Países con los cuales Chile ha suscrito acuerdos sobre reconocimiento recíproco de permisos de conducir
Desde el pasado 14 de diciembre de 2021, Chile mantiene 5 acuerdos vigentes sobre reconocimiento recíproco de permisos de conducir, y uno firmado y aprobado por el Congreso Nacional, pero a la espera de su publicación en el Diario Oficial para su entrada en vigencia.
A continuación, la lista de los países:
Índice
España
La República de Chile y el Reino de España adoptaron Acuerdo sobre Reconocimiento Recíproco y Canje de Permisos de Conducir Nacionales, por intercambio de Notas de fechas 24 de mayo y de 14 de octubre de 2004, corregido por Notas fechadas en Madrid el 31 de enero y 7 de febrero de 2005.
El acuerdo permite que el titular de un permiso o licencia de conducción expedido por uno de los Estados, que establezca su residencia legal en el otro Estado, de acuerdo con las normas internas de éste, podrá obtener su permiso o licencia de conducción equivalente a los del Estado donde ha fijado su residencia, de conformidad a la tabla de equivalencia entre las clases de permisos chilenos y españoles, sin tener que realizar las pruebas teóricas y prácticas exigidas para su obtención.
Sin perjuicio de lo anterior, los conductores chilenos, titulares de una licencia de conducción chilena, que soliciten el canje de los permisos de conducción equivalentes a los permisos españoles de las clases C1, C1+E, C+E, D1 y D deberán realizar una prueba de circulación en vías abiertas al tráfico general, utilizando un vehículo o conjunto de vehículos de los que autorizan a conducir dichos permisos.
- Fecha de publicación en el Diario Oficial: 7 de septiembre de 2005.
- Texto del Acuerdo: Decreto N° 140 de 2005 del Ministerio de Relaciones Exteriores – Promulga el Acuerdo con España sobre reconocimiento recíproco y canje de los permisos de conducir nacionales, su anexo y corrección
Corea del Sur
Con fecha 3 de mayo de 2007, los Gobiernos de la República de Chile y de la República de Corea suscribieron en Seúl, el Acuerdo sobre Reconocimiento Mutuo de Licencias de Conductor.
El acuerdo permite que el titular de una licencia de conductor no temporal, válida y vigente emitida por las autoridades competentes de una de las Partes Contratantes, a quien se le haya emitido un permiso de residencia en el territorio del otro país, tendrá derecho a canjear su licencia de conductor por una licencia de conductor para vehículos de pasajeros del otro país, sin tener que rendir ningún examen de conducir adicional teórico o práctico.
Las autoridades competentes de una Parte Contratante que realicen un canje podrán exigir que el solicitante presente una traducción oficial de la licencia de conductor legalizada por las representaciones diplomáticas o consulares de la otra Parte Contratante al idioma oficial de ese país, o al idioma inglés.
- Fecha de publicación en el Diario Oficial: 22 de mayo de 2008.
- Texto del Acuerdo: Decreto N° 129 de 2008 del Ministerio de Relaciones Exteriores – Promulga el Acuerdo sobre reconocimiento mutuo de licencias de conductor entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Corea
Perú
Con fecha 7 de julio de 2017, se suscribió en Lima, el Acuerdo entre la República de Chile y la República del Perú sobre Reconocimiento Recíproco y Canje de Licencias de Conducir.
El Acuerdo permite que el titular de una licencia de conducir vigente expedida por cualquiera de las Partes, que sea residente en el otro Estado, de acuerdo con la legislación nacional pertinente, podrá acceder por canje a la licencia de conducir equivalente en la otra Parte, sin tener que realizar las pruebas teóricas y prácticas exigidas para su obtención.
- Fecha de publicación en el Diario Oficial: 19 de diciembre de 2018.
