Artículo único: Extiéndase por un nuevo lapso de 7 días, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el decreto supremo Nº254, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la medida dispuesta en el inciso primero del artículo primero del decreto supremo Nº102, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Lo anterior, sin perjuicio que éste pueda ser modificado, en atención a la evolución que experimente el brote de Covid-19, en el territorio nacional.
Estimados, buenos dias,
En este contexto, sigue vigente la información de su articulo https://immichile.cl/salir-de-chile-mientras-tu-visa-se-encuentra-en-tramite/
De antemano, muchas gracias.
Saludos cordiales
Julie Fouard
Si, con la única salvedad que los turistas NO se encuentran hablitados para ingresar a Chile. De no contar con a lo menos la resolución que acoge a trámite la solicitud de visa o permanencia definitiva NO se podrá ingresar a CHile hasta nuevo aviso.
Muchas gracias por su respuesta!