¿Puedes seguir trabajando en Chile mientras se tramita tu prórroga de visa, cambio de visa o Permanencia Definitiva?
Índice
¿Dónde se encuentra regulado?
Es decir...
1. Si solicitaste una prórroga de tu visa temporaria: Puedes seguir desarrollando cualquier actividad lícita dentro del país entre el momento de la solicitud y la aprobación de la nueva visa temporaria (prórroga).
2. Si solicitaste una prórroga de tu visa sujeta a contrato: Puedes seguir trabajando ÚNICAMENTE con el empleador con el cual suscribiste el contrato de trabajo que dio origen a la visa sujeta a contrato, y no uno distinto, mientras se trámite la prórroga de la visa.
3. Si solicitaste el cambio del tipo de tu visa: Puedes seguir trabajando bajo las mismas condiciones de la visa de la que eras titular antes de solicitar el cambio.
- Si eras titular de una visa sujeta a contrato y solicitas el cambio a una visa de residencia temporaria, puedes seguir trabajando, pero únicamente con el empleador con el cual suscribiste el contrato de trabajo que dio origen a la visa sujeta a contrato.
- Si eras titular de una visa de residencia temporaria, puedes seguir realizando cualquier actividad lícita (trabajar para uno o más empleadores, a honorarios, etc) durante la tramitación del cambio de visa temporaria a visa sujeta a contrato.
4. Si solicitaste la Permanencia Definitiva: Puedes seguir trabajando bajo las mismas condiciones de la visa de la que eras titular:
- Si solicitaste la Permanencia Definitiva con una Visa Sujeta a Contrato, puedes seguir trabajando con el mismo empleador mientras se tramita la solicitud de Permanencia Definitiva y no con uno distinto.
- Si solicitaste la Permanencia Definitiva con una Visa de Residencia Temporaria, puedes seguir realizando cualquier actividad lícita, como trabajar con uno o más empleadores, de manera independiente (honorarios), entre otros, mientras tu solicitud de Permanencia Definitiva se encuentre siendo tramitada.
En la práctica...
Fuentes
Reglamento de Extranjería – Decreto Supremo 597 del año 1984: https://www.leychile.cl/
Hola, estoy realizando el trámite de permanencia definitiva y en marzo se vence mi visa sujeta a contrato.
Si quiero cambiar de trabajo posterior a marzo puedo hacerlo sin que se invalide el trámite? Requerirá realizar otra visa sujeta a contrato, una visa temporaria o simplemente estaré habilitado para cambiar por haber presentado el tramite?
Al tratarse de una visa sujeta a contrato debes comunicar el hecho de cambiar de empleador después de haber solicitado la Permanencia Definitiva.
Puedes seguir trabajando en las mismas condiciones según lo establecido en el artículo 135 bis del Reglamento de Extranjería.
Hola, una consulta: yo solicité mi permanencia definitiva en julio de 2019, ahora es diciembre estoy en un trabajo pero quiero renunciar, puedo hacerlo o perderé la posibilidad de obtener la permanencia definitiva? Debo aguantarme en ese trabajo hasta que la obtenga? Cuánto tiempo puedo durar sin empleo?
Puedes renunciar. Pero si deseas trabajar con otro empleador, dependerá de tu visa. Si tenías visa sujeta a contrato debes notificar el cambio de empleador a Extranjería. De ser temporaria no habría problema.
Buenas noches el 6 de agosto el trámite de reimpresión de orden de giro ha sido recepcionada correctamente y el día 9 de septiembre me enviaron un correo q decía q no se encontró una orden de giro asociados a los datos ingresados a la plataforma
Contactarse con Extranjería a través de SIAC, haciendo presente el problema y entregando toda la información (todos los datos): https://siac.interior.gob.cl/formulario.gov?accion=ingresa