residencia temporal por reciprocidad (cat 15), se debe ingresar a Chile para su vigencia. Pregunta; una vez ingresado a Chile, se debe tramitar ademàs un documento de identidad ?
Hola,
Si, después de ingresar a Chile y activa el Estampado Electrónico se debe solicitar la cédula de identidad ante el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile dentro de los 30 días siguientes.