PDI cambia la forma de validar los datos de extranjeros que no hayan recibido sus Certificados de Registro de Visa o de Permanencia Definitiva
Policía de Investigaciones (PDI) ha dispuesto de un formulario en su sitio web dirigido a todos los extranjeros residentes en Chile que no hayan recibido su Certificado de Registro de Visa (primera visa, prórroga o cambio) o de Permanencia Definitiva a la fecha y requieran tramitar su cédula de identidad ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCEI).
Antes de esta medida, los extranjeros residentes, cuyas Visas (primera vez, prórroga o cambio) o Permanencias Definitivas hubieren sido estampadas o activadas hasta el 30 de abril de 2020, y que a la fecha no hayan recibido sus Certificados de Registro de Visa o de Permanencia Definitiva, debían enviar un correo electrónico dispuesto por PDI especialmente para el trámite de «Validación de datos». Ahora, los extranjeros que se encuentren en la situación anteriormente descrita deberán dirigirse al sitio web de Policía de Investigaciones y llenar el formulario desplegado al momento de seleccionar el trámite de “Actualiza tus datos”:

En el formulario se indica que:
El presente formulario tiene como función, poder obtener el “Correo Electrónico”, de todo aquel extranjero residente, que a la fecha no ha recepcionado su Certificado de Registro de Visa o de Permanencia Definitiva, para tramitar su cédula de identidad.
Frente a la nueva modalidad de registro de visas, SE LES RECUERDA, que este proceso es automático e interno (no debiendo concurrir presencialmente a nuestras Oficinas), e informados mediante correo electrónico, a cada uno de los beneficiarios.”
Inmediatamente después, se señala qué registros corresponden a PDI:
QUÉ REGISTROS CORRESPONDEN A PDI
Conforme al Reglamento de Extranjería, Decreto Supremo N° 597, Título IV del Registro y de la Cédula de Identidad, Art. 104°, distingue lo siguiente:
- Registro de la primera visa
- Residencias obtenidas y/o activadas antes del 30.ABR.020.”
Si el extranjero se encuentra dentro de los casos anteriormente mencionados, y aún no ha obtenido su Certificado de Registro de Visa o Certificado de Registro de Permanencia Definitiva, se deberá completar el formulario.
Formulario a llenar
Para realizar el trámite de «Actualizar datos» tendremos que llenar el formulario dispuesto para ello con los siguientes datos:
- N° de Pasaporte (obligatorio)
- N° de Cédula de identidad chilena (RUN) (Opcional)
- Nombres (obligatorio)
- Primer apellido (obligatorio)
- Segundo apellido (opcional)
- Nacionalidad (obligatorio)
- Fecha de nacimiento (dd/mm/aaaa) (obligatorio)
- Dirección (calle o pasaje, número y comuna) (obligatorio)
- Correo electrónico (obligatorio)
- Número de teléfono (opcional)
Por último, después de llenar el formulario, solo faltará ingresar el código de seguridad y hacer click en “Enviar actualización de datos”:

Cuadro informativo de registro de visas y permanencias definitivas
En la misma sección de «Actualización de datos», y con el objetivo de aclarar que organismo está encargado del registro de una visa o Permanencia Definitiva, PDI incluyó un enlace a un documento en el que se detalla si la Visa o Permanencia Definitiva debe ser registrada por PDI o por el Departamento de Extranjería y Migración, dependiendo si fue otorgada antes del 01 de mayo de 2020 o a partir del 01 de mayo de 2020:
Visas y Permanencias Definitivas hasta el 30 de abril de 2020

- Primera visa estampada en pasaporte hasta el 30/04/2020: Quien debe registrar la visa es PDI de manera automática (no presencial) enviando el Certificado de Registro de Visa por correo electrónico.
- Prórroga de visa estampada en pasaporte hasta el 30/04/2020: Quien debe registrar la visa es PDI de manera automática (no presencial) enviando el Certificado de Registro de Visa por correo electrónico.
- Cambio de visa estampado en pasaporte hasta el 30/04/2020: Quien debe registrar la visa es PDI de manera automática (no presencial) enviando el Certificado de Registro de Visa por correo electrónico.

