De acuerdo a los artículos 48 de la Ley de Migración y Extranjería (N° 21.325) y 75 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería (DS 296), la permanencia transitoria (turismo), cualquiera haya sido su duración original, podrá prorrogarse por 1 sola vez, por un nuevo término de hasta 90 días corridos. Plazo para solicitar la prórroga […]