Cómo solicitar el cambio de empleador de visa sujeta a contrato en línea
Ya se encuentra disponible el trámite de “Cambio de Empleador de Visa Sujeta a Contrato” en línea, a través del sitio web de Trámites en Línea de Extranjería (tramites.extranjeria.gob.cl). Por el momento, el trámite en línea se encuentra disponible solo para aquellos que tengan domicilio dentro de la Región Metropolitana.
Actualización (05-OCT-2020): Quienes soliciten el cambio de empleador de visa sujeta a contrato ya no tendrán que presentar: Certificado de Antecedentes de Chile; ni Certificado de Registro de última visa en PDI. Para leer la noticia hacer clic aquí.
Sobre el cambio de empleador con una visa sujeta a contrato
La visa sujeta a contrato, a diferencia de los otros tipos de visas temporales (visa de estudiante o visa de residencia temporaria), expira automáticamente al momento de terminar el contrato de trabajo que había dado origen a la misma.
Por ejemplo, si se firma finiquito, la visa sujeta a contrato expira el día de la firma del finiquito. Desde esa fecha comienza a correr el plazo para presentar una nueva visa, la permanencia definitiva (si procedía) o para abandonar el país. De lo contrario, se caerá en condición migratoria irregular.
Lo anterior se establece en el artículo 39° inciso segundo del Reglamento de Extranjería:
Artículo 39° inciso segundo del Reglamento de Extranjería. Con todo, la terminación del contrato que ha servido de antecedente para el otorgamiento de la visación, será causal de caducidad de ésta y de la que se haya otorgado a los familiares del extranjero contratado, sin perjuicio del derecho de sus titulares de solicitar una nueva o la permanencia definitiva si procediere.
Respecto del plazo, el mismo Reglamento de Extranjería, en su artículo 129° N° 6, establece que el plazo para solicitar el cambio de visación o de permanencia definitiva a que se refiere el artículo 39° inciso segundo (que mencionamos arriba) es de 30 días, contados desde la fecha de terminación del contrato respectivo:
Artículo 129° del Reglamento de Extranjería. Las solicitudes que a continuación se indican, se presentarán en los plazos que se señalan:
6.- Las solicitudes de cambio de visación o de permanencia definitiva en el caso a que se refiere el artículo 39 inciso segundo, podrán presentarse dentro de los 30 días siguientes a la terminación del contrato respectivo.
Sin perjuicio de lo anterior, a través de la publicación de la Resolución Exenta N° 2.606 de 2020, del Ministerio del Interior, realizada el pasado día 06 de junio de 2020, el plazo establecido en el N° 6 del Artículo 129° del Reglamento de Extranjería, fue extendido desde los 30 días a los 180 días. Así, quienes eran titulares de una visa sujeta a contrato y sus contratos de trabajo hubieren terminado después de haberse declarado el estado de catástrofe en Chile (18 de marzo de 2020 y aún vigente) contarán con 180 días contados desde la terminación del contrato de trabajo para solicitar el cambio de visación, permanencia definitiva si procediere, o para abandonar el país, sin caer en situación migratoria irregular.
Momentos en que se puede solicitar el cambio de empleador con una visa sujeta a contrato
El cambio de empleador, puede solicitarse en dos momentos:
a) Después de haber enviado una solicitud de visa sujeta a contrato y antes de estamparla: Este caso recibe el nombre de “ratificación de visa sujeta a contrato”.
b) Después de haber estampado la visa sujeta a contrato: Este caso recibe el nombre de “visa sujeta a contrato por cambio de empleador”.
A través del nuevo trámite en línea de “Cambio de Empleador de Visa Sujeta a Contrato”, los extranjeros podrán realizar la solicitud de “ratificación de visa sujeta a contrato” como la de “visa sujeta a contrato por cambio de empleador”.
Solicitando el cambio de empleador en línea
Para comenzar, nos vamos al sitio web de Trámites en Línea de Extranjería e iniciamos el trámite de “Cambio de Empleador de Visa Sujeta a Contrato”:
En la primera pestaña se describe el trámite que vamos a realizar:
“Cambio de Empleador:
Si durante la tramitación de su visa ha cambiado de empleador antes de que ésta sea estampada y comience la relación laboral, el usuario puede solicitar una modificación por cambio de empleador, adjuntando los nuevos antecedentes. De esta forma, la visa solicitada originalmente con un empleador, es corregida y otorgada con uno distinto con el que efectivamente se desarrollará la relación laboral.”
