Se mantiene el cierre de fronteras terrestres y marítimas en Chile por 15 días más
El día de hoy, 25 de febrero de 2021, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo N° 67 de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que extiende, por 15 días más, la vigencia del decreto Nº 102, de 2020, que dispone el cierre temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV).
Este nuevo Decreto, que prorroga la medida dispuesta en el inciso primero del artículo primero del Decreto Supremo Nº 102 de 2020 por 15 días más, consta de un artículo único del siguiente tenor:
«Decreto:
Artículo único: Extiéndase por un nuevo lapso de 15 días, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el decreto supremo Nº 41, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la medida dispuesta en el inciso primero del artículo primero del decreto supremo Nº 102, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Lo anterior, sin perjuicio que éste pueda ser modificado, en atención a la evolución que experimente el brote de COVID-19, en el territorio nacional.».
Como consecuencia de esta nueva prorroga, las fronteras terrestres y marítimas se mantendrán cerradas a lo menos hasta las 00:00 horas del próximo 13 de marzo de 2021, pudiendo extenderse la medida por otro período más en atención a la evolución que experimente el brote de Covid-19 (tal como ha pasado desde el mes de marzo de 2020).
Si bien las fronteras terrestres y marítimas se mantienen cerradas, se permite el ingreso, en calidad de turistas, de aquellos extranjeros que se encuentren en los casos contemplados en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 102.
Cabe recordar que la frontera aérea se encuentra abierta para el ingreso de turistas sólo a través del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez desde el pasado 23 de noviembre de 2020, debiendo cumplirse con todas las medidas sanitarias establecidas en la Resolución Exenta 997 del Ministerio de Salud.