A partir del 2 de julio venezolanos requerirán pasaporte vigente y visa para ingresar a Perú
A partir del martes 2 de julio de 2024, los ciudadanos venezolanos que deseen ingresar a Perú deberán presentar un pasaporte vigente con al menos seis meses de validez y una visa otorgada por la Oficina Consular Peruana, según la nueva disposición de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Esta medida fue anunciada en la Resolución de Superintendencia N° 000121-2024-MIGRACIONES, publicada en el Diario Oficial El Peruano, la cual deroga la Resolución de Superintendencia Nº 000177-2019-MIGRACIONES del 12 de junio de 2019. La resolución previa permitía el ingreso de venezolanos sin necesidad de pasaporte o con pasaporte vencido en casos específicos señalados por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La nueva exigencia se aplicará a los ciudadanos venezolanos que ingresen al país con cualquier tipo de estadía: temporal, residente o residente humanitario. No obstante, la resolución permite, por única vez, que los venezolanos con pasaportes vencidos presenten solicitudes para cambiar su calidad migratoria, siempre y cuando su último ingreso al país haya sido antes de la entrada en vigor de la presente resolución y cumplan con los demás requisitos y condiciones necesarios.
La resolución entrará en vigor cinco días después de su publicación, es decir, el próximo martes 2 de julio de 2024.
Además, la resolución menciona que Venezuela se ha retirado de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y está suspendida del Mercado Común del Sur (Mercosur), lo que significa que los ciudadanos venezolanos ya no tienen derecho a transitar sin pasaporte y sin visa de turismo por los territorios comunitarios, incluido Perú.
Fuentes:
- El Peruano – A partir del 2 de julio venezolanos deberán presentar pasaporte y visa para ingresar al Perú
- Superintendencia Nacional de Migraciones – Migraciones estandariza requisitos de ingreso al Perú para personas venezolanas
- Resolución de Superintendencia N° 000121-2024-MIGRACIONES – Dejan sin efecto la Res. Nº 000177- 2019-MIGRACIONES, y disponen la presentación de diversos documentos a los ciudadanos venezolanos para el control migratorio de ingreso al territorio nacional