Así las cosas, si una persona extranjera exhibe una cédula de identidad vencida, junto con un comprobante de residencia temporal en trámite o residencia definitiva en trámite, debe entenderse entonces que la cédula de identidad se encuentra vigente, sin necesidad de declaración mediante algún acto administrativo, ni de la autoridad emisora de la cédula (Servicio de Registro Civil e Identificación) ni de la autoridad migratoria (Servicio Nacional de Migraciones).
En el oficio, el Servicio Nacional de Migraciones expone que entre el año 2021 y 2022, se han interpuesto más de 15.000 recursos en su contra, y que en un gran número de los casos, lo que lleva a los extranjeros a iniciar dichos recursos es el desconocimiento por parte de las instituciones de salud acerca de prórroga de la vigencia de sus cédulas de identidad, lo que trae como consecuencia la imposibilidad de acceder a compra de bonos de atención médica, exámenes o procedimientos médicos, acceso a reembolsos por atenciones o procedimientos médicos, acceder a pago de prestaciones por seguros complementarios de salud, entre otras dificultades.