- Primera visa activada * hasta el 30/04/2020: Quien debe registrar la visa es PDI de manera automática (no presencial) enviando el Certificado de Registro de Visa por correo electrónico.
- Prórroga de visa activada * hasta el 30/04/2020: Quien debe registrar la visa es PDI de manera automática (no presencial) enviando el Certificado de Registro de Visa por correo electrónico.
- Cambio de visa activado * hasta el 30/04/2020: Quien debe registrar la visa es PDI de manera automática (no presencial) enviando el Certificado de Registro de Visa por correo electrónico.
* Una visa se activa al momento de descargar el Estampado Provisorio Electrónico (EPE).

- Permanencias Definitivas otorgadas físicamente (papel color celeste) hasta el 30 de abril: Quien debe registrar la Permanencia Definitiva es PDI de manera automática (no presencial) enviando el Certificado de Registro de Permanencia Definitiva por correo electrónico.

- Permanencias Definitivas activadas a través del trámite de “Certificado de Permanencia Definitiva” (tramites.extranjeria.gob.cl) hasta el 30 de abril: Quien debe registrar la Permanencia Definitiva es PDI de manera automática (no presencial) enviando el Certificado de Registro de Permanencia Definitiva por correo electrónico.
Visas y Permanencias Definitivas a partir del 01 de mayo de 2020

Por último, todas las visas de residencia y permanencias definitivas obtenidas desde el 01 de mayo de 2020 en adelante son registradas de la siguiente manera:
- Primera visa obtenidas a partir del 1 de mayo de 2020: El registro es realizado por PDI de manera automática (no presencial). Registrada la Visa, será PDI la encargada de enviar el Certificado de Registro de Visa al extranjero a través de correo electrónico.
- Prórroga de visa obtenidas a partir del 1 de mayo de 2020: El registro es realizado por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública o por la Gobernación Provincial respectiva.
- Cambio de visa obtenido a partir del 1 de mayo de 2020: El registro es realizado por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública o por la Gobernación Provincial respectiva.
- Permanencia Definitiva obtenida a partir del 1 de mayo de 2020: El registro es realizado por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública o por la Gobernación Provincial respectiva.
Buenas tardes,una consulta porfa,si al pasar los 30 días y no me llega la cita del registro civil para sacar la cédula, que pasará? Que se debe hacer porfa,estoy un poco desesperada..gracias .
Buenas tardes. Yo soluicité mi visa en enero del año pasado. la Pagué en agosto del mismo año. Ahora bien, consulto el estado de mi tramite en la nueva opción del % y me dice que estoy en 90% aún. Pasa que descargué el certificado de permanencia definitiva y el sistema me lo dió, además dice que fué aprobada el 22 de Abril del presente año. Me gustaría saber cuál es el paso a seguir, ya que activé el certificado el día 15 del presente mes y desde entonces estoy estancado.
Si ya cuentas con el Certificado de Permanencia Definitiva, entonces el paso a seguir es solicitar cédula de identidad ante el Registro Civil.
Hola me yego el certificado de permanencia definitiva el 29 del 04-2020q devo hacer esperar gracias
Buenas tardes,una consulta porfa,si al pasar los 30 días y no me llega la cita del registro civil para sacar la cédula, que pasará? Que se debe hacer porfa,estoy un poco desesperada..gracias .
Buenas tarde. Me llegó un correo físico el lunes 24 de agosto de 2020 con fecha de emisión el 2 de julio de este año informandome que mi solicitud de residencia definitiva fue aprobada. Fui a un banco y la pagué el monto que dice el documento hoy miércoles 26 de agosto. El tema es que no me ha llegado ninguna notificación o documento por correo electrónico. Me fijo en la página de extranjería y no puedo descargar el certificado de permanencia definitiva y me fijo en que estado está el tramite de aprobación y la página dice 25%. Pero la aprobación me llegó por correo y la pagué. Que debo hacer? Que pasos debo seguir? Gracias por la ayuda que me puedan dar.
Te encuentras en la etapa de análisis. La solicitud de permanencia definitiva fue acogida a trámite y se encuentra siendo analizada por el Departamento de Extranjería y Migración. Todavía falta para que sea aprobada.