Si hemos adjuntado en nuestra solicitud de Permanencia Definitiva documentos de manera incorrecta, vencidos, o que no corresponden, el Servicio Nacional de Migraciones, luego de revisar los documentos presentados, debe otorgarnos, de acuerdo al artículo 31° de la Ley N° 19.880, 5 días hábiles para que subsanemos la falta o acompañemos los documentos respectivos, con […]