Las 5 razones por las que una solicitud puede ser archivada
Durante la tramitación de una solicitud de residencia temporal, de residencia definitiva o de carta de nacionalización, puede suceder que el Servicio Nacional de Migraciones decida no continuar con el análisis de la postulación y archivar la solicitud.
Esto puede suceder cuando:
1) El solicitante se ausentare de Chile por un período superior a 180 días, ya que se entiende que se ha ido del país, no existiendo el próposito de establecerse en Chile por un tiempo ilimitado ni radicarse indefinidamente en el país.
2) El solicitante mantiene solicitudes duplicadas, repetidas y/o con otros trámites pendientes o resueltos.
3) El solicitante mantiene una medida de expulsión vigente.
4) El solicitante mantiene una orden de abandono vigente.
5) Respecto de solicitudes presentadas por niños, niñas o adolescentes, no se han acompañado documentos adicionales dentro del plazo otorgado por el Servicio Nacional de Migraciones.
Notificado el archivo de una solicitud, esta no seguirá adelante con su tramitación.
De querer reanudar la tramitación de la solicitud, el interesado podrá apelar o solicitar el desarchivo. De lo contrario, será necesario presentar una nueva solicitud de residencia temporal, de residencia definitiva o de carta de nacionalización, según sea el caso, y siempre que se cumplan con los requisitos para postular a dicho beneficio.
Artículo 40 de la Ley 19.880. Conclusión del procedimiento. Pondrán término al procedimiento la resolución final, el desistimiento, la declaración de abandono y la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico.
También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevinientes. La resolución que se dicte deberá ser fundada en todo caso.