- Texto del Acuerdo: Decreto N° 229 de 2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores – Promulga el Acuerdo entre la República de Chile y la República del Perú sobre reconocimiento recíproco y canje de licencias de conducir
Ecuador
Con fecha 6 de junio de 2019, la República de Chile y la República del Ecuador suscribieron en Santiago, el Acuerdo sobre Reconocimiento Recíproco y Canje de Licencias de Conducir.
El Acuerdo permite que el titular de una licencia de conducir vigente expedida por cualquiera de las Partes, que sea residente en el otro Estado, de acuerdo con la legislación nacional pertinente, podrá acceder por canje a la licencia de conducir equivalente en la otra Parte, sin tener que realizar las pruebas teóricas y prácticas exigidas para su obtención.
- Fecha de publicación en el Diario Oficial: 14 de diciembre de 2021.
- Texto del Acuerdo: Decreto N° 113 de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores – Promulga el Acuerdo entre la República de Chile y la República del Ecuador sobre reconocimiento recíproco y canje de licencias de conducir
Colombia
El día 21 de marzo de 2019, Chile y Colombia suscribieron el Acuerdo sobre reconocimiento recíproco de licencias de conducir.
El Acuerdo permite que el titular de una licencia de conducir vigente, expedida por el organismo competente del Estado de su nacionalidad que sea residente en el territorio del otro Estado, de acuerdo con la legislación nacional pertinente, podrá obtener una licencia de conducir equivalente en el otro Estado, sin tener que acreditar los requisitos exigidos por la legislación de éste para su obtención.
- Fecha de publicación en el Diario Oficial: 14 de diciembre de 2021.
- Texto del Acuerdo: Decreto N° 114 de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores – Promulga el Acuerdo con Colombia sobre reconocimiento recíproco de licencias de conducir
Argentina
Con fecha 26 de enero de 2021, se suscribió en Santiago el Acuerdo entre la República de Chile y la República Argentina sobre el Reconocimiento Recíproco y Canje de Licencias de Conducir.
El Acuerdo permite la conducción temporal a los nacionales de cada país, con su licencia de origen y durante un año continuo de permanencia en el territorio de la otra Parte, y el canje de la licencia de conducir a los nacionales de cada país, pudiendo optar al reconocimiento de su licencia de conducir chilena o argentina, según corresponda, canjeándola por la licencia del país de su residencia, sin necesidad de realizar pruebas teóricas y prácticas exigidas para su obtención.
El Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el Oficio N° 17.118, de fecha 15 de diciembre de 2021, de la Honorable Cámara de Diputados.
El Oficio fue enviado al Ejecutivo el día 15 de diciembre de 2021 y resta su publicación en el Diario Oficial para que entre en vigencia.
¿Dónde se realiza el trámite de reconocimiento o canje de permiso de conducir en Chile?
En línea, a través del sitio web de trámites digitales de la Subsecretaría de Transportes.
Hay alguna dirección web o departamento al que llamar para consultar la modalidad en la que Chile pueda reconocer licencias de conducir de otros países no listados arriba?
Adicionalmente, esa lista incluye licencias de conducir de moto? Entiendo que si?
por qué solo existe convenio con España?, siendo que todas lis licencias emitidas en la union europea tienen el mismo formato y son validas en todos los paises miembros; Portugal canjea la lic chilena sin ningun tramite mas que la certificacion online.
todos los campos requeridos en el tramite a llenar para el canje de la lic española se encuentran en TODAS las licencias de los ´paises miembros de la UE
Se puede obtener online, un «Permiso de conducir internacional (IDP)», regulado por las Naciones Unidas, certifica que eres titular de una licencia de conducir válida en tu país de origen…es para turistas
Sr Rodolfo Ramirez,
¿ Puedes informar como se hace, cual es el sitio Web y el procedimiento para solicitar un Permiso de conducir internacional (IDP) en linea ?
Ese trámite se puede hacer en el Automóvil Club de Chile.
https://www.automovilclub.cl/licencia-internacional/