El día de hoy, 11 de abril de 2022, se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N° 485, de 2022, del Ministerio de Salud que modifica el Plan Fronteras Protegidas (Resolución Exenta N° 672).

Modificación

La nueva Resolución introduce el artículo 38 quáter nuevo, en los siguientes términos:

1. Agrégase en la resolución exenta Nº 672, de 2021, del Ministerio de Salud, a continuación del numeral 38 ter, el siguiente numeral 38 quáter, nuevo:

38 quáter. Exclúyase de la aplicación de lo dispuesto en los párrafos II, III y IV de esta resolución a las personas que ingresen al territorio nacional por los pasos fronterizos terrestres habilitados según el decreto supremo N° 295, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y que hayan salido del país dentro de las últimas 24 horas.

Para efectos de lo anterior, las personas interesadas deberán solicitar a la autoridad competente el permiso de 24 horas al momento de egresar y exhibirlo a la misma autoridad al momento de ingresar.

El plazo de 24 horas será contado desde la hora de salida consignada en el permiso referido en el párrafo anterior.

Así las cosas, a partir de hoy (11 de abril de 2022), quienes ingresen a Chile por pasos fronterizos terrestres, habilitados según el Decreto Supremo N° 295 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y que hayan salido del país dentro de las últimas 24 horas, quedan exentos de cumplir con los requisitos sanitarios de Cuarentena / Aislamiento obligatorio (Título II de la Resolución Exenta 672), PCR Negativo (Título III de la Resolución Exenta 672) y Seguro Médico (Título IV de la Resolución Exenta 672).

Quienes se encuentren en este caso de excepción, tendrán que solicitar el permiso de 24 horas a la autoridad competente, al momento de egresar y exhibirlo a la misma autoridad al momento de ingresar.

Las 24 horas se contarán desde la hora de salida consignada en el permiso.

Publicación de la Resolución Exenta 485 de 2022

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