La Corte Suprema, en sentencia de 19 de febrero de 2026 (Rol N°4.097-2026), confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que acogió el recurso de amparo interpuesto en favor de ciudadana de nacionalidad peruana.

Antecedentes del caso: El Servicio Nacional de Migraciones rechazó la solicitud de residencia temporal de la amparada mediante Resolución Exenta de 30 de julio de 2025, ordenando su abandono del país, por no haber acompañado oportunamente el comprobante de pago de la multa por días de residencia vencida. La recurrente alegó haber realizado reiteradas gestiones ante el programa Sello Migrante de la Municipalidad de Temuco, sin recibir orientación clara ni apoyo efectivo para cargar el documento en la plataforma digital, llegando incluso a formalizar un reclamo administrativo por negligencia de una funcionaria. Adicionalmente, señaló ser madre de una niña chilena nacida en 2022, respecto de quien ejercía el cuidado personal, sin que la resolución impugnada considerara su arraigo familiar ni el interés superior de la menor.

Argumentos de la Corte de Apelaciones de Temuco: El tribunal constató que, si bien el rechazo se fundó en la falta del comprobante de pago al momento de resolver, la multa había sido posteriormente rectificada por el propio Servicio y pagada íntegramente por la amparada el 18 de agosto de 2025 —apenas 19 días después de la resolución de rechazo—, siendo registrado oficialmente dicho pago por el Departamento de Finanzas del Servicio mediante correo electrónico de 25 de agosto de 2025. Este antecedente decisivo no fue ponderado por la autoridad al mantener vigente la orden de abandono, lo que hizo que dicha orden careciera de razonabilidad. El tribunal precisó que el amparo no es la instancia para resolver sobre la procedencia del permiso de residencia, pero sí habilita a ordenar la retrotracción del procedimiento para que la autoridad emita un nuevo pronunciamiento fundado que considere expresamente el pago acreditado.

Decisión: Tanto la Corte de Apelaciones de Temuco como la Corte Suprema acogieron el recurso, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones retrotraer el procedimiento administrativo y emitir un nuevo pronunciamiento de fondo que considere el pago de la multa por permanencia irregular efectuado por la amparada.

Fuente: Corte Suprema, Rol N°4.097-2026 / Corte de Apelaciones de Temuco, Rol N° Amparo-14-2026.

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