Qué documentos requieres para traer a tu gato o perro a Chile
Los dueños de gatos y perros deben presentar alguno de los siguientes documentos sanitarios oficiales autorizados, según sea el caso:
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Certificado Zoosanitario de Exportación emitido en Chile: con vigencia de 21 días desde su emisión hasta la fecha de reingreso de la mascota a Chile.
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Certificado Zoosanitario Oficial extranjero: con vigencia de 10 días desde su emisión hasta la fecha de ingreso a Chile (extendido en el idioma de origen y también en español).
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Pasaporte para animales de la Unión Europea: su vigencia está definida por el examen clínico veterinario particular.
Cabe destacar que los documentos emitidos en el extranjero, tanto el certificado como el pasaporte, son válidos solo si registran los requisitos necesarios y deben ser presentados junto con la mascota (perro o gato) en el control fronterizo de ingreso a Chile.
Los requisitos que deben describir estos documentos son los contemplados en la Resolución N° 6.056/2009:
A) Protección contra la rabia: puede ser por una de estas dos vías:
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Vacuna antirrábica administrada entre 30 días y 12 meses previos al ingreso a Chile.
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Medición de la valoración de anticuerpos neutralizantes contra el virus rábico, con un resultado mínimo de 0.5 U.I./ml, realizada dentro de los 12 meses anteriores al ingreso al país.
B) Desparasitación interna: indicando principio activo y fecha de aplicación, no superior a 30 días previo al ingreso a Chile.
C) Desparasitación externa: indicando principio activo y fecha de aplicación, no superior a 30 días previo al ingreso a Chile.
D) Examen clínico por médico veterinario particular: indicando que el animal se encuentra libre de enfermedades infecto contagiosas transmisibles y parasitarias, el cual debe haber sido realizado con un máximo de 10 días previo al ingreso a Chile.
Esta información debe estar contenida y debidamente acreditada en el Certificado Zoosanitario Oficial o Pasaporte para Animales de la Unión Europea.
Perros y gatos menores de dos meses
Los cachorros de perros y gatos menores de 60 días que no registren administración de vacunación antirrábica en su Certificado Zoosanitario o Pasaporte, podrán ingresar al país sólo si registran en dichos documentos la valoración de anticuerpos neutralizantes contra el virus rábico, con un resultado mínimo de 0,5 U.I./ml realizada dentro de los 12 meses anteriores al ingreso al país.
Ingreso de perros y gatos por vía aérea
Se debe verificar previamente con la aerolínea la forma de traslado de la mascota, como equipaje acompañado y carga. En este último caso, debe realizar un trámite que implica el pago de las tarifas asociadas a bodegaje, inspección SAG y arancel aduanero.
Solicita esta información directa a la aerolínea, agencia de aduanas u oficina regional del SAG («Servicio Agrícola y Ganadero»).
Fuente: http://www.sag.gob.cl/ambitos-de-accion/ingreso-de-perros-y-gatos-mascotas-animales-de-compania