Inmediatamente después, se nos indica la documentación que vamos a necesitar para solicitar el cambio de empleador en línea:
a) Si se envió una solicitud de visa sujeta a contrato y se desea cambiar de empleador antes de estampar la visa de la primera solicitud (ratificación de visa sujeta a contrato por cambio de empleador) necesitaremos:
- Pasaporte vigente (hojas de identificación, números y fechas de otorgamiento y vencimiento de este); Y,
- Carta emitida por el antiguo empleador del solicitante ante notario, en donde conste el desistimiento del Contrato de Trabajo suscrito entre ambas partes o Finiquito del contrato de trabajo firmado por ambas partes ante notario. Si el solicitante no contase con la documentación exigida anteriormente, deberá presentar una Declaración Jurada , emitida ante notario indicando que el contrato de trabajo suscrito con su antiguo empleador no se ha llevado a efecto (También puede presentar la Comparecencia ante la Inspección del Trabajo o la sentencia del juez de algún tribunal laboral); Y,
- Nuevo Contrato de trabajo escaneado del original, firmado por ambas partes ante notario, incorporando en el las cláusulas especiales Conforme al Reglamento de Extranjería (cláusula de vigencia, de régimen previsional, de viaje, de impuesto a la renta, remuneración acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país y según las normas laborales vigentes); Y,
- Carta solicitando Ratificación de su solicitud de visa , dicho documento debe contener los datos de identificación del solicitante, así como los de sus dependientes si correspondiese, dando constancia de las circunstancias que ameriten la solicitud.
En la misma pestaña, se nos recuerda que el comenzar a desarrollar actividades remuneradas sin la autorización del Departamento de Extranjería y Migración, conlleva una multa por infringir el Articulo N°70 de la Ley de Extranjería.
b) Si ya se había estampado una visa con un empleador y se desea trabajar con un empleador distinto (nueva visa sujeta a contrato por cambio de empleador) necesitaremos:
- Pasaporte vigente (hojas de identificación, números y fechas de otorgamiento y vencimiento de este, y el estampado de la visa anterior). Debe adjuntar además el timbre de entrada en caso de las Visas Consulares; Y,
- Certificado de Registro de la última visa, emitido por Policía Internacional obligatorio sólo para personas mayores de 18 años; Y,
- Cédula de identidad por ambos lados, obligatorio sólo para personas mayores de 18 años; Y,
- Certificado de Antecedentes para Fines Especiales emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, con una antigüedad no superior a 60 días contados desde la fecha de solicitud. Solo para personas mayores de 18 años; Y,
- Certificado de Antecedentes de país de origen para los nacionales de Perú, Colombia, República Dominicana. Solo para mayores de 18 años; Y,
- Finiquito del Contrato de Trabajo suscrito con su antiguo empleador, firmado por ambas ante notario o Acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo que certifique la fecha del término de la relación laboral o una Certificación Judicial en la cual conste la fecha de término de la relación laboral; Y,
- Nuevo contrato de trabajo escaneado del original firmado por ambas partes ante notario, incorporando en él, las cláusulas especiales conforme al Reglamento de Extranjería (cláusula de vigencia, de régimen previsional, de viaje, de impuesto a la renta, remuneración acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país y según las normas laborales vigentes).
En la misma pestaña, se nos recuerda que el comenzar a desarrollar actividades remuneradas sin la autorización del Departamento de Extranjería y Migración, conlleva una multa por infringir el Articulo N°70 de la Ley de Extranjería.
Después de leer las condiciones y documentación requerida, marcamos la caja de “Entiendo lo leído y acepto el ingreso digital de la solicitud de cambio de empleador” y hacemos click en “Siguiente”.
Datos personales
En la siguiente pestaña tendremos que ingresar los siguientes datos personales:
- Nombres (obligatorio)
- Apellido paterno (obligatorio)
- Apellido materno (opcional)
- Sexo (obligatorio)
- Fecha de nacimiento (obligatorio)
- País de nacimiento (obligatorio)
- Nacionalidad actual (obligatorio)
Ingresados los datos, hacemos click en «Siguiente«.
