Hoy, 20 de febrero de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, la Resolución Exenta N° 196, de 2024, de la Superintendencia de Salud, que fija el porcentaje máximo de ajuste que las instituciones de salud previcional deberán considerar en las adecuaciones de precios de los planes de salud.
De acuerdo al documento, el porcentaje máximo que las Instituciones de Salud Previsional deberán considerar al momento de decidir el ajuste de los precios base de los planes de salud será de 7,4%.
Por último, la Resolución señala que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 N° 3 de la Ley N° 21.647, las Instituciones de Salud Previsional tienen 5 días corridos, desde la publicación del documento en el Diario Oficial, para informar a la Superitendencia de Salud su decisión de ajustar o no los precios de los planes de salud y, en caso de hacerlo, el porcentaje específico que aplicarán.
Fuente: Resolución Exenta N° 196 – Superintendencia de Salud – Fija porcentaje máximo de ajuste que las Instituciones de Salud Previsional deberán considerar en las adecuaciones de precios de los planes de salud – Diario Oficial de la República de Chile – 20 de febrero de 2024