Datos de contacto
En la siguiente pestaña tendremos que ingresar los siguientes datos personales:
- Nombres (obligatorio)
- Apellido paterno (obligatorio)
- Apellido materno (opcional)
- Sexo (obligatorio)
- Fecha de nacimiento (obligatorio)
- País de nacimiento (obligatorio)
- Nacionalidad actual (obligatorio)
Completado lo anterior, hacemos click en “Siguiente”.
Actividad y nivel educacional
En esta pestaña, tenemos que indicar:
- Nuestro nivel educacional (obligatorio)
- Nuestra profesión / ocupación (obligatorio)
- Actividad que realizamos en Chile (obligatorio)
Hecho lo anterior, hacemos click en “Siguiente”.
Documento de identificación
En esta pestaña, debemos:
- Ingresar el número de identificación de nuestro pasaporte (obligatorio)
- Seleccionar el país otorgante del pasaporte (obligatorio)
- Subir una imagen escaneada de la hoja de identificación de nuestro pasaporte (obligatorio): El pasaporte debe encontrarse vigente.
Luego, tendremos que indicar si ya contamos con una visa estampada en nuestro pasaporte:
Si seleccionamos “Si, mi Visa Sujeta a Contrato ya se encuentra estampada”, tendremos que elegir si la visa fue otorgada por un Consulado de Chile en el exterior o por el Departamento de Extranjería y Migración (DEM).
Si la visa fue estampada en un Consulado de Chile en el exterior, tendremos que:
- Subir una imagen escaneada del estampado de la última visa (obligatorio)
- Indicar la fecha de vencimiento de la visa (obligatorio)
- Subir una imagen escaneada de la hoja del pasaporte en que se encuentra el timbre de ingreso a Chile (obligatorio)
Si la visa fue otorgada por el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) tendremos que:
- Subir una imagen escaneada del estampado de nuestra última visa (obligatorio)
- Indicar la fecha de vencimiento de la visa (obligatorio)
Si seleccionamos “No, mi Visa Sujeta a Contrato no ha sido estampada”, simplemente tendremos que hacer click en “Siguiente” para seguir con la solicitud.
Documentación General – Visa Estampada
Si contamos con una visa estampada, se nos dirigirá a la pestaña de Documentación General – Visa Estampada.
En esta pestaña tendremos que:
- Subir una imagen escaneada de nuestra cédula de identidad chilena vigente y por ambas caras (obligatorio)
Inmediatamente después, tendremos que indicar si somos nacionales de Colombia, Perú o República Dominicana.
- Si somos nacionales de alguno de dichos países, tendremos que subir un Certificado de Antecedentes Penales del país de origen, debidamente legalizado o apostillado (obligatorio).
Luego, tendremos que subir el finiquito del contrato de trabajo suscrito con el antiguo empleador (obligatorio). En caso de no contar con el finiquito, debemos adjuntar: Un Acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo que certifique la fecha del término de la relación laboral, O, una Certificación Judicial donde conste la fecha del término de la relación laboral.
Enseguida, tendremos que subir el nuevo contrato de trabajo (obligatorio). Este nuevo contrato de trabajo debe encontrarse firmado ante notario, por el trabajador y el nuevo empleador. Debe indicar el RUT de la empresa o cédula de identidad si el empleador es persona natural. Debe contener todas las cláusulas exigidas conforme al Reglamento de Extranjería. En caso de la remuneración, ésta debe ser acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país y según las normas laborales vigentes.
Luego, tendremos que indicar el nombre de nuestro nuevo empleador (obligatorio).
Posteriormente, tendremos que indicar si en el nuevo contrato de trabajo declaramos cotizar en el extranjero (obligatorio):
- Si seleccionamos “Si, mi contrato de trabajo indica que cotizaré en el extranjero”, tendremos que subir nuestro título técnico o universitario (obligatorio). Este documento debe encontrarse apostillado o legalizado según corresponda. Debe adjuntarse en caso que en nuestro nuevo contrato de trabajo declaremos cotizar en el extranjero. Luego, hacemos click en “Siguiente”.
- Si seleccionamos “No, mi contrato de contrato indica que cotizaré en Chile”, entonces simplemente, hacer click en “Siguiente”.
Documentación General – Visa sin estampar
Si nos encontramos en el otro caso, es decir, estamos solicitando el cambio de visa cuando no hemos estampado la primera solicitud de visa sujeta a contrato, después de la pestaña de «Documento de Identificación» se nos dirigirá a la pestaña de «Documentación General – Visa sin estampar«
En esta pestaña tendremos que:
- Subir la Carta donde conste el desistimiento del contrato de trabajo o Finiquito del Contrato de Trabajo (obligatorio): En caso de presentar una carta de desistimiento del antiguo empleador o finiquito del contrato de trabajo, los documentos deberán estar firmadas ante notario. Si no se cuenta con alguno de los documentos mencionados, se podrá presentar una declaración jurada emitida ante notario, indicando que el contrato de trabajo suscrito con el antiguo empleador no se ha llevado a efecto, o la Comparecencia ante la inspección del trabajo, o la sentencia del juez de algún tribunal laboral.
- Subir el Nuevo Contrato de Trabajo (obligatorio): Contrato de Trabajo firmado por ambas partes ante notario, el contrato de trabajo de tener todas las cláusulas conforme al Reglamento de Extranjería.
- Luego, tendremos que indicar el nombre de nuestro nuevo empleador (obligatorio).
- Por último subir la Carta de ratificación de nuestra solicitud de visa con nuestro nuevo empleador (obligatorio). El documento deberá señalar nuestro nombre completo y el de nuestros dependientes, en caso de existir.
Documentación Específica Dependientes
Luego de llenar la pestaña de «Documentación General – Visa Estampada» o de «Documentación General – Visa sin estampar» según sea nuestro caso, se nos dirigirá a la pestaña de «Documentación Específica Dependientes«.
En esta pestaña, tenemos que indicar si tenemos algún dependiente a nuestro cargo (obligatorio).
Si no tenemos dependientes en el país, seleccionamos “No, nadie depende de mi”, y hacemos click en “Siguiente”.
Si tenemos dependientes en el país (cóyuge, hijos, padres) seleccionamos “Si, tengo dependientes a cargo”, tendremos que indicar el número de dependientes (obligatorio): Expresado en números (1, 2, 3, etc.).
Luego, tendremos que acreditar vínculo con el o los dependientes (obligatorio).
Por cada dependiente que tengamos a cargo (por ejemplo, por cada hijo, padre, madre, o cónyuge), deberemos adjuntar la siguiente documentación (Considerar que esta deberá ser adjuntada en un solo archivo PDF):
En caso de no haber estampado nuestra visa, deberemos adjuntar para cada dependiente:
- Hoja de identificación del pasaporte vigente.
- Certificado de acredite vínculo (cónyuge: certificado de matrimonio; hijo/padres del titular: certificado de nacimiento)
En caso de haber estampado nuestra visa, deberemos adjuntar para cada dependiente:
- Hoja de identificación del pasaporte vigente
- Certificado de registro de última visa (PDI)
- Cédula de Identidad emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación
- Certificado de Antecedentes para fines especiales emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación (si es mayor de edad)
- Certificado de Antecedentes país de Origen (Si es mayor de edad y nacional de Perú, Colombia y Rep. Dominicana)
- Certificado que acredite vínculo (cónyuge: certificado de matrimonio; hijo/padres del titular: certificado de nacimiento)
- Declaración jurada de expensas
En caso de que nuestra visa haya sido estampada en un Consulado de Chile en el extranjero, tendremos que adjuntar además:
- Imagen de la visa consular estampada en pasaporte
- Hoja de pasaporte donde se visualice el timbre de ingreso al país, realizado por PDI al momento de pasar Policía Internacional.
Luego de subir la documentación, hacemos click en “Siguiente”.
Paso final
En esta última pestaña, tendremos que hacer click en el botón “Finalizar” para confirmar y enviar la solicitud a la siguiente etapa de “Análisis – Cambio de Empleador”.
Hola, le realicé el contrato a mi nana puertas afuera extranjera desde la pagina web midt de la inspección del trabajo. Pero ella me informa que ahí no aparecen todas las cláusulas que solicitan desde extranjeria que haya en el contrato. Se firmó con firma electrónica. Ella va a solicitar cambio de empleador con visa sujeta a contrato. Si es desde la misma pag web de la inspeccion del trabajo no lo admiten? Todo lo hemos hecho online por cuarentena y pandemia.